Enfokamer: Observatorio de Comercio de Euskadi

Plan de prevención y gestión de residuos 2020

Detalles

Según la ley 3/1998, de protección general del Medio Ambiente, corresponde al Gobierno Vasco la elaboración y aprobación de la normativa en materia medioambiental en el marco competencial establecido, así como el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado en materia de medio ambiente y ecología. Asimismo, entra entre sus competencias, la adopción de las medidas necesarias para la directa aplicación de los reglamentos de la Unión Europea y la ejecución de las obligaciones establecidas por las directivas y el resto de la normativa comunitaria.

Además, la citada ley 3/98 establece en sus artículos 73 y 74 las competencias que corresponden a los distintos órganos ambientales de la CAPV, en relación a diferentes tipologías de residuos. Así la ley dispone que, en materia de residuos sólidos urbanos corresponde a los órganos forales el desarrollo, en cada territorio histórico, de la planificación marco de gestión de residuos sólidos urbanos a través de los correspondientes planes forales. Por ello, en este Plan se establecen únicamente los objetivos autonómicos en esta materia, pero se emplaza la concreción de la futura planificación territorial a lo que se establezca en la renovación de las Directrices de RUs por en el Órgano de Coordinación en materia de Residuos Urbanos (OCRU)

Logotipo Observatorio de Comercio

Contacto

Localización

Departamento de Turismo, Comercio y Consumo Donostia-San Sebastián, 1 - 01010 Vitoria-Gasteiz

Facebook X Instagram Pinterest Linkedin