Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Medidas de conciliación reconocidas por Ley

La normativa general que regula de forma genérica el trabajo y las relaciones laborales del ámbito privado se encuentra recogida en el Estatuto de las Personas Trabajadoras.

La sección 5ª del Capítulo II, en concreto, regula los diferentes permisos y sus diferentes supuestos de aplicación. Estos permisos se han visto modificados sustancialmente en los últimos años, en virtud del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, y del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

En este apartado, las medidas se diferencian de la siguiente manera:

  • Permisos retribuidos: Permiso por nacimiento y cuidado de menor, el permiso por riesgo en el embarazo y el permiso para el cuidado de lactante.
  • Otras medidas de conciliación: Reducción de jornada y excedencia para el cuidado de hijas e hijos, adaptación de jornada y otros tipos de reducciones.