Asignaciones Individualizadas de Transporte Escolar para alumnado con necesidades educativas especiales vinculadas a discapacidad física, psíquica o sensorial, que no pueda utilizar el transporte escolar del Departamento (2021-2022).

[TRANSPORTE_NEE]

Descripción


Objeto

Convocar asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado con necesidades educativas especiales vinculadas a discapacidad física, psíquica o sensorial, matriculado en el curso 2021-2022 en el centro educativo público que le corresponde o, en un centro público o privado concertado por asignación de la Delegación Territorial de Educación, que no puede utilizar el transporte escolar organizado por el Departamento de Educación.

 

Dotación presupuestaria

3.773.000 (euros)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono se hará efectivo de forma fraccionada en dos pagos a través del centro en el que el alumno o alumna curse estudios, según las siguientes previsiones:

- Primer pago, por el 70% del importe total, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de la convocatoria, si no ha mediado renuncia expresa.

- Segundo pago, por el importe restante, después de la finalización del curso escolar y de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Orden sobre justificación de la ayuda.

A quién va dirigido


Alumnado de niveles no universitarios

Requisitos:

  • Se halla matriculado en el curso 2021-2022 en el centro porque le corresponde por domicilio, itinerario o por asignación de la administración educativa.
  • No tiene cumplidos 21 años a 31 de diciembre de 2021.
  • Está reconocido por la Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa como alumno o alumna con NEE.
  • No puede utilizar en su desplazamiento el transporte escolar organizado por el Departamento de Educación ni tiene posibilidad de acudir al centro mediante transporte gratuito o totalmente subvencionado por entidades públicas o privadas distintas del mencionado Departamento.
  • Tiene una discapacidad física, psíquica o sensorial y certificado de discapacidad en vigor, emitido por el organismo territorial competente, que indica tipo y grado de discapacidad, y, en su caso, si es de movilidad reducida permanente.
  • Que el centro docente se encuentre a una distancia igual o superior a 2 kilómetros desde su domicilio, en el caso del alumnado con necesidades educativas especiales que presente discapacidad no motora, independientemente de la etapa educativa en la que esté escolarizado y, a una distancia superior a 500 metros para el alumnado con movilidad reducida permanente. Se tomará como referencia para la medición de la distancia el trayecto más corto, realizado a pie desde el domicilio del alumno o alumna al centro.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente

  • No podrán acceder a las ayudas objeto de convocatoria quienes se encuentren incursos en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas personas que se encuentren sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se encuentren incursas en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • La justificación por parte de las personas solicitantes de no estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias podrá ser sustituida por una declaración responsable.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0173109

Solicitud


 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Acceso al formulario de solicitud

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Directora de Diversidad e Inclusión Educativa resolverá la convocatoria en un plazo de seis meses a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Con anterioridad al 24 de junio de 2022

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la justificación
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para otras fuentes de financiación
  • En el caso de estar percibiendo otras fuentes de financiación, deberá aportar este formulario junto con la documentación de justificación de la ayuda.

Otros trámites