Normativa
ImprimirRESOLUCIÓN 43/2012, de 11 de septiembre, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno «por el que se amplía el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución del concurso público para el otorgamiento de las licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco».
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Resolución
- Órgano emisor: Presidencia del Gobierno
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 230
- Nº orden: 5242
- Nº disposición: 43
- Fecha de disposición: 11/09/2012
- Fecha de publicación: 28/11/2012
Ámbito temático
- Materia: Organización administrativa; Actividades Económicas
- Submateria: Gobierno y Administración Pública; Información y comunicaciones
Texto legal
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2012, el Acuerdo «por el que se amplía el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución del concurso público para el otorgamiento de las licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco», y a los efectos de darle la publicidad debida,
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de septiembre de 2012.
La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,
M.ª JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.
El artículo 14.7 del Decreto 231/2011, sobre la comunicación audiovisual establece que el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución del concurso será de seis meses. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes.
En el mismo sentido, la cláusula vigesimosétpima de las bases determina que el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución del concurso será de seis meses, sin perjuicio de su eventual ampliación de conformidad con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes.
De conformidad con las previsiones anteriores, habida cuenta del número de propuestas recibidas y la complejidad que conlleva su valoración, procede ampliar el plazo de notificación de la resolución del concurso de referencia, por un periodo adicional de seis meses.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura, y previa deliberación, en la sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2012, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente
«Primero. Ampliar el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución del concurso para el otorgamiento de las licencias para la prestación de servicios de comunicación radiofónica en ondas métricas con modulación de frecuencia por un período adicional de seis meses.