Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

El Gobierno Vasco modifica el Decreto de Administración Electrónica para avanzar hacia el objetivo de "cero papel"

eadministracion

autoría: Pegip 2020, 

El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 21 de abril el “Proyecto de Decreto de segunda modificación del Decreto de Administración Electrónica”, que tiene como objetivo principal conseguir que la tramitación electrónica sea la forma habitual de operar, avanzando así en el camino de lograr una administración sin papeles, transparente, ágil y accesible para la ciudadanía y las empresas.

Desde la aprobación del “Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica” se ha ido avanzando en la promoción del uso de los medios electrónicos en la Administración Pública. Con esta segunda modificación del decreto, se desarrolla el derecho de la ciudadanía a relacionarse con la Administración, por medios electrónicos, para acceder a los servicios públicos y para la tramitación de los procedimientos administrativos.

El texto regula, además, materias fundamentales para la actuación de la Administración en la prestación de servicios públicos y en la gestión de los procedimientos administrativos que tramita como:

  • La sede electrónica.
  • El tablón electrónico de anuncios.
  • La identificación y autenticación de la ciudadanía y de la Administración.
  • El registro electrónico de apoderamiento.
  • El registro electrónico
  • Las comunicaciones electrónicas.
  • Los documentos electrónicos y su conservación.

Esta modificación responde también a algunos cambios legislativos producidos recientemente en relación con las materias de Administración Electrónica.

Una de las modificaciones más destacadas del texto es que se posibilitará que las personas se puedan relacionar con la Administración sin necesidad de aportar los documentos originales, los datos y documentos que se encuentren en poder o que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, que contarán ahora con la garantía plena del ejercicio de los derechos y la validez jurídica de los procedimientos. Además, la Administración, podrá obligar a comunicarse con ella utilizando únicamente medios electrónicos para determinados procedimientos.

Como recoge el decreto, en la sede electrónica estarán incluidos todos los órganos del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi y mediante convenios de colaboración se podrán crear sedes compartidas con otras Administraciones Públicas.

A partir de la aprobación del “Decreto de segunda modificación del Decreto de Administración Electrónica” la Administración pondrá a disposición de la persona interesada modelos electrónicos de solicitud y del resto de documentos y trámites en la sede electrónica. Además, la iniciación de procedimientos posibilitará incluir partes dinámicas electrónicas, así como comprobar automáticamente la información aportada. Esto se traduce en que se podrá consultar en todo momento la información acerca del estado de la tramitación de los procedimientos.

Se puede consultar más información sobre la modificación del decreto en la nota publicada en Irekia y en el borrador aprobado por el Consejo de Gobierno.

Un paso más en el objetivo del Gobierno vasco de lograr una administración con cero papel, y dar ese salto cualitativo en el proceso de implantación y despliegue de la Administración electrónica que incluye el PEGIP 2020 en su eje estratégico de Gestión avanzada - transformación digital.