Programa IKERTALENT 2026 - Ayudas de formación a personal investigador y personal tecnólogo en el ámbito científico-tecnológico y empresarial del sector agrario, pesquero y alimentario
[Programa IKERTALENT]
- Estado:
Descripción
Objeto
Promover la formación de personal investigador predoctoral en aquellas áreas de investigación del sector agrario, pesquero y alimentario en las que exista una carencia de personal con doctorado y se precise aumentar su incorporación a la estructura científico-tecnológica vasca, y la formación de personal tecnólogo que pueda incorporarse en un futuro, bien a la actividad sectorial, a través de las empresas y asociaciones del sector, bien a la actividad científico-tecnológica.
Se establecen dos líneas de ayudas:
a) Ayudas a la formación personal investigador predoctoral (duración 4 años)
b) Ayudas a la formación a personal tecnólogo especializado en áreas del sector agrario, pesquero y alimentario vasco (duración 2 años)
La persona solicitante de la ayuda podrá optar a ambas líneas, cumpliendo los requisitos de titulación exigidos en cada proyecto.
A la hora de presentar la solicitud podrá elegir en su solicitud hasta un máximo de 5 proyectos de entre todos los recogidos en el anexo I, debiendo establecer un orden de prioridad entre ellos, que tendrá carácter vinculante.
En el formulario de solicitud se incluye una pregunta sobre su interés en hacer otro proyecto diferente a alguno de los 5 proyectos para los que ha solicitado la ayuda, en el supuesto de que la persona solicitante no resultara elegida en alguno de los proyectos solicitados, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos en ellos. Todo ello con la finalidad de evitar que queden proyectos desiertos por falta de candidatos en la fase de valoración de méritos y previo a las entrevistas.
AYUDAS DE FORMACIÓN A PERSONAL INVESTIGADOR PREDOCTORAL
Las ayudas tendrán las características de un contrato predoctoral en formación, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
Duración de la ayuda a personal investigador en formación 4 años.
Relación de proyectos:
P1. Fortalecimiento de la salud animal mediante inmunoestimulantes naturales como sustitutos a los antibióticos en ganadería
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Genética, Agronomía, Ciencias Biológicas, Bioquímica, Biotecnología, Farmacia, Veterinaria, Tecnología de los Alimentos u otras disciplinas universitarias relacionadas con las biociencias.
Centro de Adscripción: NEIKER (Derio-Bizkaia)
P2. Predicción genómica de la resiliencia y la adaptación al cambio climático para informar la gestión pesquera
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Biología, Ciencias del Mar, Biotecnología, Bioquímica, Bioinformática, Ciencias Ambientales u otras titulaciones afines
Centro de Adscripción: AZTI (Sukarrieta-Bizkaia). A valorar AZTI- (Pasaia-Gipuzkoa)
P3. Sumideros de carbono azul de la costa del País Vasco: implicaciones para la mitigación del cambio climático y la adaptación local
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Ciencias Ambientales, Ciencias Biológicas, Ciencias del Mar, Física u otras afines de la rama de las ciencias experimentales y naturales.
Centro de Adscripción: AZTI (Sukarrieta-Bizkaia). A valorar AZTI- (Pasaia-Gipuzkoa)
P4. Vigilancia y prevención de enfermedades emergentes transmitidas por vectores en sistemas ganaderos y agroforestales de Euskadi
Titulaciones universitarias que permitan el acceso a estudios de doctorado en áreas relacionadas con las ciencias de la vida, ciencias de la salud, ciencias ambientales, ciencias agrarias y forestales u otras disciplinas afines, entre otras: Veterinaria, Biología, Ciencias Ambientales, Biotecnología, Bioquímica, Farmacia, Ciencias Biomédicas, Ingeniería Agronómica, Ingeniería Forestal y titulaciones relacionadas.
Centro de Adscripción: NEIKER (Derio-Bizkaia)
P5. Planificación de Trayectorias Adaptativas Multi-objetivo con Vehículos Autónomos Submarinos para la Optimización de Campañas Oceanográficas y Pesqueras
Título universitario en ingenierías: Mecatrónica, Informática, Eléctrica, Industrial, Físicas, de telecomunicaciones o similar.
Centro de Adscripción: AZTI (Sukarrieta-Bizkaia). A valorar AZTI- (Pasaia-Gipuzkoa)
P6. Diseño y digitalización de procesos avanzados y sostenibles de biorrefinería para la reducción del desperdicio alimentario, orientados a la obtención de ingredientes de alto valor añadido para la industria alimentaria y nutracéutica
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Ciencia y Tecnología de los alimentos, Biotecnología, Ingeniería química, Ingeniería agroalimentaria, Química, Bioquímica, Ingeniería de procesos, Ingeniería industrial con especialización en procesos, Ciencia de datos aplicada a procesos industriales, Farmacia, Ciencias Ambientales y titulaciones afines.
Centro de Adscripción: AZTI (Derio-Bizkaia)
P7. GAZTOMICS: Estudio integrado del terroir microbiano de los quesos artesanos y desarrollo de fermentos autóctonos
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Grado o licenciatura en Biotecnología, Bioquímica y Biología Molecular, Biología, Ciencia y Tecnología de los Alimentos o titulaciones similares.
Centro de Adscripción: LEARTIKER Esneki Zentroa
P8. Monitorización, diversidad genética y manejo sostenible de Candidatus phytoplasma solani en patata
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Ciencias o ingenierías dentro de las áreas de Ambientales, Biología, Biotecnología y Agronomía.
Centro de Adscripción: NEIKER Arkaute (Vitoria-Gasteiz, Araba)
P9. Efectos comparativos de la administración de Bacillus coagulans probiótico o postbiótico en la prevención de la obesidad y resistencia a la insulina inducido por la dieta. Implicación de las vesículas extracelulares como componentes efectores
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Grado en Nutrición Humana y Dietética, Grado en Farmacia, Grado en Bioquímica y Biología Molecular, Grado en Biología.
Centro de Adscripción: EHU - Facultad de Farmacia (Vitoria-Gasteiz)
P10. Desarrollo de films y recubrimientos biodegradables a partir de residuos de setas para envases alimentarios activos
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Grado en Química, bioquímica, Ingeniería Química, Ingeniería Química Industrial, ingeniería ambiental, Ciencias Ambientales o similares.
Centro de Adscripción: EHU - Escuela de ingenieria de Gipuzkoa (Donostia-Sansebastián)
AYUDAS DE FORMACIÓN A PERSONAL TECNÓLOGO
El objeto de este programa es la formación de personal técnico especializado en áreas del sector agrario, pesquero y alimentario vasco que pueda incorporarse en un futuro, bien a la actividad sectorial, a través de las empresas y asociaciones del sector, bien a la actividad de los agentes científico-tecnológicos.
Duración de la ayuda a personal tecnólogo 2 años.
Relación de proyectos:
T1. Fagos para el biocontrol de patógenos prioritarios dentro del sector agroalimentario de Euskadi
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Grado en Biotecnología, Microbiología, Biología, Bioquímica, Ciencia y Tecnología de los alimentos, Veterinaria, Farmacia, u otras titulaciones afines al ámbito biosanitario y agroalimentario.
Centro de Adscripción: AZTI (Derio)
T2. Monitorización de la Sanidad forestal mediante combinación de técnicas microbiológicas, moleculares e hiperespectrales
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Biología, Agrobiología Ambiental, Farmacia, Bioquímica, Ciencias Ambientales, Ciencia y Tecnología de Alimentos, Ingeniería de Montes, Ingeniería Agrícola, u otras disciplinas universitarias relacionadas con las biociencias.
Centro de Adscripción: NEIKER Arkaute (Vitoria-Gasteiz) Araba
T3. Control de plagas/enfermedades de cultivos extensivos en un escenario de cambio climático: Evaluación y generación de nuevos modelos agroclimáticos de predicción de riesgo
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Grados en Ciencias e ingenierías, dentro de las áreas de Agronomía, Biología, Ambientales, Forestal, Biotecnología, Matemáticas, Farmacia, Nutrición y Tecnología de los Alimentos.
Centro de Adscripción: NEIKER Arkaute (Araba)
T4. Transmisión de patógenos en la interfaz fauna silvestre-especies domésticas, con especial atención a la influenza aviar
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Veterinaria, ciencias biológicas, bioquímica, biotecnología y otras disciplinas relacionadas con las biociencias.
Centro de Adscripción: NEIKER (Derio-Bizkaia)
T5. Mejora de la eficiencia productiva en rumiantes y disminución de las emisiones de metano entérico: de la fermentación in vitro a la validación in vivo
Titulación en alguna de las siguientes disciplinas universitarias de licenciatura o diplomatura o grado: Biología, Ingeniería Agrónoma, Veterinaria, u otras disciplinas universitarias relacionadas con las biociencias.
Centro de Adscripción: NEIKER Arkaute (Vitoria-Gasteiz) Araba
T6. GAS-KAL: identificación y control de microorganismos productores de gas en la elaboración de queso: por la calidad y la sostenibilidad
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Biología, Biología Molecular, Biotecnología o titulaciones similares.
Centro de Adscripción: LEARTIKER Esneki Zentroa
T7. LEARBLUE: Estudio de materiales biobasados y biodegradables para aplicaciones marinas
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Ingeniería Química, Química o titulación equivalente.
Centro de Adscripción: LEARTIKER Polimeroen teknologia
T8. Digitalización avanzada de procesos alimentarios basada en integración de datos, modelización e inteligencia artificial
Titulaciones y campos de estudio admitidos: Ingenierías: Informática, Industrial, de telecomunicaciones, Química o similar; Matemáticas, Estadística, Química, Física, Ciencia de datos, Bioquímica, Biotecnología, Tecnología de alimentos, Veterinaria, Biología o titulaciones similares.
Centro de Adscripción: AZTI (Derio)
PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección se realizará conforme a lo establecido en las bases 18, 19 y 20 de la Orden de 27 de octubre de 2026 de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban las bases reguladoras de las Ayudas de formación a personal investigador y personal tecnólogo en el ámbito científico-tecnológico y empresarial del sector agrario, pesquero y alimentario (programa Ikertalent) y se realiza su convocatoria para el ejercicio 2026.
Dotación presupuestaria
1.840.900 €
El presupuesto global máximo destinado a la financiación de estas ayudas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, asciende a la cantidad total de 1.840.900 euros, de los cuales 267.000 euros corresponden a créditos de pago para el ejercicio 2026 y los restantes 1.573.900 corresponden a créditos de compromiso para los años 2027 a 2030.
En dicha cantidad se incluye el gasto derivado de la adscripción a la Seguridad Social empresarial, que asciende a la cantidad total de 320.000 euros, de los que 42.000 euros corresponden a crédito de pago para 2026 y 278.000 euros a créditos de compromiso con cargo a los ejercicios 2027 a 2030.
Cuantía de las ayudas:
Programa de ayudas a la formación para personal predoctoral
a) La retribución económica bruta anual (incluye las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la persona beneficiaria de la ayuda):
i) 22.000 euros el primer año.
ii) 23.000 euros el segundo año.
iii) 25.000 euros el tercer año.
iv) 31.500 euros el cuarto año.
En cualquier caso, estas cuantías deberán figurar como retribuciones mínimas, que deberán respetar las cuantías mínimas retributivas que establecen para los contratos predoctorales el artículo 21.d) de la Ley 14/2011, de 1 de junio y el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, sin perjuicio de que puedan ser complementadas, en caso de que sea necesario, con el fin de cumplir con lo que dispone el propio Estatuto o los convenios colectivos de la entidad colaboradora contratante.
b) La cuantía correspondiente a la cuota de la Seguridad social empresarial de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo.
c) La indemnización prevista en el apartado e) del artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, por el que se regula el contrato predoctoral, al finalizar el contrato, siempre y cuando la persona beneficiaria de la ayuda se encuentre en el cuarto año de la ayuda, se ha estimado en 4.200 euros por persona beneficiaria.
d) La ayuda complementaria anual, que será de 8.000 euros en todo el período de 4 años, a razón de 2.000 euros al año.
Programa de formación de personal tecnólogo
a) La remuneración económica bruta anual (incluye las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la persona beneficiaria de la ayuda):
i) 17.000 euros el primer año.
ii) 17.000 euros el segundo año.
b) La cuantía correspondiente a la cuota de la Seguridad social empresarial de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
c) La ayuda complementaria anual, que será de 2.000 euros en todo el período, a razón de 1.000 euros al año.
El presupuesto global máximo destinado a la financiación de estas ayudas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, asciende a la cantidad total de 1.840.900 euros, de los cuales 267.000 euros corresponden a créditos de pago para el ejercicio 2026 y los restantes 1.573.900 corresponden a créditos de compromiso para los años 2027 a 2030.
En dicha cantidad se incluye el gasto derivado de la adscripción a la Seguridad Social empresarial, que asciende a la cantidad total de 320.000 euros, de los que 42.000 euros corresponden a crédito de pago para 2026 y 278.000 euros a créditos de compromiso con cargo a los ejercicios 2027 a 2030.
Cuantía de las ayudas:
Programa de ayudas a la formación para personal predoctoral
a) La retribución económica bruta anual (incluye las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la persona beneficiaria de la ayuda):
i) 22.000 euros el primer año.
ii) 23.000 euros el segundo año.
iii) 25.000 euros el tercer año.
iv) 31.500 euros el cuarto año.
En cualquier caso, estas cuantías deberán figurar como retribuciones mínimas, que deberán respetar las cuantías mínimas retributivas que establecen para los contratos predoctorales el artículo 21.d) de la Ley 14/2011, de 1 de junio y el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, sin perjuicio de que puedan ser complementadas, en caso de que sea necesario, con el fin de cumplir con lo que dispone el propio Estatuto o los convenios colectivos de la entidad colaboradora contratante.
b) La cuantía correspondiente a la cuota de la Seguridad social empresarial de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo.
c) La indemnización prevista en el apartado e) del artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, por el que se regula el contrato predoctoral, al finalizar el contrato, siempre y cuando la persona beneficiaria de la ayuda se encuentre en el cuarto año de la ayuda, se ha estimado en 4.200 euros por persona beneficiaria.
d) La ayuda complementaria anual, que será de 8.000 euros en todo el período de 4 años, a razón de 2.000 euros al año.
Programa de formación de personal tecnólogo
a) La remuneración económica bruta anual (incluye las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la persona beneficiaria de la ayuda):
i) 17.000 euros el primer año.
ii) 17.000 euros el segundo año.
b) La cuantía correspondiente a la cuota de la Seguridad social empresarial de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
c) La ayuda complementaria anual, que será de 2.000 euros en todo el período, a razón de 1.000 euros al año.
A quién va dirigido
Personas tituladas que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 27 de octubre de 2026 de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se aprueban las bases reguladoras de las Ayudas de formación a personal investigador y personal tecnólogo en el ámbito científico-tecnológico y empresarial del sector agrario, pesquero y alimentario (programa Ikertalent) y se realiza su convocatoria para el ejercicio 2026, y estén interesados en la realización de la tesis doctoral en áreas de investigación relacionadas con el sector agrario, pesquero y alimentario vasco (programa de ayudas a personal investigador en formación) o en la realización de formación técnica especializada en actividades científico-tecnológicas de dichas áreas (programa de ayudas de formación a personal tecnólogo).
Requisitos
- Ser persona física.
- Estar empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero del presente año 2026. Se admitirán, no obstante, aquellas personas solicitantes que habiendo tenido su empadronamiento en la CAPV no cumplan este requisito por motivos de la realización de estudios fuera de la CAPV.
- Estar en posesión del permiso de residencia cuando se trate de personas extracomunitarias al menos desde el 1 de enero del presente año 2026.
- No haber disfrutado de otra ayuda de similares características de este Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.
- Comunicar, si ha solicitado o no y si ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos económicos para el mismo fin, procedentes de cualesquiera administración pública o entes, tanto públicos como privados.
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REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR:
a) REQUISITOS DE TITULACIÓN:
Requisitos de acceso al doctorado, dentro de los establecidos por el artículo 6 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, que son los siguientes:
1. Con carácter general será necesario estar en posesión de Títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
2. Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
i) Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
ii) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
iii) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
iv) Igualmente podrán acceder los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
En todos los casos, deberán ser correspondientes a alguna de las titulaciones o grados oficiales pertenecientes a las áreas de conocimiento que se especifican en el Anexo I para cada proyecto. En el supuesto de que se admita una titulación diferente a las que se indican en este Anexo I para cada proyecto, la comisión prevista en la base 22 deberá motivar la admisión en base a los contenidos de titulación y proyecto.
Serán válidos los másteres universitarios oficiales, no siendo válidos los másteres propios.
b) REQUISITOS TEMPORALES:
Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención de título de Grado o equivalente al que se refiere cualquiera de los requisitos del apartado a) en junio de 2021 o con posterioridad, con las siguientes excepciones:
i) La fecha de finalización de estudios será junio de 2019 o posterior para aquellas personas que en dicho periodo de ampliación se hayan dedicado durante al menos tres meses a la atención y cuidado de hijos menores de tres años.
ii) La fecha de finalización de estudios será junio de 2018 o posterior para las personas licenciadas en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que a fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
iii) La fecha de finalización podrá ser junio 2019 o posterior para las personas solicitantes con una discapacidad igual o superior al 33% y que acrediten su compatibilidad con el trabajo a desarrollar en el proyecto de investigación propuesto.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los requisitos a que se refiere esta base a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y su cumplimiento habrá de mantenerse hasta la liquidación de la subvención que se conceda.
Los estudios oficiales de máster deberán estar finalizados a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. -
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL TECNÓLOGO:
a) Estar en posesión de un título de Técnico Superior por haber superado un ciclo formativo de grado superior de la Formación Profesional, de acuerdo al artículo 44.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, correspondientes a alguna de las titulaciones que se especifican en el Anexo I para cada proyecto.
b) Cumplir cualquiera de los requisitos establecidos para el acceso a las enseñanzas oficiales de Máster en el art. 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de la calidad, correspondientes a alguna de las titulaciones que se especifican en el Anexo I para cada proyecto:
i) Estar en posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
ii) Estar en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
En el supuesto de que se admita una titulación diferente a las que se indican en el Anexo I para cada proyecto, la comisión prevista en la base 22 deberá motivar la admisión en base a los contenidos de titulación y proyecto.
c) Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título al que se refiere cualquiera de los requisitos del apartado a) en junio de 2021 o posterior a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes, con las siguientes excepciones:
i) La fecha fin de estudios será junio de 2019 para aquellas personas que en dicho periodo de ampliación se hayan dedicado durante al menos tres meses a la atención y cuidado de hijos menores de tres años.
ii) La fecha fin de estudios será junio de 2018 para las personas licenciadas en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que a fecha de cierre del cierre del plazo de presentación de solicitudes estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
iii) La fecha de finalización podrá ser junio 2019 o posterior para las personas solicitantes con una discapacidad igual o superior al 33% y que acrediten su compatibilidad con el trabajo a desarrollar en el proyecto de investigación propuesto.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los requisitos a que se refiere esta base a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y su cumplimiento habrá de mantenerse hasta la liquidación de la subvención que se conceda.
Organismos
Organismo que convoca
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural > Dirección de Política e Industria Alimentaria
Organismo que resuelve
- Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca > Viceconsejería de Alimentación y Desarrollo Rural
Solicitud y aportación de documentación
- La solicitud deberá ir acompañadade la siguiente documentación:
- Ser persona física.
- Estar empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero del presente año 2026. Se admitirán, no obstante, aquellas personas solicitantes que habiendo tenido su empadronamiento en la CAPV no cumplan este requisito por motivos de la realización de estudios fuera de la CAPV.
- Estar en posesión del permiso de residencia cuando se trate de personas extracomunitarias al menos desde el 1 de enero del presente año 2026.
- No haber disfrutado de otra ayuda de similares características de este Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.
- Comunicar, si ha solicitado o no y si ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos económicos para el mismo fin, procedentes de cualesquiera administración pública o entes, tanto públicos como privados.
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REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR:
a) REQUISITOS DE TITULACIÓN:
Requisitos de acceso al doctorado, dentro de los establecidos por el artículo 6 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, que son los siguientes:
1. Con carácter general será necesario estar en posesión de Títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
2. Asimismo, podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
i) Estar en posesión de títulos universitarios oficiales españoles o títulos españoles equivalentes siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas enseñanzas y acreditar un nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
ii) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros pertenecientes al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), sin necesidad de su homologación, que acredite un nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones siempre que dicho título faculte para el acceso a estudios de doctorado en el país de expedición del mismo. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
iii) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros ajenos al EEES, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster universitario y que faculta en el país de expedición del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de doctorado.
iv) Igualmente podrán acceder los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
En todos los casos, deberán ser correspondientes a alguna de las titulaciones o grados oficiales pertenecientes a las áreas de conocimiento que se especifican en el Anexo I para cada proyecto. En el supuesto de que se admita una titulación diferente a las que se indican en este Anexo I para cada proyecto, la comisión prevista en la base 22 deberá motivar la admisión en base a los contenidos de titulación y proyecto.
Serán válidos los másteres universitarios oficiales, no siendo válidos los másteres propios.
b) REQUISITOS TEMPORALES:
Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención de título de Grado o equivalente al que se refiere cualquiera de los requisitos del apartado a) en junio de 2021 o con posterioridad, con las siguientes excepciones:
i) La fecha de finalización de estudios será junio de 2019 o posterior para aquellas personas que en dicho periodo de ampliación se hayan dedicado durante al menos tres meses a la atención y cuidado de hijos menores de tres años.
ii) La fecha de finalización de estudios será junio de 2018 o posterior para las personas licenciadas en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que a fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
iii) La fecha de finalización podrá ser junio 2019 o posterior para las personas solicitantes con una discapacidad igual o superior al 33% y que acrediten su compatibilidad con el trabajo a desarrollar en el proyecto de investigación propuesto.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los requisitos a que se refiere esta base a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y su cumplimiento habrá de mantenerse hasta la liquidación de la subvención que se conceda.
Los estudios oficiales de máster deberán estar finalizados a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. -
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL TECNÓLOGO:
a) Estar en posesión de un título de Técnico Superior por haber superado un ciclo formativo de grado superior de la Formación Profesional, de acuerdo al artículo 44.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, correspondientes a alguna de las titulaciones que se especifican en el Anexo I para cada proyecto.
b) Cumplir cualquiera de los requisitos establecidos para el acceso a las enseñanzas oficiales de Máster en el art. 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de la calidad, correspondientes a alguna de las titulaciones que se especifican en el Anexo I para cada proyecto:
i) Estar en posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
ii) Estar en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
En el supuesto de que se admita una titulación diferente a las que se indican en el Anexo I para cada proyecto, la comisión prevista en la base 22 deberá motivar la admisión en base a los contenidos de titulación y proyecto.
c) Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título al que se refiere cualquiera de los requisitos del apartado a) en junio de 2021 o posterior a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes, con las siguientes excepciones:
i) La fecha fin de estudios será junio de 2019 para aquellas personas que en dicho periodo de ampliación se hayan dedicado durante al menos tres meses a la atención y cuidado de hijos menores de tres años.
ii) La fecha fin de estudios será junio de 2018 para las personas licenciadas en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que a fecha de cierre del cierre del plazo de presentación de solicitudes estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
iii) La fecha de finalización podrá ser junio 2019 o posterior para las personas solicitantes con una discapacidad igual o superior al 33% y que acrediten su compatibilidad con el trabajo a desarrollar en el proyecto de investigación propuesto.
Las personas solicitantes de las ayudas deberán cumplir los requisitos a que se refiere esta base a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y su cumplimiento habrá de mantenerse hasta la liquidación de la subvención que se conceda.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Seis meses desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Trámites de la actividad formativa
Formularios a disposición de las personas beneficiarias de la ayuda.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Alta o modificación de datos de terceros
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.