Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Registro especial de arrendamientos rústicos

Descripción


En el Registro especial de arrendamientos rústicos pueden inscribirse los contratos de arrendamiento de fincas rústicas que radiquen en la Comunidad Autónoma Vasca, bajo los principios de publicidad, voluntariedad y gratuidad.

Se consideran arrendamientos rústicos aquellos contratos por los que se ceden temporalmente una o varias fincas, o parte de ellas, para su aprovechamiento agrícola, ganadero o forestal a cambio de un precio o renta. En este registro se inscriben las altas, cancelaciones y modificaciones en el registro de arrendamientos rústicos.

La inscripción de los contratos de arrendamiento en el registro es voluntaria y se practicará a petición de cualquiera de las partes intervinientes en el contrato, quienes deberán aportar los documentos acreditativos.

Una vez inscrito un contrato es necesario comunicar las modificaciones o cancelaciones, es decir, mantener la información de la inscripción actualizados.

A quién va dirigido


Las personas físicas o jurídicas que sean arrendadores o arrendatarios de fincas rusticas ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en los casos en que sea de aplicación la Ley 49/2003, de Arrendamientos Rústicos.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Agricultura y Ganadería

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Agricultura y Ganadería

Información de contacto


Datos de contacto

Teléfono: 945 01 99 22

E-mail: arrendamientosrusticos@euskadi.eus

Para atención presencial es imprescindible cita previa.

Código(s)

  • Alta en el registro: 0116002
  • Modificación de datos en el registro: 0116001

Alta en el registro especial de arrendamientos rústicos


En virtud de la normativa vigente, las personas jurídicas; las entidades sin personalidad jurídica: comunidades de bienes o herencias yacentes; y las personas empresarias individuales o autónomas para los trámites y actuaciones que realicen en el ejercicio de su actividad profesional, están obligadas a relacionarse con la administración de forma electrónica.

Modificación de datos en el registro especial de arrendamientos rústicos


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.
  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.