Ayudas destinadas a apoyar la estancia en el extranjero del alumnado de Formación Profesional de Grado Superior y Cursos de Especialización en modalidad dual durante el curso 2025-2026.

Descripción


Objeto

Convocar ayudas destinadas a apoyar la estancia en el extranjero del alumnado de Formación Profesional de Grado Superior y Cursos de Especialización en modalidad dual durante el curso académico 2025-2026.

Dotación presupuestaria

850.000,00 (euro)

Prestación económica

La cuantía máxima de la subvención que podrá concederse por persona beneficiaria será de 1.800 euros.

La cuantía de la subvención se determinará mediante la aplicación de un módulo fijo de 100 euros por cada semana completa de estancia, equivalente a cinco días laborables.

La duración subvencionable de las estancias será de un mínimo de una semana y un máximo de cuatro meses.

Forma de pago:

El pago se efectuará en un único abono, una vez finalizada la movilidad y siempre que la persona beneficiaria haya presentado correctamente toda la documentación requerida.

El ingreso de la ayuda se realizará directamente a favor de la persona beneficiaria mediante transferencia bancaria.

A quién va dirigido


Alumnado de niveles no universitarios


 

Requisitos

  • Estar matriculadas o haber finalizado un Ciclo Formativo de Grado Superior o un Curso de Especialización durante el curso académico 2025-2026.
  • Participar o haber participado en programas de tránsito al empleo en modalidad dual en el extranjero durante el curso académico 2025-2026.
  • Haber realizado una estancia en una empresa en el extranjero, con una duración mínima de una semana y máxima de cuatro meses, de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria.
  • No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones.
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes, tanto públicos como privados.
  • Declarar que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y en la documentación que la acompaña y que cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener la condición de persona beneficiaria.
  • Declarar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las obligaciones relativas al reintegro de subvenciones, en los términos establecidos en la normativa aplicable.
  • Declarar que no han sido sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener ayudas o subvenciones públicas y que no incurren en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, con expresa referencia a las derivadas de discriminación por razón de sexo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo.
  • Comprometerse a poner a disposición de la Dirección de Transformación Digital y Aprendizajes Avanzados la información que le sea requerida para la correcta gestión, comprobación y seguimiento de la ayuda.
  • Comunicar, en su caso, la obtención de ayudas del programa Erasmus+ u otras ayudas destinadas a la misma finalidad, garantizando que no se produzca una sobrefinanciación de la movilidad.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Formación Profesional

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1270501

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva será de seis meses desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos nacionales.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Anexo III - Informe de valoración y asistencia

Otros trámites