Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Indicaciones Geográficas Protegidas

El Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de11 de abril de 2014, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, establece las siguientes definiciones:

INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS

El Reglamento (UE) 2024/1143 recoge que el término "indicación geográfica" identifica un producto:

  • originario de un lugar determinado, una región o un país,
  • que posea una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda esencialmente atribuirse a su origen geográfico
  • de cuyas fases de producción, una al menos tenga lugar en la zona geográfica definida

En Euskadi existen dos indicaciones geográficas protegidas:

1. Euskal Okela / Carne de vacuno del País Vasco

2. Gernikako Piperra / Pimiento de Gernika

Guía presentar una solicitud de Indicación Geográfica Protegida

La Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea ha elaborado una guía para las personas productoras en la que se explica cómo presentar una solicitud de indicación geográfica.  

Fecha de última modificación: