Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Evaluación ambiental

Descripción


Los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente deben someterse a un procedimiento de evaluación ambiental.

Planes y programas

Pueden someterse a dos tipos de procedimientos de evaluación ambiental:

  • Evaluación ambiental estratégica ordinaria1
  • Evaluación ambiental estratégica simplificada

La evaluación ambiental estratégica es un procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de los planes o programas.

El pronunciamiento ambiental por el que se concluye la evaluación ambiental estratégica tiene la naturaleza jurídica de un pronunciamiento preceptivo y vinculante, y contendrá una exposición de los hechos que resuma los principales hitos del procedimiento incluyendo los resultados de la información pública, de las consultas, en su caso, los de las consultas transfronterizas, así como de las determinaciones, medidas o condiciones finales que deban incorporarse en el plan o programa que finalmente se apruebe o adopte.

Proyectos

Pueden someterse a dos tipos de procedimientos de evaluación ambiental:

  • Evaluación de impacto ambiental ordinaria2
  • Evaluación de impacto ambiental simplificada

La evaluación de impacto ambiental se configura como un acto de trámite que se integra en un procedimiento sustantivo (de autorización, aprobación o, en su caso, control) aplicado a un proyecto, siempre y cuando la normativa ambiental así lo exija.

El pronunciamiento ambiental por el que se concluye la evaluación de impacto ambiental tiene la naturaleza jurídica de un pronunciamiento preceptivo y vinculante, y determinará si procede o no, a los efectos ambientales, la realización del proyecto, y en su caso las condiciones en las que puede desarrollarse, las medidas correctoras y compensatorias.


NOTAS:

1 El procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental es equivalente al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria

2 El procedimiento de evaluación individualizada de impacto ambiental es equivalente al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria

 


PROYECTO RENOVABLES - Informe Afección Ambiental - IAA

Los proyectos eólicos e instalaciones de fotovoltaica contemplados en el artículo 6 del RDL 6/2022, de 29 de marzo, y el apartado tercero del Acuerdo de Consejo de Gobierno cuya autorización y evaluación ambiental es competencia de la CAPV (localizados íntegramente en el territorio de la CAPV, fuera del medio marino y de potencia instalada inferior a 50MV) se someterán a un procedimiento de determinación de las afecciones ambientales siempre que cumplan, conjuntamente, con los requisitos que se señalan a continuación:

  • Ubicación: que se sitúen íntegramente fuera de red de espacios protegidos del patrimonio natural del País Vasco y que a la fecha de la presentación de la solicitud de autorización por el promotor estén ubicados íntegramente en zonas de sensibilidad baja según la «Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables», herramienta elaborada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • Conexión: Proyectos que cuenten con líneas aéreas de evacuación no incluidas en el grupo 3, apartado g) del Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental > Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Sostenibilidad Ambiental > Dirección de Calidad Ambiental y Economía Circular

Información de contacto


Datos de contacto

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • EAES - Evaluación ambiental estratégica simplificada: 0120802
  • EAED - Evaluación ambiental estratégica ordinaria-Documento de alcance: 0120801
  • EAEO - Declaración ambiental estratégica: 0120811
  • EIAS - Evaluación de impacto ambiental simplificada: 0120807
  • EIAD - Alcance del estudio de impacto ambiental: 0120808
  • EIAO - Declaración de impacto ambiental : 0120803
  • DAE_PRG - Prórroga de la vigencia de la declaración ambiental estratégica: 0120810
  • DAE_MOD - Modificación de la declaración ambiental estratégica: 0120809
  • DIA_DOC - Documentos requeridos en la declaración de impacto ambiental: 0120806
  • DIA_PRG - Prórroga de la vigencia de la declaración de impacto ambiental: 0120805
  • DIA_MOD - Modificación de la declaración de impacto ambiental: 0120804
  • PROYECTO RENOVABLES - Informe Afección Ambiental - IAA: 0120812

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


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Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

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  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital (ayuda para digitalizar documentos).
  3. Acceda al siguiente formulario online.

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