Departamento de Turismo, Comercio y Consumo

Programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de Cooperación, Dinamización y Competitividad comercial urbana - Hirigune 2019

[HIRIGUNE 2019]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente Orden es favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad. 

Impulsar la implantación y desarrollo de proyectos anuales de cooperación zonal, en áreas de baja densidad comercial, que por su carácter integren propuestas estratégicas para la mejora del abastecimiento comercial de las zonas sujetas a revitalización.

Guía para solicitar la ayuda (PDF, 2 MB)

Dotación presupuestaria

3.560.043

Prestación económica

Modalidades de ayudas 

a)     A los Ayuntamientos: 

  • Estudios:
    • Estudios para la elaboración de Planes de Revitalización Comercial en los municipios recogidos en los anexos de la Orden, o para la actualización de aquellos estudios con antigüedad superior a 5 años.
    • Estudios destinados a la transformación, reestructuración y modernización integral de mercados municipales minoristas.
    • Estudios–planes estratégicos.
  • Actuaciones urbanísticas:
    • Acondicionamiento de áreas específicas para el desarrollo del comercio ambulante y ocasional ubicadas en entorno urbano.
    • Inversiones destinadas a la modernización y readecuación de puestos de los mercados municipales minoristas.
    • Señalización comercial y de turismo de compras.
    • Paramentos verticales o similares no permanentes, cuyo objetivo sea la mejora del paisaje urbano y estético de los ejes comerciales y que estén vinculados a locales sin actividad.
    • Establecimiento de zonas de carga y descarga y/o puntos de distribución logística.
    • Peatonalización de ejes o calles comerciales.
    • Ensanchamiento de aceras en calles comerciales.
    • Transformación de viales de calles comerciales en calles de coexistencia.

Se entenderá por calles comerciales en los puntos f), g), y h) por aquellas calles en las que al menos un 70% de las lonjas sean comerciales y un 70% de éstas se encuentre en activo. Esta condición será acreditada mediante el pertinente certificado municipal.

b)   A las Asociaciones: 

      Proyectos que estén en consonancia con los planteamientos de desarrollo comercial del municipio, consistentes en: 

  • Organizar y realizar acciones dirigidas a la dinamización y promoción del comercio y del turismo de compras del municipio, cuyo objetivo sea propiciar la generación de estrategias zonales destinadas a la captación de flujos comerciales.
  • Organizar y fomentar servicios complementarios al comercial que faciliten la captación de flujos comerciales en la zona.
  • Desarrollo y contratación de servicios de cooperación, de interés común para el sector.

 

Dotación económica 

TIPO DE AYUDA:

a)     A los Ayuntamientos:

El importe de las ayudas será el 80% del coste de ejecución material de las inversiones.

En el caso de actuaciones recogidas en el Anexo VI, punto 1 Estudios, se establecen los siguientes importes máximos de subvención en función del tipo de estudio:

  • Estudios artículo 6.1.a) (Perco y actualizaciones):   25.000,00 euros
  • Estudios artículo 6.1.b) (Mercados Municipales):     15.000,00 euros
  • Estudios artículo 6.1.c) (Planes estratégicos):         25.000,00 euros 

El límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado: 

  • Municipios hasta 499 habitantes                               5.000,00 euros
  • Municipios entre 500 y 999 habitantes                     10.000,00 euros
  • Municipios entre 1.000 y 1.999 habitantes               15.000,00 euros
  • Municipios entre 2.000 y 4.999 habitantes               20.000,00 euros
  • Municipios entre 5.000 y 9.999 habitantes               25.000,00 euros
  • Municipios entre 10.000 y 14.999 habitantes           30.000,00 euros
  • Municipios entre 15.000 y 29.999 habitantes           35.000,00 euros
  • Municipios entre 30.000 y 59.999 habitantes           40.000,00 euros
  • Municipios entre 60.000 y 99.999 habitantes           60.000,00 euros
  • Municipios entre 100.000 y 249.999 habitantes       75.000,00 euros
  • Municipios con más de 250.000 habitantes              95.000,00 euros 

b)   A las Asociaciones:

El importe de las ayudas concedidas será el 80% del gasto subvencionable del proyecto, salvo en el caso de proyectos para la creación, implantación y desarrollo de blogs y páginas webs, en cuyo caso el importe de la ayuda será del 20% de su coste.

El límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado: 

  • Municipios hasta con menos de 45 comercios          12.000,00 euros
  • Municipios entre 46 y 85 comercios                         23.000,00 euros
  • Municipios entre 86 y 180 comercios                       27.000,00 euros
  • Municipios entre 181 y 360 comercios                     35.000,00 euros
  • Municipios entre 361 y 900 comercios                     55.000,00 euros
  • Municipios entre 901 y 1.900 comercios                  70.000,00 euros
  • Municipios entre 1.901 y 3.400 comercios               95.000,00 euros
  • Municipios con más de 3.400 comercios                125.000,00 euros

 

 

Información adicional

A quién va dirigido


Municipios

Asociaciones de Comerciantes y Mixtas

Requisitos

  • Documentación común a aportar por los solicitantes:

  • Documentación a entregar: Ayuntamientos | Para municipios

  • Documentación específica a entregar: Asociaciones | Para Asociaciones

Organismos


Organismo que convoca

  • Turismo, Comercio y Consumo > Consejero/a de Turismo, Comercio y Consumo

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto


Consultas de tipo técnico sobre la aplicación informática:

Consultas sobre:

  • Posible representación del interesado por un tercero.
  • Documentación exigida
  • Procedimiento de teletramitación
  • Los contenidos de la Orden de Ayudas

ZUZENEAN

TFNO.: 012 Y 945018000

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Alava

Samaniego, 2

01008 Vitoria-Gasteiz

Tfno.: 945 01 70 54

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Bizkaia

General Concha, 23

48010 Bilbao

Tfno. 94 403 14 26

Oficina Territorial de Turismo y  Comercio  de Gipuzkoa

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastián

Tfno. 943 02 25 65 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1015606

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 13 de julio de 2019 y finalizará el día 26 de agosto de 2019.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites