Ayudas económicas para mujeres como tú, que has sufrido daño por parte de tu pareja o expareja (versión lectura fácil)
Información básica
¿Qué objetivo tienen estas ayudas?
Darte una ayuda económica por ser una mujer que has sufrido daño físico o emocional por parte de un hombre que ha sido tu pareja o tu expareja, para que puedas superar el daño sufrido, ser independiente y no tener que seguir con él por falta de dinero, y puedas llevar así una vida nueva y sentirte parte de la sociedad.
¿Qué condiciones tienes que cumplir para tener derecho a las ayudas?
- No tener ya ninguna relación de pareja con la persona que te ha hecho el daño.
- Tener un documento donde un juez o jueza te conceda una orden de protección o una sentencia.En ese documento tiene que poner que ese hombre no se te puede acercar ni ponerse en contacto contigo; es decir, no puede hablarte, estar cerca de ti, enviarte mensajes o WhatsApps o llamarte por teléfono.
Este documento no puede estar caducado y no puede tener más de 2 años de antigüedad desde la fecha en la que comienza. - Tener una acreditación administrativa y no puede tener más de 6 meses de antigüedad.
Este documento se solicita a través de tu trabajadora social. - Tienes que vivir y estar empadronada en un municipio de Euskadi en el momento de realizar la solicitud.
- Estar dada de alta en Lanbide y estar desempleada, no tener contrato de trabajo
¿Cuándo no se puede recibir esta ayuda?
- Si ya has cobrado esta ayuda en otra ocasión por el mismo victimario
- Si ya has cobrado la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales.
- Si estás cobrando el Subsidio Extraordinario por Desempleo para mujeres que han sufrido violencia de su pareja o expareja que da el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal).
- Si tienes más ingresos que lo que equivale al 75% al Salario Mínimo Interprofesional, (actualmente el SMI son 1.221,00 euros por persona).
Si tienes personas que dependen económicamente de ti (hijas e hijos sobre todo) los ingresos de todas esas personas se sumarán a los tuyos.
Si esa cantidad la dividimos entre el número de personas de la familia y el resultado es mayor a 915,75 euros, no tendrás derecho a la ayuda.
- Cobrarás más ayuda si tienes personas a cargo.
- Cobrarás más ayuda si tú misma o las personas a tu cargo tenéis una discapacidad reconocida por la diputación foral que te corresponde.
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Mujer sin personas a cargo |
Mujer con 1 familiar o menor a su cargo |
Mujer con 2 o más familiares o menores a su cargo |
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Mujer sin discapacidad |
3.420,00 € |
6.660,00 € |
9.540,00 € |
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Mujer con 1 familiar o menor a su cargo con discapacidad Igual o superior al 33 % |
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9.540,00 € |
12.420,00 € |
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Mujer con discapacidad igual o superior al 33 % |
6.660,00 € |
9.540,00 € |
12.420,00 € |
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Mujer con discapacidad igual o superior al 33 % y con un familiar o menor a su cargo con una discapacidad igual o superior |
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12.420,00 € |
12.420,00 € |
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Mujer con discapacidad igual o superior al 65% con un familiar o menor a su cargo, o familiar o menor a cargo con una discapacidad igual o superior al 65% |
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12.420,00 € |
12.420,00 € |
¿Cómo se hace el pago de la ayuda?
- El pago de la ayuda se ingresará de una sola vez.
- El pago se realizará una vez hayas recibido la resolución. La resolución es el certificado donde se te comunica que se te va a conceder la ayuda económica y la cantidad que vas a cobrar.
- El ingreso se te hará en la cuenta que escogiste cuando solicitaste la ayuda. Por lo tanto, esa cuenta deberá estar activa al menos hasta que se realice tal ingreso.
- El pago de la ayuda se ingresará de una sola vez.
- El pago se realizará a los pocos días de que hayas recibido la resolución. La resolución es el certificado donde se te comunica que se te va a conceder la ayuda económica y la cantidad que vas a cobrar.
- El ingreso se te hará en la cuenta que escogiste cuando solicitaste la ayuda. Por lo tanto, esa cuenta deberá estar activa al menos hasta que se realice tal ingreso.