Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Becas para cursar estudios de enseñanzas náutico-pesqueras para el curso 2025-2026

[Becas para enseñanzas náutico-pesqueras]

Descripción


Objeto

Otorgar becas para cursar enseñanzas náutico-pesqueras en el CIFP Blas de Lezo LHII de Pasaia, en el CIFP Náutico Pesquera de Bermeo y en la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera N.ª S.ª de la Antigua de Ondarroa para el curso académico 2025-2026.

Las becas podrán destinarse a los siguientes conceptos:

– Gastos de residencia fuera del domicilio habitual.

– Gastos de desplazamiento al Centro.

– Gastos de manutención.

– Gastos de material para los estudios.

Las becas serán adjudicadas de acuerdo con la puntuación obtenida por las personas candidatas, las cuales deberán estar debidamente matriculadas en el curso correspondiente en cualquiera de las escuelas de enseñanzas náutico-pesqueras, y será establecida por una Comisión de Valoración nombrada a tal efecto.

Dotación presupuestaria

132.076 €

Para la financiación de las becas convocadas para el curso 2025-2026, se destinará un importe máximo de 132.076 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 7/2025, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2026. Esta cuantía podrá ser ampliada en un 40 %. La resolución que disponga tal ampliación la emitirá la persona titular de la Dirección de Pesca y Acuicultura y se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, sin que esta publicidad implique la apertura de plazo de nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Todas las personas candidatas que cumplan los requisitos de la presente orden tendrán derecho a beca, quedando la cuantía de las becas establecida en un máximo de 2.404,05 euros, y será directamente proporcional al número de puntos asignados a cada persona becaria. El valor del punto se obtendrá dividiendo el importe asignado a las becas por el número total de puntos obtenidos por todas las personas becarias, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases.

En el caso de tratarse de alumnos o alumnas que repitan curso podrán obtener hasta un 50 % de la beca ordinaria que les hubiera correspondido aplicando los criterios de valoración, si el mal aprovechamiento del curso anterior está debidamente justificado por motivos extraacadémicos graves, oportunamente valorados por la comisión de evaluación que se crea en la base 6 de la presente orden.

A quién va dirigido


Estudiantes que cursen estudios de enseñanzas náutico-pesqueras en el CIFP Blas de Lezo LHII, en la CIFP Náutico Pesquera de Bermeo, y en la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera N.ª S.ª de la Antigua de Ondarroa para el curso académico 2025-2026.

Requisitos:

  • Las personas solicitantes que se encuentren realizando ciclos formativos de grado medio o grado superior deberán haber quedado excluidas de la convocatoria de becas y ayudas para la escolarización del Departamento de Educación del Gobierno Vasco (Orden de 28 de julio de 2025, de la consejera de Educación, por la que se convocan becas, ayudas y subsidios para realizar estudios no universitarios para el curso académico 2025-2026).

Requisitos

  • No estar incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • Haber estado matriculado en el curso 2025-2026 en cualquiera de las tres escuelas de enseñanzas náutico-pesqueras de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en los siguientes estudios: Capitán de Pesca, Ciclos formativos de grado superior, Ciclos formativos de grado medio, Patrón Costero Polivalente, o Ciclo formativo de grado básico.
  • Haber estado matriculado en cualquiera de las tres escuelas de enseñanzas náutico-pesqueras de la CAE, en los estudios de Capitán de Pesca, ciclos formativos de grado superior, ciclos formativos de grado medio o Patrón Costero Polivalente.
  • Las personas solicitantes que se encuentren en Ciclos formativos de grado superior o grado medio deberán haber quedado excluidas de la convocatoria de becas y ayudas para la escolarización del Departamento de Educación del Gobierno Vasco (Orden de 28 de julio de 2025, de la consejera de Educación, por la que se convocan becas, ayudas y subsidios para realizar estudios no universitarios para el curso académico 2025-2026).
  • Las personas solicitantes que se encuentren en Ciclos formativos de grado superior o grado medio deberán realizar la parte práctica de la formación (Formación en Centro de Trabajo) en buques pesqueros que figuren inscritos en el Censo de Flota Pesquera Operativa en la Lista 3ª.
  • Las personas solicitantes que se encuentren en Ciclos formativos de grado superior o grado medio deberán realizar, en primer curso, formación en empresa, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, y la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Organismos


Organismo que convoca

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Pesca, Puertos y Litoral > Dirección de Pesca y Acuicultura

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Pesca, Puertos y Litoral > Dirección de Pesca y Acuicultura

Información de contacto


Ana Altuna

Teléfono: 945 01 82 28

E-mail: a-altuna@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1030111

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución de concesión y denegación se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de que surta efectos la orden de convocatoria.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Otros trámites