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Normativa

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RESOLUCIÓN del Director de Juego y Espectáculos, por la que se establece el contenido mínimo y se aprueban los modelos normalizados de las certificaciones de seguros establecidos en el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Euskadi.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Interior
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 43
  • Nº orden: 1164
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 20/01/2009
  • Fecha de publicación: 03/03/2009

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Seguridad y justicia; Economía y Hacienda
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Interior; Economía

Texto legal

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El artículo 98 del Decreto 183/2008, de 11 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Euskadi, establece el régimen de los seguros que es de aplicación en el desarrollo de los espectáculos taurinos a celebrar en la CAPV.

El artículo 99 del Decreto 183/2008, de 11 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Euskadi, establece que el contenido mínimo y el formato de la certificación que acredite la contratación de los seguros preceptivos, se establecerá por Resolución de la persona titular de la Dirección de Juego y Espectáculos, que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

A fin de facilitar la tramitación administrativa de los espectáculos taurinos tanto a los organizadores como a los órganos administrativos competentes, es oportuno aprobar los modelos de certificación acreditativa de seguro aplicables, estableciendo así mismo su contenido mínimo.

Por todo lo expuesto,

Identificación de la Compañía Aseguradora o Correduría de Seguros y de la persona que actúe en su representación.

Número de la póliza de seguro.

Mención expresa a la cobertura de responsabilidad civil.

Identificación del espectáculo o actividad recreativa a celebrar.

Municipio y territorio histórico donde esté prevista la celebración.

Fecha y hora de celebración.

Identificación de la entidad organizadora del espectáculo o actividad recreativa.

En su caso, identificación del local donde vaya a celebrarse.

Mención expresa al aseguramiento del espectáculo o actividad recreativa.

Mención expresa al aseguramiento del local cuando sea objeto asegurado.

Cuantía del capital asegurado.

Referencia al articulado del Decreto 389/1998, de 22 de diciembre, por el que se regulan los seguros de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas sobre el ámbito de cobertura y mínimo exento del seguro o los seguros.

Expresa mención al artículo y apartado correspondiente del Decreto 183/2008, en el que se basa la póliza.

Fecha de la expedición del certificado, firmado por el titular o representante legal.

D./D.ª..................................................................................................................................................................., en calidad de,

.......................................................................... de la Compañía Aseguradora .......................................... o Correduría de Seguros .....................................................

en la calle/ plaza toros del municipio de (táchese lo que no proceda)...................................................., territorio histórico, .......................cuyo titular es, ..........................................................., es válida hasta el día .............. de .......................... de ..................., y se ajusta a lo establecido en el artículo 98.4 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre, por un capital de ..................................................... euros.

Lo certifico para que conste y surta los efectos oportunos, a instancia de la Dirección de Juego y Espectáculos

.................................. a .................... de............................ de ..............

FIRMA Y SELLO

(*)Artículo 98.4 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre:

Será requisito previo para la autorización de cualquier espectáculo taurino tradicional u otros espectáculos taurinos, la contratación por parte de la empresa organizadora del espectáculo, de un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de su celebración, por un capital mínimo de 200.000 euros.

Decreto 389/1998, de 22 de diciembre. Disposición Adicional Primera y Apartado 6 de los artículos 2 y 3: se establece un régimen de coberturas exentas o franquicia de hasta el 1 por 1000 de la cuantía mínima que resulte exigible, sin que en ningún caso dicho mínimo exento pueda superar la cantidad de 901,52 euros.

MODELO NORMALIZADO DE CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DE CONTRATACIÓN

DE SEGURO PARA ESPECTÁCULOS TAURINOS GENERALES(*)

D./D.ª......................................, en calidad de,.................................., de la Compañía Aseguradora,.............................................,

o Correduría de Seguros,........................................................

en la plaza toros del municipio de................., territorio histórico........................cuyo titular es ..............................................., es válida hasta el .............. de .................. de ..................., y se ajusta a lo establecido en el artículo 98.3 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre, de acuerdo con el aforo máximo autorizado del local, por un capital de.............................. euros.

Lo certifico para que conste y surta los efectos oportunos, a instancia de la Dirección de Juego y Espectáculos,

en ........................ a ............ de......................................... de ...........

FIRMA Y SELLO

(*)Artículo 98 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre:

  1. Plazas de toros permanentes.

    Hasta 1.500 personas de aforo autorizado, 350.000 euros.

    De 1.501 a 5.000 personas de aforo autorizado, 600.000 euros.

    De 5.001 a 10.000 personas de aforo autorizado, 900.000 euros.

    Más de 10.001 personas de aforo autorizado, 1.200.000 euros.

  2. Plazas de toros no permanentes o eventuales y plazas de toros portátiles.

    Hasta 1.500 personas de aforo autorizado, 350.000 euros.

    Más de 1.500 personas de aforo autorizado, 600.000 euros.

    1. Cuando el espectáculo se celebre en otras instalaciones y establecimientos públicos fijos o eventuales, no comprendidos en el apartado anterior, incluida la vía pública: 350.000 euros.

    2. Será requisito previo para la autorización de cualquier espectáculo taurino general, la contratación, por parte de la empresa organizadora del espectáculo, de un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de su celebración, por los mismos capitales mínimos establecidos en los apartados anteriores.

      Decreto 389/1998, de 22 de diciembre. Disposición Adicional Primera y Apartado 6 de los artículos 2 y 3: se establece un régimen de coberturas exentas o franquicia de hasta el 1 por 1000 de la cuantía mínima que resulte exigible, sin que en ningún caso dicho mínimo exento pueda superar la cantidad de 901,52 euros.

      MODELO NORMALIZADO DE CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DE CONTRATACIÓN DE SEGURO, PARA PLAZAS DE TOROS Y OTROS LOCALES DESTINADOS A ESPECTÁCULOS TAURINOS(*)

      /D.ª...................................., en calidad de,...................................., de la Compañía Aseguradora,.............................................,

      o Correduría de Seguros,........................................................

Lo certifico para que conste y surta los efectos oportunos, a instancia de la Dirección de Juego y Espectáculos, en ................ a de..................................... de .....................

FIRMA Y SELLO

(*)Artículo 98 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre:

  1. Plazas de toros permanentes.

    Hasta 1.500 personas de aforo autorizado, 350.000 euros.

    De 1.501 a 5.000 personas de aforo autorizado, 600.000 euros.

    De 5.001 a 10.000 personas de aforo autorizado, 900.000 euros.

    Más de 10.001 personas de aforo autorizado, 1.200.000 euros.

  2. Plazas de toros no permanentes o eventuales y plazas de toros portátiles.

    Hasta 1.500 personas de aforo autorizado, 350.000 euros.

    Más de 1.500 personas de aforo autorizado, 600.000 euros.

    1. Cuando el espectáculo se celebre en otras instalaciones y establecimientos públicos fijos o eventuales, no comprendidos en el apartado anterior, incluida la vía pública: 350.000 euros.

      Decreto 389/1998, de 22 de diciembre. Disposición Adicional Primera y Apartado 6 de los artículos 2 y 3: se establece un régimen de coberturas exentas o franquicia de hasta el 1 por 1000 de la cuantía mínima que resulte exigible, sin que en ningún caso dicho mínimo exento pueda superar la cantidad de 901,52 euros.

      MODELO NORMALIZADO DE CERTIFICACIÓN ACREDITATIVA DE CONTRATACIÓN DE SEGURO DE ACCIDENTES PARA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULO TAURINO

      /D.ª............................................., en calidad de ............................................, de la Compañía Aseguradora .........................................., o/Correduría de Seguros .....................................

Número de póliza de seguro

Tipo de espectáculo taurino

Lugar, fecha y hora de celebración del espectáculo

FIRMA Y SELLO

De acuerdo con el Decreto 389/1998, de 22 de diciembre, Disposición Adicional Primera y Apartado 6 de los artículos 2 y 3, se establece un régimen de coberturas exentas, según el cual, los seguros podrán tener un mínimo exento de hasta el 1 por 1000 de la cuantía mínima que resulte exigible, sin que en ningún caso dicho mínimo exento pueda superar la cantidad de 901,52.

  • Además del director o directora del espectáculo y del personal colaborador voluntario, se entiende por participantes aquellas personas que intervienen de forma activa en el espectáculo.

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