Régimen laboral
* Entrada en vigor: 21 de enero de 2009.Condiciones de trabajo. Acuerdos y convenios
* Para compatibilizar una segunda actividad se requerirá de una resolución expresa emitida por la Dirección de Gestión de Personal del Departamento. Para ello es necesario solicitar la compatibilidad por EIZU * Es posible solicitar la reducción voluntaria del complemento específico.
Régimen de compatibilidades
