Normativa
ImprimirCORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Identificación
- Ámbito territorial: Autonómico
- Rango normativo: Orden
- Órgano emisor: Interior
- Estado vigencia: Vigente
Boletín oficial
- Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
- Nº boletín: 115
- Nº orden: 3161
- Nº disposición: ---
- Fecha de disposición: 30/05/2011
- Fecha de publicación: 17/06/2011
Ámbito temático
- Materia: Asuntos sociales y empleo; Organización administrativa; Seguridad y justicia
- Submateria: Asuntos sociales; Gobierno y Administración Pública; Interior
Texto legal
El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 101 de 30 de mayo de 2011, se procede a su corrección.
Asimismo, se han advertido errores de la misma índole en el texto de la Corrección de Errores de la citada Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 108 de 8 de junio de 2011, por lo que se procede también a su corrección.
En la página 2011/2830 (13/13), de la primera publicación señalada (Boletín Oficial del País Vasco n.º 101 de 30 de mayo de 2011), en la Disposición Transitoria Segunda,
Donde dice:
Debe decir:
Por su parte, en las páginas 2011/3007 (5/16), (6/16), (7/16), (8/16), (13/16), (14/16), (15/16) y (16/16), de la Corrección de Errores de la norma citada, en los anexos publicados, en los pies de páginas,
Donde dice:
C/ Ercilla, 4 - 48009 Bilbao. Tef: 94 607 56 46 - Fax: 94 607 56 31
Debe decir:
C/ Gran Vía, 81, 1.º - 48011 Bilbao. Tef: 94 607 56 50 - Fax: 94 607 56 39