Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Autorización de servicios de temporada del dominio público marítimo-terrestre

Descripción


Las autorizaciones cuyo objeto sea la explotación de servicios de temporada en las playas, que sólo requieran instalaciones desmontables, serán otorgadas a los Ayuntamientos que lo soliciten, en la forma que se determine reglamentariamente y con sujeción a las condiciones que se establezcan en las normas generales y específicas correspondientes.

Los servicios de temporada podrán contar con una autorización por un plazo máximo de cuatro años, si bien las instalaciones deberán desmontarse una vez finalizada cada una de las temporadas incluidas en el plazo de duración de la autorización.

Los Ayuntamientos interesados en la explotación de los referidos servicios, deberán presentar la solicitud de autorización al Servicio Territorial de Puertos de Bizkaia o Gipuzkoa, según corresponda de la Dirección de Desarrollo Litoral, Puertos y Asuntos Marítimos del Gobierno Vasco, acompañada de la propuesta de delimitación de zonas a ocupar por aquéllos, de los planos de las instalaciones y servicios cuya definición así lo requiera y del estudio económico-financiero.

Otorgada la autorización por el Servicio Territorial de Puertos, los Ayuntamientos, previo abono del canon de ocupación correspondiente, podrán proceder a su explotación, por sí o por terceros. Una vez terminada su instalación, el Ayuntamiento requerirá del Servicio Territorial de Puertos la práctica de su reconocimiento, a fin de comprobar su coincidencia con la autorización otorgada.

En ningún caso el otorgamiento de estas autorizaciones podrá desnaturalizar el principio del uso público de las playas.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Pesca y Desarrollo Litoral > Dirección de Desarrollo Litoral, Puertos y Asuntos Marítimos

Organismo que resuelve

  • Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca / Viceconsejería de Pesca y Desarrollo Litoral > Dirección de Desarrollo Litoral, Puertos y Asuntos Marítimos

Información de contacto


Datos de contacto

Servicio Territorial de Puertos de Bizkaia

Teléfono: 944 03 13 21 / 944 03 13 23

E-mail: portuak@euskadi.eus

Servicio Territorial de Puertos de Gipuzkoa

Teléfono: 943 02 29 70

E-mail: portuak@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • : 1257802

Solicitud de autorización y aportación de documentación


Antes de comenzar asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y prepare la documentación en formato digital.

Pasos para presentar la solicitud de autorización:

1. Rellene y firme el formulario de solicitud de autorización (documento .pdf). Puede utilizar la firma digital o bien imprimir el formulario, firmarlo y escanearlo.

2. Prepare los documentos necesarios en formato digital.

3. Acceda al REGISTRO ELECTRÓNICO GENERAL a través del botón inferior. Recuerde que necesita disponer de un medio de identificación electrónica.

  • Seleccione la opción "Quiero presentar una solicitud, escrito o comunicación".
  • Acceda al "Formulario del Registro electrónico general".

En el apartado IDENTIFICARSE:

  • En "Organismo" seleccione GOBIERNO VASCO y a continuación ALIMENTACIÓN, DESARROLLO RURAL, AGRICULTURA Y PESCA.
  • Rellene los datos que se le solicitan.

En el apartado RELLENAR LOS DATOS:

  • En tema selecciones la opción "Medio ambiente"
  • En asunto añada "Costas y litoral"
  • A continuación escriba brevemente el argumento de exposición y lo que solicita "Solicitud de autorizaciones y concesiones".

En el apartado ADJUNTAR LOS DOCUMENTOS:

  • En este apartado tiene que adjuntar el formulario de solicitud de autorización/concesión que previamente ha rellenado.
  • Adjuntar también otra documentación requerida para el procedimiento.

En el apartado FIRMAR Y ENVIAR:

  • Continúe las indicaciones para firmar y enviar la solicitud.

Una vez su solicitud sea recibida por el servicio pertinente, se comenzará a tramitar y posteriormente, podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.

  1. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica).
  2. Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?
  3. Entregue la solicitud y la documentación requerida en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

* No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la autorización es de 4 meses desde que se registre la solicitud.

Otros trámites