Ekinbide

Descripción


La Oficina de iniciativas ciudadanas para la mejora del sistema de seguridad pública-Ekinbide es el servicio encargado de recibir, estudiar y responder a las quejas, comentarios y sugerencias de mejora sobre el sistema de seguridad pública de Euskadi y los servicios que presta a la ciudadanía, con el fin de mejorar la calidad y la confianza en dichos servicios.

Su ámbito competencial es el conjunto de actuaciones, servicios y prestaciones de los órganos y servicios del sistema de seguridad pública en Euskadi:

  1. Los cuerpos de la policía del País Vasco, así como los vigilantes municipales y agentes de movilidad dependientes de los municipios.
  2. Los servicios de emergencias y protección civil, los centros de coordinación de emergencias y los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamento, y demás integrantes del sistema vasco de atención de emergencias y protección civil.
  3. Los órganos de coordinación, consultivos y de participación en el ámbito de la seguridad pública.

Ekinbide

Cualquier persona mayor de edad o entidad puede presentar una iniciativa en forma de queja, sugerencia o agradecimiento. Los canales para presentar las iniciativas son los siguientes:

  • Telemático a través de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco.
  • Presencial
    • En la sede de la Oficina EKINBIDE (Larrauri Mendotxe Bidea, 18-48950 ERANDIO).
    • Comisarías y Oficinas de Atención Ciudadana de la Ertzaintza.
    • En otras dependencias de los servicios del sistema de seguridad pública de Euskadi.
    • En las Oficinas de Registro del Gobierno Vasco (Oficinas Zuzenean). 
    • En las Oficinas de correos.
  • Cualquiera de los otros medios previstos en la legislación del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los datos que se requieren son los siguientes: nombre y apellidos de la persona interesada, su DNI, domicilio o canal a efectos de notificación, el motivo o contenido de la iniciativa y el servicio a que se refiere.

No se admiten las iniciativas:

  1. Anónimas,
  2. En las que se advierta mala fe o manifiesta carencia de fundamento,
  3. Las clasificables como acciones, reclamaciones o denuncias,
  4. Las que no se refieran a servicios, actuaciones o prestaciones incluidas en el ámbito del sistema de seguridad pública de Euskadi,
  5. Las que se refieran a actuaciones acontecidas con más de un año de antelación a la fecha de registro de la iniciativa,
  6. Las presentadas por el personal de los servicios incluidos en su ámbito de aplicación, salvo que se realicen exclusivamente en la condición de ciudadano o ciudadana,

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Coordinación de Seguridad

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Coordinación de Seguridad

Información de contacto


Datos de contacto

Larrauri Mendotxe bidea, 18. 48950 – Erandio (Bizkaia)

Correo electrónico: ekinbide@seg.euskadi.eus

Teléfono: 94.607.91.85

Código(s)

  • Ekinbide: 1042901

Comunicación a la Administración


Una vez recibida la iniciativa en Ekinbide se determina su admisión o no a trámite, poniéndose en conocimiento de la persona o entidad interesada su consideración. Si es admitida a trámite, se inicia el correspondiente expediente de aclaración o investigación y, en el plazo máximo de dos meses desde que se registra en Ekinbide, se informa a la persona o entidad peticionaria el resultado de la misma.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. Cumplimentar la comunicación,
  2. Adjuntar los documentos que considere necesarios,
  3. Firmar la comunicación,
  4. Enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

En caso de tramitar la comunicación de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. Guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. Imprimir el formulario,
  4. Firmarlo de forma manuscrita
  5. Y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita,
  2. Entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento,
  3. Guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
  • Si utiliza esta opción, cuando su comunicación a la administración y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Otros trámites