Departamento de Educación

Educación Especial. Penalización: exclusión de listas a partir de curso 2020-2021

Los candidatos y las candidatas quedarán excluidos y excluidas de las listas de Educación Especial a partir del curso 2020-2021 conforme al acuerdo adoptado en la Mesa Negociadora de 13 de marzo de 2020.

El acuerdo es el siguiente:

“Causas de exclusión:

  • A aquellos candidatos y candidatas que renuncien sin causa justificada a la oferta de una jornada completa se les dará de baja en todas las listas de esa categoría en los tres territorios tanto de jornadas completas como parciales; y, a aquellos candidatos y candidatas que renuncien sin causa justificada a la oferta de una jornada parcial se les dará de baja en todas las listas de esa categoría en los tres territorios en las jornadas parciales.
  • Aquellos candidatos y candidatas que habiendo aceptado el llamamiento, no comparezcan en el centro el primer día que deban asistir, se les excluirá de todas las listas de la categoría del puesto aceptado, esto es, de los tres territorios tanto de jornadas completas como parciales según lo dispuesto en el Convenio Colectivo aplicable. 
  • Aquellos candidatos y candidatas que tengan contrato en vigor y renuncien al contrato, serán excluidos de todas las listas de la categoría del contrato en vigor, esto es, de los tres territorios tanto en jornadas completas como parciales independientemente de que renuncien a contratos a jornadas parciales o completas. No obstante aquellos candidatos y candidatas con contrato de media jornada, que se vea modificado a un tercio de jornada, podrán renunciar de forma justificada a dicho contrato. 
  • No alegar y acreditar las causas de renuncia en los plazos y condiciones establecidos en el Convenio Colectivo.

Efectos de la exclusión de listas:

Las personas que hubieran sido excluidas de las listas (tanto quienes hubieran sido excluidas de jornadas completas y parciales, como quienes hubieran sido excluidas únicamente de jornadas parciales) por haber rechazado una oferta de prestación de servicios para la que ha sido llamado conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo, por no alegar y acreditar las causas de renuncia en los plazos y condiciones establecidos en el Convenio Colectivo o por no tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado o abandonar la prestación de servicios o renunciar voluntariamente al contrato en vigor, no podrán participar en los procedimientos de apertura de listas (ni en el mantenimiento de listas abiertas derivado de dicho procedimiento) en el curso escolar en el que resultaron excluidas.

Adicionalmente a lo anterior, y en relación a las personas que hayan sido excluidas en todas las listas en las jornadas parciales, éstas no podrán añadir la opción de jornada parcial en el proceso de rebaremación que se lleve a cabo en el curso escolar en el que resultaron excluidas ”.

Fecha de última modificación: