Ordenación y gestión del Dominio Público Marítimo Terrestre
La ordenación y gestión del Dominio Público Marítimo Terrestre (DMPT) es una materia que es objeto de regulación por diferentes normas jurídicas que abordan la protección y el uso de este medio desde la óptica urbanística, ambiental, turística o recreativa.
La Ley 22/1988 , de 28 de julio, de costas señala que son Dominio Público Marítimo Terrestre la zona marítimo terrestre, las playas, las aguas interiores, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.
Bienes tan valiosos y anhelados por todos como las playas, las dunas, los acantilados, las marismas, los humedales litorales, etc, son de Dominio Público Marítimo Terrestre, tanto para su protección, como para su garantía de disfrute público.
Por tanto, cualquier ocupación del DPMT debe contar con el correspondiente título habilitante (autorización, concesión, adscripción o reserva, en función de tipo de uso y titular).
A partir del 1 de abril de 2025, éstos serán los procedimientos que gestionará el Gobierno Vasco:
- Autorización para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre
- Autorización de servicios de temporada del dominio público marítimo-terrestre
- Concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre
- Prórroga del plazo de concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre
- Modificación de la concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre
- Renuncia de la concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre
- Transmisión de la concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre
- Procedimiento sancionador por infracciones cometidas en materia de costas
Fecha de última modificación: