Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad

Preguntas frecuentes sobre el uso general de INGURUNET

No puedo acceder a Ingurunet. ¿Qué necesito para entrar?

Para acceder a Ingurunet debe identificarse mediante un certificado electrónico admitido.

Si va a actuar en nombre de una empresa o entidad, deberá utilizar un certificado que le permita representar a dicha entidad o disponer de la representación correspondiente.

¿Puedo utilizar mi certificado personal para realizar trámites en nombre de una empresa?

Sí. Puede utilizar un certificado personal siempre que disponga de una representación válida para actuar en nombre de la empresa o entidad.

He entrado en Ingurunet, pero no aparece mi empresa. ¿Qué debo hacer?

Compruebe que dispone de representación para actuar en nombre de esa empresa y que ha accedido con el certificado correcto.

Si no existe representación o esta no incluye los procedimientos necesarios, la empresa no aparecerá disponible.

Soy una asesoría o consultora. ¿Puedo realizar trámites para mis clientes?

Sí. Para poder actuar en nombre de una empresa o entidad deberá disponer de la representación correspondiente para los procedimientos que vaya a realizar.

  • Error habitual: 
    • Iniciar la tramitación sin comprobar previamente que dispone de representación para todos los procedimientos necesarios.
  • Más información: 

Me han otorgado representación, pero sigo sin poder tramitar. ¿Qué debo comprobar?

Compruebe que:

  • La representación está correctamente registrada.
  • La representación incluye los procedimientos que desea realizar.
  • Ha accedido con el certificado correcto.
  • La representación ha sido aceptada cuando sea necesario.

No puedo acceder a una notificación. ¿Cuál puede ser la causa?

La causa más frecuente es que el certificado utilizado para acceder no coincide con una persona que tenga representación válida sobre la entidad destinataria de la notificación.

Trabajo para una empresa. ¿Cómo puedo realizar trámites en su nombre?

Para actuar en nombre de una empresa o entidad debe disponer de representación para los procedimientos que vaya a tramitar.

Puede acceder con un certificado de representante de entidad o con un certificado personal vinculado mediante el correspondiente apoderamiento.

Soy una asesoría, consultora o ingeniería. ¿Cómo puedo tramitar para mis clientes?

Para tramitar en nombre de un cliente debe disponer de la representación correspondiente para la empresa o entidad que va a representar.

La representación debe existir antes de iniciar la tramitación.

Tengo certificado electrónico. ¿Por qué no puedo actuar en nombre de una empresa?

Disponer de un certificado electrónico no implica disponer de representación.

Además del certificado, debe existir una representación válida que le permita actuar en nombre de la empresa o entidad.

Me han otorgado representación, pero la empresa sigue sin aparecer en Ingurunet. ¿Qué debo hacer?

Compruebe que:

  • Ha accedido con el certificado correcto.
  • La representación está vigente.
  • La representación incluye los procedimientos que desea realizar.
  • La representación ha sido aceptada cuando proceda.

¿Cómo puedo saber si dispongo de representación para realizar un trámite?

Debe comprobar el alcance de la representación otorgada y verificar que incluye el procedimiento que desea realizar.

No todas las representaciones habilitan para todos los procedimientos.

¿Puede haber varias personas representando a la misma empresa?

Sí. Una empresa puede otorgar representación a varias personas para realizar diferentes trámites o procedimientos.

¿Puedo presentar una solicitud y que otra persona consulte posteriormente el expediente?

Sí, siempre que ambas personas dispongan de representación suficiente para actuar en nombre de la entidad.

He recibido una notificación, pero no puedo verla. ¿Puede ser un problema de representación?

Sí. Si la persona que intenta acceder a la notificación no dispone de representación para la entidad destinataria, la notificación puede no estar disponible.

  • Error habitual:
    • Acceder en nombre propio cuando la notificación está dirigida a una empresa o entidad.
  • Más información:

La persona que realizaba los trámites ha dejado la empresa. ¿Qué debemos hacer?

La empresa deberá actualizar las representaciones y otorgarlas a las personas que vayan a asumir la gestión de los trámites.

¿Puedo utilizar el certificado personal de otra persona para realizar un trámite?

No. Cada persona debe identificarse utilizando sus propios medios de identificación electrónica.

  • Error habitual:
    • Compartir certificados o realizar trámites utilizando la identidad electrónica de otra persona.

Mi empresa no aparece en Ingurunet. ¿Qué debo hacer?

Si la entidad no aparece al acceder a Ingurunet, compruebe primero que está accediendo con el certificado y la representación adecuados.

Si la entidad todavía no existe en el sistema, deberá darla de alta antes de poder realizar trámites en su nombre.

  • Error habitual:
    • Dar de alta una entidad sin comprobar previamente si ya existe o si el problema es únicamente de acceso o representación.
  • Más información:

¿Quién puede dar de alta una entidad en Ingurunet?

Puede dar de alta una entidad una persona que tenga capacidad para actuar en su nombre y acceda con un medio de identificación válido.

Si actúa mediante representación, deberá disponer de la autorización correspondiente.

¿Cómo puedo comprobar si la entidad ya existe en Ingurunet?

Antes de crear una nueva entidad, verifique si ya aparece disponible cuando accede con la representación adecuada.

Si tiene dudas, es recomendable comprobar la situación antes de iniciar una nueva alta.

  • Error habitual:
    • Crear una entidad duplicada porque no se ha comprobado previamente si ya estaba registrada.

¿Puedo gestionar varias entidades desde el mismo acceso?

Sí. Una misma persona puede actuar en nombre de varias entidades siempre que disponga de la representación necesaria para cada una de ellas.

  • Error habitual:
    • Pensar que es necesario disponer de usuarios distintos para cada entidad.

He dado de alta la entidad. ¿Qué debo hacer después?

Una vez creada la entidad, ya podrá realizar las actuaciones necesarias dentro de Ingurunet, según el procedimiento que vaya a tramitar.

  • Error habitual:
    • Pensar que el alta de la entidad supone haber iniciado un procedimiento ambiental.

¿Puedo dar de alta una entidad aunque todavía no vaya a presentar ninguna solicitud?

Sí. La entidad puede registrarse con antelación para facilitar futuras tramitaciones.

He intentado crear una entidad y el sistema no me deja continuar. ¿Qué debo comprobar?

Compruebe que:

  • Ha accedido correctamente.
  • Dispone de representación cuando sea necesaria.
  • Está introduciendo correctamente los datos requeridos.

Si el problema continúa, recopile la información del error y comunique la incidencia a ingurumena@euskadi.eus. 

  • Error habitual:
    • Interpretar un problema de identificación o representación como si fuera un fallo del sistema.

Voy a dar de alta una instalación o centro de trabajo. ¿Tengo que crear un centro nuevo en INGURUNET?

Debe crear un centro cuando necesite identificar una ubicación concreta asociada a una actividad, instalación, establecimiento, obra o emplazamiento que vaya a utilizarse en un procedimiento ambiental.

Antes de crear un nuevo centro, compruebe si ya existe uno registrado para esa ubicación dentro de su entidad. Si el centro ya existe, utilice el existente y evite crear duplicados.

Recuerde que la entidad y el centro son elementos diferentes. La entidad identifica a la persona física o jurídica titular, mientras que el centro identifica la ubicación donde se desarrolla la actividad o a la que se refiere el trámite.

  • Error habitual:
    • Crear un nuevo centro cada vez que se inicia un trámite. Si la ubicación ya dispone de un centro registrado, normalmente debe utilizarse ese mismo centro.

Tengo varios centros o instalaciones. ¿Debo crear uno solo o varios?

Debe existir un centro diferenciado para cada ubicación que deba identificarse de forma independiente en los procedimientos ambientales.

Si una misma entidad dispone de varios establecimientos, plantas, almacenes, talleres o emplazamientos diferentes, cada uno debe estar identificado mediante su propio centro.

  • Caso habitual:
    • Una empresa dispone de una planta de producción en un municipio y de un almacén en otro. Cada ubicación debe registrarse como un centro independiente.

No encuentro mi centro al iniciar un trámite. ¿Qué debo hacer?

Compruebe primero que está actuando para la entidad correcta y que dispone de acceso a ella.

Si el centro debería existir pero no aparece, revise si está utilizando una denominación diferente o si existe otro centro asociado a la misma ubicación.

Si tras las comprobaciones sigue sin localizarlo, solicite asistencia a ingurumena@euskadi.eus indicando la entidad y la ubicación del centro para que pueda revisarse la incidencia.

  • Error habitual:
    • Crear un nuevo centro porque no se encuentra el existente. Antes de hacerlo, conviene comprobar si ya está registrado con otra denominación o si existe algún problema de acceso.

La dirección de mi centro es incorrecta. ¿Cómo puedo corregirla?

Si se trata de un error en los datos registrados, debe corregirse la información del centro existente.

Antes de realizar la corrección, compruebe que la ubicación real del centro no ha cambiado y que únicamente es necesario rectificar la dirección registrada.

  • Caso habitual:
    • El centro está en la ubicación correcta, pero contiene un error en el número de portal, el código postal o el nombre de la vía. Esta situación se considera una corrección de datos.

Las coordenadas de mi centro son incorrectas. ¿Puedo modificarlas?

Sí. Si las coordenadas no corresponden a la ubicación real del centro, deben corregirse para que reflejen correctamente su emplazamiento.

Antes de modificarlas, verifique que el problema es un error de localización y no un traslado del centro a otro emplazamiento.

  • Error habitual:
    • Corregir las coordenadas para reflejar una nueva ubicación. Cuando el centro se ha trasladado realmente, no se trata de una simple corrección de datos.

Mi actividad se ha trasladado a otra ubicación. ¿Debo corregir la dirección del centro o crear uno nuevo?

Un cambio real de ubicación no debe confundirse con una corrección de datos.

Si la actividad deja de desarrollarse en el emplazamiento original y pasa a desarrollarse en otro distinto, puede ser necesario crear un nuevo centro y tramitar posteriormente las actuaciones que correspondan a las autorizaciones, comunicaciones o inscripciones afectadas.

Antes de actuar, compruebe cuál es el procedimiento aplicable a su caso concreto.

  • Error habitual:
    • Sustituir la dirección del centro existente por una nueva dirección cuando en realidad se ha producido un traslado.

El nombre de mi centro contiene errores o ya no es el adecuado. ¿Puedo modificarlo?

Sí. La denominación del centro puede actualizarse cuando sea necesario identificarlo de forma más clara o corregir errores.

La modificación del nombre no implica por sí misma cambios en la titularidad, la razón social ni los datos de la entidad.

He creado dos veces el mismo centro. ¿Qué debo hacer?

Si existen varios centros que identifican la misma ubicación y actividad, no continúe utilizándolos indistintamente.

Revise cuál es el centro correcto y solicite asistencia a ingurumena@euskadi.eus para regularizar la duplicidad.

  • Error habitual:
    • Mantener expedientes diferentes vinculados a centros duplicados. Esto puede dificultar la gestión posterior de la información.

¿Qué significa “centro de la sede social”?

Es el centro que corresponde al domicilio social de la entidad. Debe utilizarse cuando el procedimiento se vincule a la sede social y no a una instalación o centro donde se desarrolla una actividad.

No todos los trámites siguen el mismo criterio territorial. Algunos deben realizarse ante la comunidad autónoma donde se encuentra el centro o la instalación afectada. En cambio, determinados procedimientos deben tramitarse ante la comunidad autónoma donde la entidad tiene su sede social. Por ejemplo, las entidades o empresas que transportan residuos con carácter profesional, los negociantes y los agentes deben presentar la comunicación previa ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde tengan su sede social.

Antes de iniciar el trámite, compruebe si el procedimiento se vincula a la sede social de la entidad o al lugar donde se encuentra el centro, la instalación, la obra o la actividad.

  • Error habitual:
    • Seleccionar siempre el centro de la sede social, aunque el trámite corresponda a una instalación situada en otra ubicación, o crear un centro de actividad innecesario cuando el procedimiento debe tramitarse en función de la sede social
    • Dar de alta o comunicar la misma actividad en más de una comunidad autónoma por confundir la sede social con la ubicación de los centros. Esto puede generar registros duplicados e incidencias posteriores en sistemas de intercambio de información como eSIR.

Mi centro ha cesado su actividad. ¿Debo darlo de baja?

Si la actividad asociada al centro ha finalizado de forma permanente, puede resultar necesario tramitar su baja o realizar actuaciones relacionadas con las autorizaciones, comunicaciones o inscripciones vinculadas.

Antes de solicitar la baja, compruebe si existen expedientes, obligaciones o títulos ambientales asociados que requieran una actuación previa.

  • Error habitual:
    • Considerar que el cese de actividad implica automáticamente la baja de todas las autorizaciones, comunicaciones o registros asociados.

Fecha de última modificación: