Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Medidas de conciliación para el cuidado de hijos e hijas

Una de las mayores necesidades de las personas trabajadoras es organizar la atención y el cuidado de sus hijas e hijos tras la finalización del periodo de permiso por nacimiento, ya que la reincorporación al mundo laboral genera situaciones que hacen incompatible la vida personal y familiar con la vida laboral.

La Ley establece diferentes permisos y medidas de conciliación para el cuidado de hijos e hijas:

Permisos retribuidos:

  • Permiso por nacimiento
  • Permiso por cuidado de lactante (lactancia)
  • Permiso por riesgo en el embarazo

Otras medidas de conciliación:

  • Reducción de jornada por cuidado de menores hasta los 12 años de edad
  • Excedencia por cuidado de menores de 3 años
  • Excedencia voluntaria

La normativa actual reconoce también el derecho de la persona trabajadora a la adaptación y distribución de su jornada laboral, aunque lo hace de forma genérica, y condiciona su ejercicio a lo que la negociación colectiva o el pacto individual de cada empresa determinen.

Además de los permisos y medidas protegidas por ley, hay otras iniciativas dirigidas a mejorar la conciliación de las que puede disponerse en función de los convenios colectivos, o de la negociación plantilla-empresa, como, por ejemplo:

  • Posibilidad de disfrutar de permisos no retribuidos.
  • Permiso para el acompañamiento a médicos y/o especialistas.
  • Bolsa de horas para periodos de adaptación escolar.

Ver más iniciativas dirigidas a mejorar la conciliación