Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

Preguntas frecuentes - FAQ

En principio, lo que te interesa saber es si quieres hacer obra de rehabilitación en tu vivienda particular o forma parte de una obra a nivel de comunidad o de edificio.

Si esa obra incluye actuaciones de eficiencia energética, esa parte se valorará, de cara a las medidas de apoyo a aplicar, en base a los Fondos Next. Y si es solo de eficiencia energética, se basará únicamente en dichos Fondos.

No. Las ayudas bajo Fondos Next son prevalentes, es decir, se aplicarán sobre las ayudas de Gobierno Vasco para las actuaciones de mejora de eficiencia energética. Pero si la actuación no cumple sus requisitos, se derivará directamente a su valoración bajo los criterios de las ayudas de Gobierno Vasco; ampliando así las opciones de ayuda.

Si solamente has pedido ayudas para mejoras de eficiencia energética y no cumples los requisitos de los Fondos Next, también lo derivaremos para su estudio bajo las normas de Gobierno Vasco, aunque en este caso necesitaremos que nos hayas dado permiso para hacerlo, al formular la solicitud.

Las viviendas unifamiliares son también susceptibles de recibir ayudas por las actuaciones de rehabilitación.

En principio, pueden optar a las ayudas de Línea 1 reguladas por la Orden de julio de 2021 de Gobierno Vasco, así como a las ayudas contempladas en el Programa 4 (vivienda), de los Fondos Next, siendo estas últimas prevalentes en lo que se refiere a actuaciones de mejora de eficiencia energética.

Además podrías optar a ayudas en el marco del programa 3 (edificios) de los Fondos Next, siendo compatibles siempre que las ayudas no se destinen a financiar el mismo coste.

Sí, puedes presentar tu solicitud, indicando los datos de la comunidad y la referencia de su expediente. Podrás presentarla en las oficinas de Zuzenean, o bien desde la sede electrónica: https://www.euskadi.eus/rehabilitacion-comunidad/web01-tramite/es/

Puedes presentar ayudas en el marco de la Línea 1 de la Orden de julio de 2021 de Gobierno Vasco, como vivienda particular, y también en el Programa 4 (vivienda) de los Fondos Next.

No obstante, formando parte de un grupo de viviendas, podríais también acceder a las ayudas de Línea 2 de la Orden de julio de 2021 de Gobierno Vasco, y Programa 3 (edificio), de los Fondos Next.

Es importante tener en cuenta cuál es el tipo de obra que queréis realizar, para valorar las opciones y elegir el marco más interesante tanto para la actuación a realizar como por el alcance y cuantía de la ayuda a percibir.

Las ayudas contempladas en los programas de los Fondos Next se declaran compatibles, bajo el régimen de prevalencia, con las medidas contempladas en el Convenio de Colaboración Financiera y el Instrumento Financiero especial de rehabilitación de Gobierno Vasco. Por tanto, es factible que, además de las ayudas a fondo perdido obtenidas en el marco de los Programas de los Fondos Next, puedas optar a préstamos cualificados, o con tipo de interés subsidiado.

Las deducciones, bonificaciones, u otros beneficios tributarios establecidos por las Haciendas Forales, se gestionarán directamente con estas entidades.

Es el profesional de confianza que lleva a cabo toda la gestión integral de rehabilitación incluida la gestión y tramitación de las ayudas. Puede tratarse de una persona física o jurídica, pública o privada, facultada para impulsar, gestionar, coordinar una rehabilitación y percibir las ayudas públicas para la rehabilitación de viviendas. Para que pueda operar es necesario acuerdo de la persona destinataria última de la ayuda que le autorice a actuar como tal.

La eficiencia energética de un edificio/vivienda es el consumo de energía, ya sea calculado o medido, que se considera necesario para su ocupació o funcionamiento en condiciones normales. En este consumo se incluye, por lo menos, la energía consumida en:

  • calefacción
  • refrigeración
  • ventilación
  • producción de agua caliente sanitaria

Para mejorar el consumo de energía de una edifcación y, por tanto su eficiencia, hay tres factores clave:

  • que su estructura colabore a una reducción en el consumo de energía (por ejemplo, dotar al edificio de un aislamiento de la fachada tipo SATE)
  • que el consumo de energía sea menor (lógicamente, este factor puede ser resultado de múltiples situaciones, pero la situación deseada es, por ejemplo, dotar a la vivienda de un sistema de calefacción de mayor rendimiento)
  • que se empleen energías renovables 

La calificación energética, por tanto, clasifica los edificios dentro de una orden de siete letras, donde la letra G corresponde al edificio menos eficiente y la letra A al edificio más eficiente. Para asignar una califiación energética se mide/calcula el consumo de energía y las emisiones de CO2 anuales y la letra se asigna por comparación de estos resultados con los un edificio base de similar tipología y localización.

El certificado de eficiencia energético es un informe que cumple con las siguintes características:

  • inscrito en el registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco
  • elaborado por personal técnico competente 
  • recoge toda la información relevante sobre las características energéticas, la calificación de eficiencia energética y recomendaciones de mejora viables de un edificio o parte del mismo

Para finalizar, la etiqueta de eficiencia energética es el distintivo que señala el nivel de calificación de eficiencia energética obtenida por el edificio o parte del mismo, y que acredita que el mismo dispone de un Certificado de Eficiencia Energética valido inscrito en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética del País Vasco.

Fecha de última modificación: