Procesos selectivos de la Administración General de la CAE: información general
Estos contenidos, tienen carácter informativo y carecen de valor jurídico. Se recomienda encarecidamente hacer una lectura detenida de las bases de cada convocatoria por representar estas la norma que regula todos los aspectos de los procesos selectivos.
En la Administración General de la CAE los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de carrera se agrupan en Escalas. Cada Escala está formada por una serie de puestos con funciones semejantes y con requisitos de titulación comunes. Así, por ejemplo, en la Escala Administrativa están incluidos, entre otros, los puestos de administrativo de personal, administrativo de gestión o agente Zuzenean.
Por tanto, los procesos selectivos se convocan para acceder a cada Escala. El acceso a un puesto concreto se producirá al final del proceso selectivo, conjugando la puntuación final de cada persona candidata y sus preferencias, siempre previa justificación del cumplimiento de los requisitos del puesto elegido: Perfil lingüístico, carné de conducir, etc.
El acceso a los puestos de la administración reservados a personal laboral se realizará de la misma forma.
Las bases de las convocatorias selectivas constituyen la ley a la que ha de sujetarse el procedimiento, de tal manera que vinculan por igual a las personas participantes, a la administración convocante y a los tribunales. En las convocatorias de la administración General de la CAE se distingue entre bases generales y bases específicas.
Las bases generales, tanto para los procesos de funcionarios como de laborales, suelen contener los elementos comunes a todos los procesos y pueden incluir la parte general del temario para las escalas y categorías que se convocan.
Entre otros, incluyen información sobre:
- Sistema de selección, turnos y modalidades de participación
- los requisitos generales de participación y su forma de acreditación
- requisitos específicos de participación en los distintos turnos y modalidades
- las condiciones de adjudicación de los puestos
- la presentación de solicitudes
- los requisitos y méritos (fechas de referencia, descripción, alegación y acreditación)
- la relación de personas admitidas y excluidas
- el desarrollo de los procesos selectivos (fase de oposición, fase de concurso)
- la elección de puestos y adjudicación de destinos
- la relación de personas seleccionadas
- la presentación de documentación
- el nombramiento y toma de posesión
- las adjudicaciones adicionales (si las hubiera)
- el tribunal
- las bolsas de trabajo
- aspectos referidos a la protección de datos
Las bases específicas se refieren a cada convocatoria concreta para una escala o categoría. Por tanto, y para cada escala o categoría convocada regulan:
- el número de plazas convocadas con indicación de turno, modalidad y requisito de perfil lingüístico
- los requisitos específicos de participación: titulación necesaria, tasas a abonar, …
- los requisitos específicos de adjudicación (en caso de que los haya)
- temarios específicos
- el proceso selectivo: prueba y valoración de méritos, baremos
Su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco determina el plazo para la presentación de solicitudes.
En la convocatoria de cada proceso selectivo se determinarán los turnos y modalidades existentes.
Turno libre: Es el turno al que puede concurrir, en el proceso selectivo convocado, cualquier persona que cumpla los requisitos generales de participación en los procesos selectivos.
Turno de promoción interna: Es el turno en el que pueden participar las personas que ya son personal funcionario de carrera o laboral fijo en la Administración General de la CAE, para acceder a escalas u opciones del mismo o superior subgrupo, grupo o categoría laboral.
- Promoción interna vertical: consistirá en el ascenso desde un cuerpo o escala de un subgrupo –grupo de clasificación profesional en el supuesto de que este no tenga subgrupos– o agrupación sin requisito de titulación a otro inmediatamente superior.
- Promoción interna cruzada: Puede participar el personal laboral fijo titular de un puesto de trabajo que haya resultado clasificado como reservado a personal funcionario en la relación de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Modalidad de reserva para personas con discapacidad: Es una modalidad que puede existir tanto en el turno libre como en el de promoción interna, y consiste en una reserva de puestos para personas que tengan reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% por un órgano competente en la materia.
Únicamente se puede concurrir, al proceso selectivo, por un turno. En los procesos en que haya turno libre y de promoción interna, únicamente podrá concurrirse por uno de ellos.
Únicamente se puede concurrir, al proceso selectivo, por una modalidad. En los turnos en que exista modalidad de acceso general y modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad, únicamente se podrá concurrir por una de estas modalidades.
No obstante, si agotadas las plazas de la modalidad de acceso reservado a las personas con discapacidad hubiera más personas participantes en esta modalidad, podrán obtener plaza de modalidad de acceso general del turno y convocatoria correspondiente, de acuerdo con la puntuación obtenida en el proceso.
En la convocatoria de cada proceso selectivo se determinarán los turnos y modalidades existentes.
- Requisitos generales para todo proceso selectivo y para todo turno y modalidad.
Estos requisitos se refieren a la nacionalidad, capacidad funcional, edad, titulación (se especificará en las bases específicas para cada proceso en la correspondiente convocatoria), no encontrarse en situación que impida tomar parte en el proceso selectivo (por resolución judicial, por expediente disciplinario), no encontrarse en incapacidad o incompatibilidad, y abono de la tasa correspondiente.
- Requisitos específicos para algunos procesos selectivos.
Las bases específicas de algunos procesos selectivos contienen requisitos específicos que las personas interesadas en participar en el proceso habrán de cumplir, además de los requisitos generales (determinados títulos o certificados, carné de conducir, ……).
- Requisitos para participar por el turno de promoción interna
Pueden participar en el turno de promoción interna las personas que ya son personal funcionario de carrera o laboral fijo en la Administración General de la Comunidad Autónoma. Dependiendo del tipo de promoción interna los requisitos serán unos u otros, sin perjuicio del resto de requisitos para participar en el proceso.
- Requisitos para participar en la modalidad de reserva para personas con discapacidad
Pueden participar en esta modalidad, las personas que tengan reconocida una discapacidad de grado igual o superior al 33% por el órgano competente de las Diputaciones Forales, el IMSERSO o equivalente.
- Cuándo deben cumplirse los requisitos para participar en los procesos selectivos
Los requisitos exigidos para concurrir al proceso selectivo han de cumplirse a fecha del fin del plazo de presentación de instancias, salvo que las bases establezcan excepciones.
Para participar en estos procesos selectivos hay que presentar una solicitud por cada proceso en el que se desee participar.
Para poder tomar parte en los procesos selectivos hay que completar necesariamente estos tres pasos:
- Rellenar todos los apartados de la solicitud
- Presentarla dentro del plazo determinado en las bases específicas
- Abonar las tasas por inscripción en las convocatorias dentro del plazo determinado en las bases específicas
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, a través del Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-publico/
Para ello es necesario identificarse mediante uno de los siguientes medios:
- Medios admitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi: (https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/ )
Si no dispone de medios para realizar la solicitud electrónica podrá realizarla también en los centros públicos KZ–Gunea del Gobierno Vasco. El listado de centros KZ–Gunea y su ubicación se encuentra disponible en la dirección www.kzgunea.eus
En la web del IVAP podrá visualizar un video tutorial sobre cómo realizar la solicitud.
ATENCIÓN: El pago de la tasa deberá efectuarse necesariamente dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en las bases específicas.
El ingreso del importe se realizará a través de la pasarela de pagos de la sede electrónica https://euskadi.eus/mipago .
La posibilidad de realizar el pago estará operativa las 24 horas del día, durante el plazo de presentación de solicitudes, pudiéndose realizar el pago si se es cliente o clienta de banca electrónica de alguna de las entidades financieras adheridas. También podrá realizarse por Bizum o con tarjeta de crédito.
No es necesario enviar a la administración el justificante, ya que las entidades financieras enviarán los datos de pago de forma automática.
El importe de dichas tasas se establece en las bases específicas de cada proceso selectivo.
La falta de abono de las tasas dentro del plazo de presentación de solicitudes supondrá la exclusión del proceso.
No obstante, el error en la cantidad abonada dará lugar a requerimiento a fin de que en el plazo de 10 días hábiles se subsane el error.
ALEGAR: Con la alegación el aspirante dice que cumple un requisito o mérito.
ACREDITAR: Con la acreditación el aspirante aporta un documento probatorio del cumplimiento de requisitos o méritos
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CUMPLIR |
Fecha general en la que tienen que cumplirse los requisitos y méritos. |
El último día del plazo de presentación de instancias. |
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Excepciones a la fecha general de cumplimiento de requisitos y méritos. |
· Colegiación: Se presentará en la toma de posesión. · Especialidad: Cuándo determinen las bases específicas. |
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ALEGAR |
Requisitos para participar en el proceso selectivo. |
Junto con la instancia de participación en el proceso. |
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Méritos valorables en el proceso. |
En el plazo de alegación de méritos que se abrirá y anunciará para alegarlos. |
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Requisitos específicos de algunos puestos. |
En el plazo de alegación de méritos junto con el resto de méritos. |
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ACREDITAR |
REGLA GENERAL |
El IVAP comprueba requisitos y méritos alegados consultando a los registros administrativos de la Administración General de la CAE y sus Organismos Autónomos, a la plataforma de intermediación de datos de las administraciones públicas o al organismo que expide la certificación. |
Cuando, por la oposición de la persona interesada, el IVAP no pueda realizar esas consultas; o, realizadas las consultas, haya sido imposible acreditar el requisito o mérito, la persona interesada habrá de presentar la documentación precisa para la comprobación de los requisitos y méritos cuando sea requerido. |
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EXCEPCIONES A LA REGLA GENERAL |
Títulos académicos extranjeros |
En el plazo de inscripción o de alegación de méritos, habrá de presentarse copia simple del título que se alegue como requisito o como mérito y de la credencial de homologación o reconocimiento del título a efectos profesionales de dicho título. No obstante, se admitirá cautelarmente a las personas aspirantes que acrediten la presentación de la solicitud de homologación o de reconocimiento del título a efectos profesionales. Esta admisión cautelar decaerá en el momento de la finalización del plazo para la realización de los trámites necesarios para el nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera (en ese momento deberá presentar la homologación o reconocimiento a efectos profesionales). Este mismo tratamiento se dará a la titulación académica extranjera alegada como mérito. |
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Conocimientos de euskera |
DURANTE EL PROCESO SELECTIVO NO SE REALIZARÁN PRUEBAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS PERFILES LINGÜÍSTICOS DE EUSKERA. Su acreditación se hará de la siguiente manera:
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Discapacidad: certificados emitidos por administraciones de fuera de Euskadi |
Junto con la instancia, habrá de presentarse, copia simple del certificado de grado de discapacidad mínimo (33%) para concurrir por el turno reservado a personas con discapacidad. |
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Discapacidad: certificados de dificultades de desplazamiento o análogas para solicitar alteración del orden de prelación para la elección de puestos |
Junto con la solicitud de alteración del orden de prelación para la elección de puestos por motivos de dificultades de desplazamiento o análogas, habrá de presentarse certificado de reconocimiento de los motivos alegados por el órgano competente de la Administración (Departamento competente de las Diputaciones Forales, IMSERSO o equivalente). |
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Servicios prestados en administraciones distintas a la General de la CAE y sus Organismos Autónomos |
Al alegarlos, en el periodo de alegación de méritos, ha de presentarse copia simple. |
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Requisitos específicos para la adjudicación de algún/algunos puesto/s |
Si así se señala en las bases específicas, al alegarlos, en el periodo de alegación de méritos. Si así se establece en las bases, deberá acreditarse mediante la aportación de una copia simple. |
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Colegiación |
Habrá de acreditarse en la toma de posesión. |
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Especialidad acreditable por pruebas de conocimiento |
Según dispongan las bases específicas concretas. |
Las bases específicas de cada convocatoria precisan el número de plazas de la convocatoria que tiene asignado un perfil lingüístico preceptivo (de cumplimiento obligatorio) para el acceso a los puestos y el desempeño de los mismos.
En el resto de plazas, el conocimiento de euskera se valorará como mérito, en el modo que las bases específicas de cada convocatoria señalen.
Los perfiles lingüísticos que serán considerados en las convocatorias de los procesos selectivos, resultan equivalentes a los niveles del Marco europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación, en el modo siguiente: PL 1 = B1B1; PL 2 = B2B2; PL 3 = C1C1; PL 4 = C2C2.
A fin de comprender la descripción de las competencias lingüísticas que requiere cada uno de los niveles del Marco europeo de referencia para las lenguas, pueden consultarse dos tablas de este Marco: Niveles comunes de referencia – Escala global y Niveles comunes de referencia – Cuadro de autoevaluación
Además, legalmente se han establecido las equivalencias entre los diferentes títulos y certificados de conocimiento de euskera .
El Tribunal Calificador es el órgano responsable del desarrollo del proceso selectivo de acuerdo con lo establecido en las Bases de la convocatoria y su composición nominal se hará pública.
El Tribunal es el órgano encargado de garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo, que debe velar por el cumplimiento de los principios de igualdad, capacidad y mérito en todo el proceso. Actúa con plena autonomía funcional y aplicando las reglas del procedimiento administrativo. Valora los exámenes que se realicen y los méritos que requieran la realización de un juicio valorativo en base a su discrecionalidad técnica.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su domicilio en la sede de Vitoria-Gasteiz, del Instituto Vasco de Administración Pública (C/Donostia-San Sebastián, 1, C.P.: 01010).
En el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el IVAP publicará las relaciones provisionales de personas admitidas, de personas excluidas, así como la relación de personas que son requeridas para acreditar el cumplimiento de los requisitos de participación responsablemente declarados en la solicitud de participación, en el caso de que no hayan podido ser verificados.
Se concederá un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y de la documentación requerida. Las personas que en el citado plazo de 10 días no presenten la documentación requerida serán excluidas.
Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco la resolución de la directora del IVAP en la que se declararán aprobadas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas.
A efectos de no demorar el desarrollo del proceso selectivo, las personas aspirantes podrán ser incluidas en la relación de personas admitidas de manera cautelar, quedando su participación condicionada a la posterior acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos. En caso de no aportar la documentación requerida en el plazo establecido, o de apreciarse que no cumplen los requisitos de participación, serán excluidas del proceso.
La resolución de la directora del IVAP que apruebe las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas contendrá el llamamiento a las personas aspirantes para la realización de la primera prueba de la fase de oposición en la que se hará constar la fecha, lugar y hora de celebración de su celebración.
Consiste en la celebración de pruebas selectivas para determinar la idoneidad y la capacidad de las personas aspirantes.
Podrán realizarse una o varias pruebas, según se determinen en las bases específicas de cada proceso selectivo y se valorarán conforme a los criterios establecidos en las mismas.
Esta fase tiene carácter eliminatorio. Para superarla, deberán obtenerse las puntuaciones mínimas establecidas en las bases específicas del proceso para cada una de las pruebas eliminatorias.
Consiste en la calificación de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes, conforme al baremo establecido en la correspondiente convocatoria. Únicamente pasarán a esta fase quienes hayan superado la fase oposición. La fase de concurso no es eliminatoria.
La elección de puestos se realizará en el mismo plazo que la alegación de méritos.
Quienes siendo llamadas a la elección de puestos no efectúen su elección de puestos en tiempo y forma conforme a lo previsto en las bases, no podrán ser, en ningún caso, declarados seleccionados.
Las personas llamadas a participar en el procedimiento de elección de puestos deberán ordenar, según sus preferencias, los puestos ofertados a los que puedan optar en función del perfil lingüístico y, eventualmente, de los requisitos específicos asignados a los puestos.
Reglas específicas:
- Personal funcionario de carrera de otros cuerpos y escalas que participe por el turno libre o por el turno de promoción interna vertical: podrán manifestar en este momento su opción de que se les adjudique destino en el puesto del que ostentan la titularidad como funcionario o funcionaria de carrera, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos del puesto de trabajo.
- Las personas participantes que hayan sido llamadas y que participen por el turno de promoción interna cruzada, estarán exentas de la realización de este trámite y les será adjudicado el puesto en el que ostentan la titularidad como personal laboral fijo.
- Las personas participantes por la modalidad de acceso para personas con discapacidad podrán solicitar las adaptaciones del puesto o de los puestos correspondientes. Así mismo, podrán solicitar al tribunal la alteración del orden de prelación para la elección de puestos que deberá solicitarse en el trámite de elección de puestos y conforme a los criterios establecidos en las bases.
Se elaborará una lista por convocatoria y dentro de ella por turno y por perfil lingüístico de las plazas ofertadas, en la que se incluirán los participantes por la modalidad de acceso reservado a personas con discapacidad.
La adjudicación de los destinos se producirá siguiendo los criterios legales para ello: orden de puntuación en el proceso selectivo concreto, cumplimiento de los requisitos de los puestos y preferencias manifestadas por las personas aspirantes. Quienes participen por el turno de promoción interna vertical gozarán de preferencia en la elección de destinos, respecto al turno libre.
Tras la publicación definitiva de la valoración de méritos, se confeccionará la relación de personas seleccionadas, que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
Una vez hecha pública la relación definitiva de las personas seleccionadas, éstas deberán realizar los trámites necesarios para proceder a su nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera, según lo establecido en las bases de la convocatoria.
Se nombrará funcionarios y funcionarias de carrera a las personas seleccionadas que hubieran cumplido con los pasos previos y se publicarán los nombramientos en el Boletín Oficial del País Vasco.
Las personas nombradas deberán tomar posesión de los puestos adjudicados en el plazo que establezca la Orden de nombramiento.
Se aprobará la relación de personas seleccionadas que hubieran cumplido con los pasos anteriores, para la formalización de los correspondientes contratos laborales.
Las personas que figuran en esa relación deberán suscribir el contrato de trabajo el día que se establezca en la Orden que aprueba la relación de personas seleccionadas para la formalización de los correspondientes contratos laborales.
Las bases generales pueden prever la realización de adjudicaciones adicionales a las plazas inicialmente convocadas con la convocatoria, las cuales se realizarán conforme a lo que se establezca al respecto en las propias bases.
Las bases generales, las convocatorias y sus bases específicas se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco, así como cuantos otros actos así lo determinen las bases de la convocatoria.
Asimismo, todo lo anterior, y cuanta información relacionada con el desarrollo del proceso selectivo se produzca a lo largo del mismo, se publicarán en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo-público
Además, se enviará SMS o correo electrónico a las personas que hayan facilitado su número de teléfono o su dirección de correo electrónico, aunque la falta de estos avisos no impide que la notificación sea legalmente válida.
