Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Cuaderno Digital de la Explotación Agrícola

Descripción


La normativa europea obliga a todo titular de una explotación agraria a tener un Cuaderno de Explotación en el que quede reflejada cualquier actividad que se realice en la misma.

Asimismo, en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola, se establece la obligatoriedad de registrar todas esas actividades en un cuaderno digital.

Mediante la Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria, se establece la información obligatoria de registro en el cuaderno digital.

Las personas titulares de explotaciones agrícolas podrán utilizar, o bien el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE de la Administración), o bien cualquier herramienta comercial (CUE comercial) siempre y cuando la empresa que desarrolla este CUE comercial esté registrada en la CA de registro de la correspondiente explotación y cumpla todos los requisitos y obligaciones establecidos por normativa, ya que estos CUE comerciales deberán disponer de todas las especificaciones técnicas para permitir un flujo de información, a través del interfaz de comunicación, con el Registro de Explotaciones Agrícolas (REA) y con el CUE de la Administración.

Asimismo, las personas titulares de explotaciones agrarias son las responsables de estar inscritas en el REA y de la cumplimentación del CUE, que podrá ser rellenada por ellas mismas o por las que éstas autoricen. Además, si usan un CUE comercial, deberán autorizar a la Entidad propietaria del CUE para que pueda darse la transmisión de información, tanto con el REA como con el CUE autonómicos. Para ello, serán necesarias las correspondientes comunicaciones de autorizaciones a la Administración Autonómica de Registro.

A quién va dirigido


- Personas titulares de explotaciones agrarias.

- Entidades desarrolladoras de software para la creación de cuadernos digitales comerciales.

- Entidades que quieran gestionar cuadernos digitales.

Normativa aplicable


Normativa reguladora RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2023 del Director de Agricultura y Ganadería por la que se implementan en la Comunidad Autónoma de Euskadi los procedimientos para el otorgamiento de las autorizaciones necesarias a los diferentes agentes que interactúen con las herramientas informáticas de gestión de cuadernos digitales de explotación agrícola y la inscripción en los correspondientes registros. Normativa estatal Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola Normativa estatal Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece y regula el contenido mínimo del Registro autonómico de explotaciones agrícolas y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes de información en el Sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria. Normativa estatal Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se establecen detalles técnicos sobre el sistema de información de explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria, así como del registro autonómico de explotaciones agrícolas y el cuaderno digital de explotación agrícola. Normativa autonómica DECRETO 203/2011, de 27 de septiembre, del Registro General de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco Normativa de la convocatoria Orden de 18 de noviembre de 2014, regula el cuaderno de explotación y su uso en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Agricultura y Ganadería

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Agricultura y Ganadería

Información de contacto


Datos de contacto

Dirección de Agricultura y Ganadería

E-mail: koadernodigitala@euskadi.eus

Código(s)

  • Alta en el Registro de entidades desarrolladoras de cuadernos digitales comerciales: 1236701
  • Modificación de datos en el Registro de entidades desarrolladoras de cuadernos digitales comerciales: 1236702
  • Baja en el Registro de entidades desarrolladoras de cuadernos digitales comerciales: 1236703
  • Alta en el Registro de entidades habilitadas o gestoras de cuadernos digitales: 1236704
  • Modificación de datos en el Registro de entidades habilitadas o gestoras de cuadernos digitales: 1236705
  • Baja en el Registro de entidades habilitadas o gestoras de cuadernos digitales: 1236706
  • Comunicaciones de autorizaciones de titulares de explotaciones agrarias que usan cuadernos digitales: 1236801
  • Comunicaciones de revocaciones de autorizaciones de titulares de explotaciones agrarias que usan cuadernos digitales: 1236802

Solicitud


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

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  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Solicitud


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Comunicación


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