Trabajador/a social
Gipuzkoa
— Encargarse y valorar los problemas sociales existentes en las unidades de base y tramitar las subvenciones municipales, mediante propuesta de acceso a un programa específico.
— Hacerse cargo de los problemas personales que llegan a las unidades de base, asesorar y, en su caso, solicitar datos complementarios al resto de servicios municipales y organismos externos, u obtenerlos en la propia vivienda.
— Analizar y diagnosticar la situación de cada persona y, en su caso, asignarle un programa específico, de conformidad con las normas de cada programa.
— Elaborar informes de cada persona y realizar los trámites necesarios.
— Realizar, además de las indicadas, otras tareas que se le encomienden en función de las competencias del puesto de trabajo.
Estar en posesión del Título de Diplomatura en Trabajo Social o de título de grado equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de credencial que acredite su homologación.
Justificar el nivel C1 (EGA, PL3 de IVAP o el nivel 3 de HABE- En Hernaniko Udaleko Zerbitzu Sozialak se trabaja en euskera) del Marco Europeo de Referencia, bien a través de las pruebas que se efectuarán a lo largo del proceso selectivo, bien mediante la presentación de alguno de los documentos que acredite o convalide el perfil exigido conforme a la normativa vigente
El puesto de trabajador/a social puede implicar contacto con menores, puesto que será requisito el no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
Tener la nacionalidad española. También podrán participar para acceder, como personal funcionario y en igualdad de condiciones que las personas que tengan la nacionalidad española, a los empleos públicos:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad y siempre que no estén separados de derecho; así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
No obstante, las personas que se encuentran en alguno de los supuestos establecidos en las letras a), b) y c) no podrán acceder a los empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones públicas. En estos casos, la imposibilidad de acceder a los empleos públicos quedará expresamente recogida en las bases específicas de la convocatoria.
Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias. No obstante, se podrá exigir la edad mínima de 18 años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud. En estos casos, la edad mínima de 18 años quedará expresamente recogida en las bases específicas de cada convocatoria.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El cumplimiento de este requisito se acreditará una vez superado el proceso selectivo mediante la realización de un reconocimiento médico.
No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado/a inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.
La documentación acreditativa de los requisitos de participación se entregará a la finalización del proceso selectivo por quienes figuren como seleccionados/as en la relación definitiva, de conforme con lo previsto en la base novena. No será preciso aportar esos documentos cuando obren en el Expediente Personal de quienes han prestado servicios en el Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Hernani.
Las solicitudes o instancias de participación se dirigirán al Presidente del Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Hernani, y se presentarán en el modelo oficial y normalizado. Dicho modelo será facilitado en las dependencias del Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Hernani, sitas en la Calle Sandiusterri nº 1. Asimismo, el formulario de solicitud de participación se encontrará disponible en la página Web del Ayuntamiento: www.hernani.eus.
TEMARIO GENERAL
Tema 1. La Constitución de 1978.
- Título Preliminar.
- Título I, Capítulos II, IV y V. Derechos y libertades. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales. De la suspensión de los derechos y libertades.
Tema 2. Procedimiento administrativo. Ley 39/2015.
- Título Preliminar: Disposiciones generales.
- Títulos I y II. De los interesados. De la actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 3. Procedimiento administrativo. Ley 39/2015.
- TÍTULO III. De los actos administrativos.
- TÍTULO IV: De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
Tema 4. Estatutos del Organismo Hernaniko Udaleko Zerbitzu Sozialak
Tema 5. Alcaldía y concejalías del Ayuntamiento de Hernani. Componentes del Equipo de Gobierno, tenencias de alcaldía, y concejalías delegadas.
Tema 6. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Padrón municipal; derechos y obligaciones de la ciudadanía (artículos 15 a 18)
Tema 7. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Personal al servicio del Ayuntamiento (artículos 89 a 104)
Tema 8. Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
- Título II. Personal al servicio de las administraciones públicas.
- Titulo III, Capítulo I: Derechos de las empleadas y empleados públicos.
- Titulo III, Capítulo IV. Derechos de las empleadas y empleados públicos. Código de conducta.
— Título VII. Régimen disciplinario.
Tema 9. Protección de datos: Lay Orgánica 15/1999.
- Títulos I y II. Disposiciones generales. Principios de la protección de datos.
Tema 10. Transparencia. Ley 19/2013.
- Título I, Capítulos II y III.
Tema 11. Ley 4/2005, de 18 de febrero, del País Vasco para la igualdad de mujeres y hombres.
- Título Preliminar. Objeto, ámbito de aplicación y principios generales que deben regir y orientar la actuación de los poderes públicos en materia de igualdad de mujeres y hombres.
Tema 12. Ley 31/1995, de 8 de febrero, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Capítulo I. Objeto y ámbito de aplicación.
- Capítulo III. Derechos y obligaciones.
TEMARIO ESPECÍFICO
1.- Ley 12 /2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Disposiciones Generales (artículos 1 a 13). Prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales (artículos 14 a 26). Organización del Sistema Vasco de Servicios Sociales (artículos 27 a 32). Planificación en el Sistema Vasco de Servicios Sociales (artículos 33 a 38). Competencias de las administraciones públicas (artículos 39 a 42). Cooperación y Coordinación interadministrativa (artículos 43 a 46). Financiación del Sistema Vasco de Servicios Sociales (artículos 54 a 58). Intervención iniciativa privada (artículos 59 a 60).
2.- Decreto 64/2004, de 6 de abril, Carta de Derechos y Obligaciones de las personas usuarias y profesionales de los servicios sociales y el régimen de sugerencias y quejas.
3.- Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales y ANEXO I (Fichas de los servicios y prestaciones económicas). Mapa de Servicios Sociales de Gipuzkoa (páginas 3 a 17).
4.- Decreto 353/2013, de 28 de mayo, de Ficha Social del Sistema Vasco de Servicios Sociales y del instrumento de diagnóstico social del Sistema Vasco de Servicios Sociales, ANEXO I (Modelo ficha social) y ANEXO II (Diagnóstico: apartado II.a).
5.- Código Deontológico de la Profesión de Diplomado en Trabajo Social. Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. Declaración Universal de los Derechos Humanos.
6. Trabajo Social: Concepto, fundamentos, objetivos, funciones y principios.
7. Metodología del Trabajo Social, Individual-grupal-comunidad. Estudioinvestigación, diagnóstico social, planificación, ejecución – seguimiento y evaluación.
8. El concepto de modelo en el trabajo social, conceptualización y estructura del modelo en trabajo social, diferentes modelos de intervención en el trabajo social.
9. Servicios Sociales de atención primaria y secundaria en el Sistema Vasco de Servicios Sociales. Definición, diferencias y ámbitos de actuación (artículos 27, 28, 29, 30 de la Ley de Servicios Sociales 12/2008). Prestaciones técnicas que ofrece y desempeña una Trabajadora Social de atención primaria en el Sistema Vasco de Servicios Sociales: Ley 12/2008 (artículos 14 y 15) y Decreto de Cartera de prestaciones y servicios del SVSS 185/2015 (Anexo III, Definición de prestaciones Técnicas).
10. Modelo de atención y de intervención en el Sistema Vasco de Servicios Sociales. Procedimiento básico de intervención, profesional de referencia, responsable de caso, plan de atención personalizada (artículos 8 y 19 de la Ley de Servicios Sociales 12/2008).
11. La entrevista en el Trabajo Social: concepto, clasificaciones, actitudes del trabajador social en la entrevista, el estilo en la entrevista, estructura del proceso de entrevistar. La visita domiciliaria: Concepto y tipos
12. Instrumentos básicos para el trabajo social: Historia Social - Informe Social - Genograma - Registro de entrevistas – Registro de Actividades. Definición y función.
13. DECRETO 4/2011, de 18 de enero, de las ayudas de emergencia social.
14. Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia: Título preliminar, artículo 6 y artículos 13 a 31.
15. Baremo de valoración de dependencia: Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006: artículo único u disposición adicional primera y segunda.
16. Discapacidad Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (artículos 1 a 7 y 48 a 52). Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (artículos 1 a 4 y 9 a 12, y disposición adicional primera y segunda).
17. DECRETO 13/2016, de 2 de febrero, de intervención integral en Atención Temprana en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
18. Decreto 144/2011, de 28 de junio, del servicio público de teleasistencia (artículos 1 a 12).
19. Decreto Foral 25/2009, de 21 de julio, por el que se regulan las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
20. Decreto Foral 7/2015, de 14 de marzo, por el que se regula el régimen de acceso a los servicios residenciales y de centro de día para personas en situación de dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa (Artículos 1 a 10 y disposición adicional).
21. Decreto Foral 15/2015, de 2 de junio, por el que se regula el régimen de la aportación económica de las personas usuarias de los centros de atención a la dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa (artículo 1 a 17 y disposición adicional).
22. Decreto Foral 12/2015, de 21 de abril, por el que se regula el servicio residencial de estancias temporales para personas en situación de dependencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa (artículos 1 a 8).
23. Reglamento sobre ayuda domiciliaria del Ayuntamiento de Hernani 2018.
24. Hernaniko GIZARTE-BAZTERKETA EGOERAK PREBENITU, SAIHESTU EDO ARINTZEKO BAKARKAKO DIRU-LAGUNTZAK EMATEKO araudia (Gipuzkoako Aldizkari Ofiziala 33 zkia., 2018ko otsailaren 15)
25. Manual de prevención y detección de malos tratos físicos y económicos a personas mayores en la CAPV. Manual de prevención y detección de malos tratos físicos y económicos a personas mayores en la CAPV. Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco. Servicio Central de Publicaciones del Gobierno Vasco. Gasteiz, 2015 (páginas 9 a 15 y 18 a 26).
26. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor: Título I, Capítulo III (artículos 11-22).
27. Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia. Título I y II: Derechos fundamentales (artículos 9 a 17). Colaboración interinstitucional (artículo 21). Principios de actuación administrativa en el ámbito de la educación (artículos 24 y 25). Derecho a la integración y a la protección social (artículos 44 a 44). Título III (artículos 48 a 63).
28.- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Artículo primero (Modificaciones 6 a 21).
29. Intervención social con jóvenes en situación de desprotección y con sus familias. Personas destinatarias. Competencias, funciones y recursos interventivos a nivel municipal y foral. Guía de actuación en situaciones de desprotección infantil. Diputacion Foral de Gipuzkoa. Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social. 2004. Coordinación: M. I. Arruabarrena.
30.- Situaciones de riesgo y desamparo. Definición. Procedimiento y criterios para valorar de la gravedad. Niveles de gravedad y actuaciones a seguir. DECRETO 152/2017, de 9 de mayo, por el que se aprueba la actualización del Instrumento para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo y desamparo en los Servicios Sociales Municipales y Territoriales de Atención y Protección a la Infancia y adolescencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco (Balora). Parte I: Situaciones de riesgo y desamparo: Definición y niveles de gravedad. Parte II: Situaciones de riesgo y desamparo: Valoración de la gravedad. Criterios generales y procedimiento para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo y desamparo.
31. Procedimiento de intervención ante situaciones de desprotección infantil: recepción, investigación, evaluación y diseño y ejecución del plan de intervención. Guía de actuación en situaciones de desprotección infantil. Diputación Foral de Gipuzkoa. Departamento para los Derechos Humanos, el Empleo y la Inserción Social. 2004. Coordinación: M.I. Arruabarrena. Descripción del proceso de intervención.
32. DECRETO 85/2018, de 5 de junio, de segunda modificación del Decreto sobre ayudas de emergencia social.
33. Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de mujeres y hombres. Título III, Capítulo VII.
34. Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: Título I, Título II y Título IV.
35. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia contra las mujeres. Consecuencias de la violencia contra las mujeres. Violencia contra las mujeres en la CAPV. Informe final. Diciembre de 2015. Emakunde Emakumeen Euskal Erakundea. Gobierno Vasco.
36. Respuesta de las instituciones a la violencia contra las mujeres en la CAPV. Mapa de recursos y servicios de intervención. Respuesta de las instituciones de carácter preventivo y educativo. La violencia contra las mujeres en la CAPV. Informe final. Diciembre de 2015. Emakunde. Emakumeen Euskal Erakundea. Gobierno Vasco.
37. Percepción de la violencia e indicadores de violencia. Protocolo de actuación con víctimas de violencia doméstica y violencia sexual en el ámbito de los servicios sociales. Intervención social. Guía de actuación ante el maltrato doméstico y la violencia sexual contra las mujeres para profesionales de los servicios sociales. Emakunde. Gasteiz, 2006. Segunda parte: Atención a mujeres víctimas de maltrato doméstico y violencia sexual.
38. Coordinación y cooperación interinstitucional para la mejora de la atención a víctimas de violencia de género. II Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención de mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico y de violencia sexual. Emakunde. Emakumeen Euskal Erakundea. Vitoria-Gasteiz, 2009.
39. Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social: Título I, disposiciones generales (artículos 1 a 10), Título II, Capítulo I, Características de las prestaciones económicas (artículos 11-51).
40. Decreto 16/2017, de 17 de enero, de modificación del Decreto de ayudas de emergencia social.
41. Reglemento del servicio de atención diurna (Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 238, 12 de diciembre de 2018)
42. Clasificación ETHOS sobre las personas sin hogar.
43. Concepto de exclusión social. DECRETO 385/2013, de 16 de julio, por el que se aprueba el Instrumento de Valoración de la Exclusión Social. Deben tenerse en cuenta las modificaciones en la normativa de referencia que puedan aprobarse durante el plazo de presentación de solicitud.
44. Instrumentos Técnicos Comunes de Diagnóstico Social y Valoración de la Exclusión. Instrumentos Técnicos Comunes de Diagnóstico Social y Valoración de la Exclusión. Departamento de Empleo y Políticas Sociales (no el instrumento íntegro, sino solamente el resumen descriptivo de 12 páginas elaborado por la Dirección de Servicios Sociales)
45. Ordenanza reguladora del Servicio de Alojamiento Social (BOG nº41 2 de marzo de 2011)
46. LEY 6/2016, de 12 de mayo, del Tercer Sector Social de Euskadi.
47. LEY 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias. TÍTULO 6 CAPÍTULO 1 ORDENACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES DE CAE
48. DECRETO 50/2016, de 22 de marzo, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.