Censo General de Organizaciones del Voluntariado

Descripción


En el Censo General de Organizaciones del Voluntariado se pueden inscribir además de las denominadas organizaciones de voluntariado (aquellas que, según el art. 8.2 de la Ley 17/1998, están integradas mayoritariamente por personas voluntarias y que desarrollan la mayoría de sus programas o proyectos de acción fundamentalmente a través de las mismas), las organizaciones que, sin tener tal consideración, cuentan entre sus diferentes actividades con programas participados por personas voluntarias.

Para poder censarse, las entidades deberán:

  • Estar legalmente constituidas y dotadas de personalidad jurídica propia.
  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Estar debidamente registradas en los correspondientes registros de fundaciones y asociaciones de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Inscripción en el Censo del Voluntariado

Documentación que se presentará junto a la solicitud:

  • Acreditación de la representación de quien suscriba la solicitud.
  • Certificado de inscripción en el Registro correspondiente a su naturaleza jurídica.
  • Estatuto interno del voluntariado, en el que aparezcan como mínimo los siguientes aspectos:
    • Criterios de admisión
    • Criterios de exclusión
    • Derechos y deberes de las personas voluntarias
  • Póliza/s de seguros que cubra/n dos tipos de riesgos diferentes:
    • Responsabilidad civil con un capital asegurado mínimo de 300.506,05 €
    • Asistencia sanitaria, muerte e invalidez por accidentes sufridos por las personas voluntarias.
  • Recibos acreditativos del pago de las pólizas para la anualidad en curso.
  • Copia de los estatutos de la entidad.
  • Certificado acreditativo de la delegación en Euskadi (en caso de no tener sede en la Comunidad Autónoma Vasca).


Actualización de datos en el Censo del Voluntariado

Documentación que se presentará junto a la solicitud de actualización de datos:      

Si se han modificado alguno de los datos que se comunicaron en la solicitud de inscripción se aportará documentación actualizada de los mismos.


Cancelación de la inscripción en el Censo del Voluntariado

Documentación que se presentará junto a la solicitud de cancelación de la inscripción:

Certificación o documento acreditativo del acuerdo de cancelación de la inscripción.

 

A quién va dirigido


En el Censo General de Organizaciones del Voluntariado se pueden inscribir además de las denominadas organizaciones de voluntariado (aquellas que, según el art. 8.2 de la Ley 17/1998, están integradas mayoritariamente por personas voluntarias y que desarrollan la mayoría de sus programas o proyectos de acción fundamentalmente a través de las mismas), las organizaciones que, sin tener tal consideración, cuentan entre sus diferentes actividades con programas participados por personas voluntarias.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Bienestar, Juventud y Reto Demográfico / Viceconsejería de Bienestar > Dirección de Promoción del Tercer Sector Social y la Acción Comunitaria

Organismo que resuelve

  • Bienestar, Juventud y Reto Demográfico / Viceconsejería de Bienestar > Dirección de Promoción del Tercer Sector Social y la Acción Comunitaria

Información de contacto


Datos de contacto

Teléfonos:

  • 945 016 408

Correo electrónico: voluntariado@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Inscripción en el Censo del Voluntariado: 0606702
  • Actualización de datos en el Censo del Voluntariado: 0606703
  • Cancelación de la inscripción en el Censo del Voluntariado: 0606701

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites


Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites


Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites