Gobierno Vasco

Sistema Corporativo de Quejas y Sugerencias

Descripción


El Sistema Corporativo de Quejas y Sugerencias (bajo la responsabilidad del órgano competente en atención a la ciudadanía) forma parte del Sistema Integral de Atención a la Ciudadanía y se encarga de gestionar de forma específica, integrada y corporativa todas las quejas y sugerencias que se formulen sobre el funcionamiento de los servicios y unidades administrativas de la Administración.

Definición

  • Sugerencia: Toda aquella iniciativa y propuesta presentada que tenga como finalidad mejorar la organización y la calidad de los servicios y, en especial, aquellas que puedan contribuir a simplificar, reducir o eliminar trámites, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración.
  • Queja: Toda aquella expresión de una disconformidad o insatisfacción con la prestación de algún servicio o el funcionamiento de alguna unidad administrativa de la Administración, especialmente retrasos, desatenciones o cualquier otra anomalía en el funcionamiento o deficiencia en su actuación.

No tendrán la consideración de quejas:

  • Las denuncias que pueda presentar la ciudadanía por las posibles irregularidades o infracciones a la legalidad de las que pueda derivar responsabilidad disciplinaria del personal al servicio de la Administración, las cuales darán lugar a las correspondientes investigaciones y actuaciones por parte de los órganos competentes.
  • Las peticiones realizadas por la ciudadanía invocando expresamente el derecho de petición regulado en la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición, que se regirán por su normativa específica.
  • Las quejas que formulen las autoridades o el personal empleado público en el marco de su relación de prestación de servicios en la Administración.
  • Los comentarios negativos que puedan llegar a la Administración a través de las redes sociales. No obstante, en este caso la Administración podrá informar a la ciudadanía de los distintos canales a través de los que podrá formular una sugerencia de mejora o queja.

Presentación y tramitación

  • El Servicio de Atención a la Ciudadanía, Zuzenean, tipificará la entrada de la queja o sugerencia y, en los casos que corresponda, la canalizará, a la unidad responsable de su gestión.
  • Las Direcciones de Servicios serán las unidades responsables de la gestión y tramitación de las quejas y sugerencias escaladas por el Servicio de Atención a la Ciudadanía, Zuzenean, salvo que dicha competencia esté atribuida por norma legal o reglamentaria a otra unidad orgánica diferente.
  • El órgano administrativo competente en cada área de actuación podrá inadmitir aquellas quejas y sugerencias en que se aprecie:
    1. Inexistencia de la pretensión.
    2. Falta absoluta de fundamento.
    3. Error o falsedad de los datos aportados.
    4. Formulación de modo reiterado.
    5. En caso de que las anteriores hubiesen sido desatendidas por carecer de fundamento o incurrir en error o falsedad.

    En estos casos se notificarán estas circunstancias a la persona interesada y se archivará el expediente.

  • Cuando la queja o sugerencia sea competencia de otra Administración Pública, se dará de alta en el sistema, se remitirá a la Administración competente y se le comunicará a la persona que la presentó, dando por finalizado el trámite.

A quién va dirigido


Cualquier persona, física o jurídica, puede presentar una sugerencia, queja, o reclamación sobre el funcionamiento de los servicios y unidades administrativas de la Administración.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno / Viceconsejería de Administración Digital y Servicios Generales > Dirección de Atención a la Ciudadanía e Innovación Administrativa

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Presentación y tramitación: 1249601

Solicitud


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

La tramitación presencial está limitada a las personas físicas.

  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo para responder las quejas y sugerencias será de 10 días hábiles, desde de su recepción por parte del órgano competente en la materia al que se haya escalado la petición.

La respuesta se remitirá a la persona interesada por el medio elegido, salvo que esté obligada a relacionarse a través de medios electrónicos de conformidad con la normativa vigente.

Las actuaciones de este procedimiento no admiten la interposición de ningún tipo de recurso.

Otros trámites