Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Ayudas en materia de conciliación

 

 

Tabla 1. Ayudas económicas

Conciliación de la vida familiar y laboral. Apoyo a las familias para responder al impacto económico del COVID-19

CAPV

Nueva ayuda, Pendiente

Apoyo a las familias con hijas e hijos menores de 1 año para responder al impacto económico del COVID-19: cambio de requisitos

CAPV

Cambio de requisitos/condiciones, Abierto

Compatibilidad del subsidio por cuidado de menor y la prestación por desempleo o cese de actividad

Estatal

Cambio de requisitos/condiciones, Abierto

Ayudas para conciliar vida laboral y familia: ampliación y flexibilización de requisitos

CAPV

Cambio de requisitos/condiciones, Abierto

 

 

1. Conciliación de la vida familiar y laboral. Apoyo a las familias para responder al impacto económico del COVID-19 (CAPV)

  • Para quién

Personas destinatarias en situación de excedencia laboral o reducción de jornada de trabajo (la reducción especial de trabajo del 100% se asimila a una excedencia) que deban cuidar y atender menores de 14 años, personas dependientes, personas contagiadas o aisladas por el coronavirus COVID-19.

  • Objetivo de la ayuda

El objetivo es compensar la pérdida de ingresos que lleve aparejada la disminución en la remuneración salarial de las personas trabajadoras que se han tenido que ausentar del centro o puesto de trabajo, durante la totalidad de su jornada de trabajo, o en parte de la misma, para asumir los deberes de asistencia, atención y cuidado de sus hijos e hijas, por razón de su edad, o de personas dependientes, personas mayores o personas enfermas (contagiadas o aisladas) que hayan resultado afectadas por el coronavirus COVID-19.

  • Período de solicitud

(Está pendiente) El plazo de solicitud es 1 año desde el día siguiente a aquel en el que haya finalizado la vigencia del estado de alarma.

  • Fecha inicio efectos

Fecha de inicio de la situación de excedencia o reducción de jornada, teniendo en cuenta que, una u otra, deberá haberse iniciado cualquier día desde el 9 de marzo de 2020 (incluido).

En el caso de reducciones de la jornada de trabajo que ya vinieran disfrutándose con anterioridad al día 9 de marzo, y que a partir de esa fecha hayan sido adaptadas o modificadas por la persona trabajadora, la fecha de inicio del periodo subvencionable será la correspondiente a aquella en la que se haya realizado la adaptación o modificación de la reducción de jornada.

  • Procedimiento de solicitud

Las solicitudes de ayuda podrán presentarse tanto por canal electrónico como no electrónico.

  • Normativa de referencia

ORDEN de 8 de abril de 2020, de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, por la que se regulan las medidas específicas en materia de apoyo a las familias para responder al impacto económico del Covid-19.

  • Más información

https://www.covid19laguntzak.eus/

 

2. Apoyo a las familias con hijas e hijos menores de 1 año para responder al impacto económico del COVID-19: cambio de requisitos (CAPV)

  • Para quién

Personas trabajadoras en excedencia con menores de un año a su cargo.

  • Objetivo de la ayuda

El objetivo de esta ayuda es que, tras la llegada del hijo o hija, ambas personas progenitoras puedan equiparar los períodos temporales disfrutados en los subsidios contributivos por nacimiento y cuidado teniendo derecho a un período de igual duración -16 semanas- intransferible, remunerado y no coincidente en el tiempo.

Hay un cambio de requisitos para responder al impacto económico del COVD-19.

  • Período de solicitud

Continua

  • Fecha inicio efectos

Carácter retroactivo: aplicable a las modificaciones de las condiciones laborales producidas a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

  • Procedimiento de solicitud

Según establece Ayuda Sección 1ª del Capítulo II Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral (artículos del 9 al 13).

  • Normativa de referencia

Decreto 164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral (artículos del 9 al 13).

  • Más información

https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2019/equiparacion_conciliacion/web01-a2famil/es/ 

 

3. Compatibilidad del subsidio por cuidado de menor y la prestación por desempleo o cese de actividad (Estatal)

  • Para quién
    • Personas cuidadoras.
    • ERTE.
    • Personas trabajadoras con reducción jornada total/parcial.
    • Desempleo.
    • Autónomas y autónomos.
  • Requisitos
    • Personas trabajadoras, por cuenta ajena o autónomas o autónomos, que perciben el subsidio por cuidado de menores afectadas o afectados por cáncer u otra enfermedad grave a 14 de marzo de 2020 y se les haya suspendido el contrato o reducido la jornada.
    • Que el ERTE corresponda a la parte de la jornada no afectada por el cuidado de la o el menor.
  • Período de solicitud
    • Durante el tiempo que permanezca el estado de alarma.
    • La resolución de la autoridad laboral se realizará en el plazo de cinco días desde la solicitud.
  • Fecha inicio efectos
    • Desde la fecha de suspensión o reducción de la jornada, siempre con posterioridad al 14 de marzo 2020.
  • Procedimiento de solicitud
    • La empresa, al tiempo de presentar la solicitud, indicará las personas que tengan reducida la jornada de trabajo como consecuencia de ser titular del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave señalando la parte de la jornada que se ve afectada por el ERTE.
  • Normativa de referencia
  • Más información:

4. Ayudas para conciliar vida laboral y familia: ampliación y flexibilización de requisitos (CAPV)

  • Para quién
    • Familias con menores o personas a cargo
  • Requisitos
    • Personas destinatarias:
      • Partes progenitoras con permiso de nacimiento (antiguos permisos de maternidad y paternidad), con suspensión de contrato.
      • Personas que reciben ayudas para la excedencia o reducción de jornada para el cuidado de menores y/o dependientes, que se vean afectadas por el cierre de centros educativos o de atención.
    • Requisitos (modificados):
      • Se elimina el requisito de periodo mínimo que hasta ahora era de 59 días, siempre que coincida con el cierre de los centros o el tiempo en que las personas diagnosticadas deban estar aisladas.
      • Se amplía la edad en las ayudas para el cuidado de menores que cubrirá en una edad menor de 14 años en las ayudas para la excedencia y la reducción de jornada por cuidado de menores.

 

Fecha de última modificación: