Ayudas económicas para organizar y desarrollar las acciones KA1 de movilidad para profesorado y alumnado de Formación Profesional, dentro del marco del Programa ERASMUS+ (2020-2021)

[ERASMUS PLUS]

Descripción


Objeto

Convocar ayudas económicas para cofinanciar proyectos de movilidad aprobados dentro del Programa de Erasmus+ para movilidades de profesorado y estudiantes por motivos de aprendizaje, siempre y cuando se desarrollen durante el curso académico 2020-2021.
Las personas destinatarias finales de estas movilidades deberán ser alumnado matriculado o titulado (solicitantes de KA1 en el último año de sus estudios) en la Formación Profesional del País Vasco o docentes de la Formación Profesional Vasca.
Esta ayuda cubrirá, por tanto, la parte proporcional del presupuesto de los proyectos que correspondan a las movilidades que se desarrollen durante el curso escolar 2020-2021.

Dotación presupuestaria

650.000 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de la subvención será efectivo en 3 plazos (el primero durante el ejercicio 2020 y los dos siguientes en el 2021):

  1. Un 20 % del total de la ayuda para cada proyecto, tras la aceptación de la ayuda concedida o en su caso, una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 11.a) de la Orden sin mediar renuncia expresa.
  2. Un 40 % de cada acción o flujo de movilidad del proyecto, al presentar el plan de movilidades definitivo para cada una de las acciones o flujos de movilidad del proyecto, según el anexo VI.
  3. El 40 % final de cada acción o flujo de movilidad del proyecto, conforme se vayan realizando las movilidades. Así, una vez finalizada cada acción o flujo de movilidad, la entidad beneficiaria presentará estos documentos, en el plazo máximo de un mes:

              – Una certificación por cada movilidad realizada, según el anexo VII.
              – Cuando proceda, copia de la factura de formación lingüística en la que se indiquen los datos de los beneficiarios de la formación.

Una vez recibida la certificación y comprobados los datos que figuran tanto en dicha certificación como en la resolución definitiva del SEPIE, se ordenará el pago de la parte correspondiente de la cofinanciación en función de las movilidades realizadas.

Los modelos de plan de movilidades definitivo y del certificado de movilidades realizadas podrán obtenerse en la sede electrónica de euskadi.eus.

A quién va dirigido


Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco
  • Participar en proyectos de movilidad en el ámbito de la Formación Profesional, acciones KA1 en el marco del Programa Erasmus+ para Formación Profesional
  • Estar legalmente constituida

  • Tener suficiente poder de representación
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Tener proyectos aprobados en la convocatoria de propuestas Erasmus+.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • Personas jurídicas privadas que tengan proyectos aprobados en la convocatoria de propuestas Erasmus +.
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación
  • Cumplir cualquier obligación y requisito exigible, según lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de ayudas u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente tanto público como privado.
  • Que la entidad solicitante ha comprobado que las personas participantes en el proyecto no reciben ninguna otra subvención del Gobierno Vasco ni del Gobierno de España, a título individual, para este mismo proyecto
  • Que la entidad solicitante se acoge a lo establecido en la Orden para la cofinanciación de ayudas económicas para organizar y desarrollar las acciones KA1 de movilidad por motivos de aprendizaje para las personas en el ámbito de la Formación Profesional, dentro del marco del Programa ERASMUS+.
  • Que la entidad solicitante conoce y acepta en su totalidad las bases de la convocatoria, y, se compromete en caso de que sea concedida la ayuda, a cumplir con los fines de la misma
  • Cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiaria de estas ayudas. Dispone de la documentación que así lo acredita. La entidad la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida.
  • Adquiere el compromiso de notificar cualquier modificación de las circunstancias que se han tenido en cuenta en la resolución

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación / Viceconsejería de Formación Profesional > Dirección de Tecnología y Aprendizajes Avanzados

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Formación Profesional

Información de contacto


Zuzenean: Atención a la ciudadanía

Si tiene problemas en la tramitación electrónica puede contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.

Código

0097409

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se notificará mediante su publicación en el tablón electrónico de la sede electrónica del Gobierno Vasco (https://www.euskadi.eus/) en el plazo máximo de tres meses desde el día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Plan de movilidades definitivo


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Justificación


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Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

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Otros trámites