Fecha de publicación: 16/10/2012
Actualizado el régimen de condecoraciones y distinciones honoríficas de la Ertzaintza
Se concreta y pone al día la naturaleza del ''acto de servicio'' y se regulan los diferentes tipos de condecoraciones y distinciones
La experiencia práctica acumulada en estos ocho años, así como el impacto normativo de nuevas disposiciones legales sobrevenidas hacen actualmente aconsejable la reforma de aquel Decreto, afinando en aspectos como la interpretación jurídica de la consideración de acto de servicio o la objetivación de los supuestos de muerte, invalidez o lesiones ocasionadas por diferentes causas. También la relación de condecoraciones y distinciones honoríficas precisaba de una redefinición y una nueva clasificación acordes con las necesidades detectadas durante estos años.
Así, en el Decreto que hoy se ha aprobado a propuesta de la Consejera de Interior, Justicia y Administración Pública, a la consideración de acto de servicio se suman la muerte, la invalidez o las lesiones permanentes producidas en atentados terroristas o por otras acciones violentas intencionadas. También se considera acto de servicio la muerte en accidente o cualquier otro fallecimiento violento durante el servicio.
En el apartado económico, el nuevo Decreto establece que la declaración de acto de servicio por fallecimiento conllevará la percepción por los herederos de dos anualidades del salario del funcionario. También se contempla, en el caso de funcionarios que estuvieran desempeñando una categoría superior a la suya, la posibilidad de ascenso honorífico a la misma. En el caso de jubilación forzosa, derivada de hechos declarados como acto de servicio, el funcionario percibirá una prestación económica que se sumará a su pensión. Cuando se trate de lesiones, se percibirá una prestación económica periódica mensual equivalente a un trienio.
Condecoraciones y distinciones
La nueva regulación de las condecoraciones y distinciones honoríficas recogidas en el Decreto reordena los tipos de medallas y distinciones de modo que su concesión responda a criterios más uniformes y homogéneos. Para ello, se contemplan tres niveles de medallas al reconocimiento de la labor policial: con distintivos rojo, verde o blanco, respectivamente y dos tipos de diploma: con distintivos rojo o blanco.
La medalla al reconocimiento de la labor policial con distintivo rojo se otorgará para reconocer actuaciones extraordinarias o con riesgo para la vida del agente, mientras que la medalla con distintivo verde premiará los hechos relevantes que no reúnan la condición de riesgo para la propia vida. La de distintivo blanco podrá otorgarse para premiar conductas ejemplares, a quienes sobresalgan en los deberes policiales o a los que realicen trabajos o estudios científicos que redunden en el prestigio de la Ertzaintza. Las medallas con distintivo rojo o verde conllevarán una prestación económica mensual equivalente a un trienio.
El diploma al servicio policial, por su parte, servirá para reconocer la trayectoria profesional de los ertzainas. El diploma con distintivo blanco se concederá al cumplir veinte años de servicio efectivo, sin faltas disciplinarias, y el diploma con distintivo rojo a los treinta.
La concesión de medallas y diplomas al reconocimiento de la labor policial serán considerados como mérito en las convocatorias de provisión de puestos y de promoción interna.
El Decreto establece que también podrá distinguirse a personas pertenecientes a otros cuerpos policiales, servicios de emergencias, seguridad privada, etc. por labores meritorias vinculadas a los fines de la Ertzaintza. Para ellas se establece la medalla al reconocimiento de la labor policial con distintivo azul. En el caso de instituciones, asociaciones o servicios públicos o privados se concederá una placa honorífica
El Decreto recoge también el procedimiento para la declaración de acto de servicio, la documentación necesaria para la acreditación de los hechos, los plazos, los requisitos a cumplir así como las circunstancias concurrentes.