Subvención a municipios, cuadrillas y mancomunidades para la realización de diagnósticos y/o elaboración y adecuación de planes para la igualdad de mujeres y hombres

RESUMEN
Título:
Subvención a municipios, cuadrillas y mancomunidades para la realización de diagnósticos y/o elaboración y adecuación de planes para la igualdad de mujeres y hombres
Objeto:
La regulación y convocatoria de las subvenciones a conceder por Emakunde-Vasco de la Mujer a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi así como a las agrupaciones señaladas en el artículo 4.3, destinadas a proporcionar la asistencia técnica necesaria para la realización, durante 2010, de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local y/o la elaboración y adecuación de planes para la igualdad, en cumplimiento del artículo 15.3 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y en desarrollo del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV, en los términos señalados en los artículos siguientes y dentro de los límites que determinan los créditos consignados en el Capítulo IV de su Presupuesto.
Dotación presupuestaria:

1.- Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior procederán de los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos del Instituto y se cifran inicialmente en cuatrocientos mil (400.000) euros.
 
El expresado importe podrá ser aumentado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas de Emakunde – Instituto Vasco de la Mujer y con carácter previo a la resolución de las mismas. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad de ello mediante resolución de la Directora del Instituto.

2.- La concesión de ayudas correspondientes a 2010 quedará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para ese objeto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2010, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Normativa reguladora:
  • RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2009, de la Directora de Emakunde (BOPV N 250/2009)
    Por la que se regula la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2010, a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinadas a proporcionar la asistencia técnica necesaria para la realización de diagnósticos y/o elaboración y adecuación de planes para la igualdad de mujeres y hombres.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Órgano convocante:
Dirección de EMAKUNDE
Entidad resolutora:
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Dirección de EMAKUNDE
Órgano resolutor:
Dirección de EMAKUNDE
Contacto presencial:

Las solicitudes se presentarán en la sede de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, c/ Manuel Iradier, 36 (01005) Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de su certificación. De no ser así, se considerará presentada en la fecha de entrada en la correspondiente oficina pública.

 

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Emakunde

c/ Manuel Iradir, 36 -Vitoria-Gasteiz

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Emakunde

c/ Manuel Iradir, 36 -Vitoria-Gasteiz

Subvención a municipios, cuadrillas y mancomunidades para la realización de diagnósticos y/o elaboración y adecuación de planes para la igualdad de mujeres y hombres
La regulación y convocatoria de las subvenciones a conceder por Emakunde-Vasco de la Mujer a municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi así como a las agrupaciones señaladas en el artículo 4.3, destinadas a proporcionar la asistencia técnica necesaria para la realización, durante 2010, de diagnósticos de la situación de mujeres y hombres en el ámbito local y/o la elaboración y adecuación de planes para la igualdad, en cumplimiento del artículo 15.3 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y en desarrollo del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV, en los términos señalados en los artículos siguientes y dentro de los límites que determinan los créditos consignados en el Capítulo IV de su Presupuesto.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Los municipios, cuadrillas y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi así como a las agrupaciones señaladas en el artículo 4.3

1.– Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente Resolución, aquellos municipios, cuadrillas, mancomunidades y agrupaciones de municipios adyacentes de la Comunidad Autónoma de Euskadi que deseen realizar diagnósticos y/o elaborar y adecuar planes para la igualdad de mujeres y hombres en desarrollo del Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV y destinen el importe de la subvención a abonar los gastos ocasionados por la prestación de la asistencia técnica necesaria.

2.– No podrán tener la consideración de beneficiarias, las personas jurídicas de derecho público o privado, dependientes, participadas o vinculadas en las entidades incluidas en el apartado primero. No obstante lo anterior, las entidades beneficiarias podrán gestionar el gasto de la subvención por medio de dichas personas jurídicas.

3.– En el supuesto de que una cuadrilla, mancomunidad o agrupación de dos o más municipios adyacentes solicite la subvención para la realización de un programa conjunto, la solicitud deberá contar, con la autorización expresa de todos los municipios a los que vaya dirigido el proyecto, no pudiendo cada municipio solicitar por su cuenta ayuda para un proyecto similar al solicitado por la agrupación, cuadrilla o mancomunidad.Asimismo, los proyectos que se vayan a realizar de forma conjunta por varios municipios no podrán presentarse fraccionadamente por cada uno o varios de los citados municipios.Además, en el caso de las agrupaciones de municipios, se deberá designar en la solicitud a uno de los municipios con el que se entenderán válidamente realizadas las actuaciones de gestión y pago del programa subvencional.

 

PRESTACIÓN
Dotación:
La cuantía de la subvención no podrá superar el 75% del presupuesto presentado por el municipio, cuadrilla, mancomunidad o agrupación municipal para las actividades para las que solicitan la subvención, ni exceder, por entidad beneficiaria, de 15.000 euros si es presentado por un municipio, o de 30.000 si es un proyecto presentado por una cuadrilla, mancomunidad o agrupación municipal.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Solicitud para la subvención a municipios, cuadrillas y mancomunidades para la realización de diagnósticos y/o elaboración y adecuación de planes para la igualdad de mujeres y hombres
Presencial
Formularios:
Solicitud (Solicitud)
Solicitud
Alta de Datos / Tercero Interesado (Doc. Ayuda)
Alta de Datos / Tercero Interesado
Declaración jurada (Doc. Ayuda)
Declaración jurada
Proyecto (Doc. Ayuda)
Proyecto del proceso de trabajo
Compromiso de elaboración del proyecto (Doc. Ayuda)
Compromiso de elaboración del proyecto
Compromiso de continuidad (Doc. Ayuda)
Compromiso de continuidad del proyecto
Memoria del proyecto (Doc. Ayuda)
Memoria del proyecto (anexo VII) pdf rellenable 30 KB
Documentación:
  • Documentación complementaria

    1.– Las solicitudes se dirigirán, según modelo del anexo I, a la Directora de Emakunde-Vasco de la Mujer, acompañadas de la siguiente documentación:

    a) Fotocopia de los estatutos de la cuadrilla o mancomunidad, debiendo constar el tipo de actividad y la naturaleza jurídica de dicha agrupación mancomunada.

    b) Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal.

    c) Impreso «Alta de Datos / Tercero Interesado» (anexo II). No será necesario presentar dicho impreso cuando la entidad ya conste dada de alta en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco.

    d) Declaración jurada de la persona firmante de la solicitud que acredite que la persona y la entidad solicitante, no se encuentran cumpliendo sanción administrativa o penal por incurrir en discriminación por razón de sexo ni están sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (anexo III).

    e) Declaración jurada de la persona firmante de la solicitud que acredite que la persona y la entidad solicitante no se encuentran sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se hallan incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello (anexo III).

    f) Declaración jurada de la persona firmante de la solicitud señalando si se ha solicitado alguna otra subvención para la misma finalidad y, en su caso, organismo al que se ha dirigido, cuantía solicitada y la situación en que se encuentra dicha subvención (anexo III).

    g) Proyecto en el que figure el proceso de trabajo a realizar antes del 31 de diciembre de 2010 (según anexo IV).

    h) En caso de que el proyecto lo realice una cuadrilla, mancomunidad o agrupación municipal, se deberá aportar documento en el que conste la aceptación expresa de cada municipio, en los términos establecidos en el artículo 4 apartado tercero (anexo V).

    i) Certificado acreditativo de la formación en materia de igualdad de mujeres y hombres requerida en el artículo 5.3.

    j) En caso de ampliación de contrato de la técnica o técnico de igualdad del municipio, agrupación municipal, cuadrilla o mancomunidad o de la contratación directa de personal técnico en igualdad, certificación acreditativa por parte de la autoridad competente.

    k) En caso de solicitar subvención para la prestación de la asistencia técnica necesaria para un municipio, cuadrilla, mancomunidad o agrupación municipal que no tengan un plan aprobado por el Pleno municipal u órgano plenario correspondiente, compromiso del órgano competente de que las políticas iniciadas van a tener continuidad (anexo VI).

    l) Cualquier otra documentación que posibilite la acreditación de los criterios de adjudicación.

    2.– Asimismo, se podrá aportar la documentación que se señala a continuación, la cual será valorada como mérito (artículo 10.1.B):

    a) Certificación de la existencia de plazas de Agente de Igualdad de Oportunidades o de la asignación de las funciones de impulso de las políticas de igualdad a personal contratado con formación específica en materia de igualdad de mujeres y hombres, en cada uno de municipios, cuadrillas, mancomunidades o agrupación de municipios.

    b) Certificación acreditativa del porcentaje de presupuesto local destinado a la igualdad de mujeres y hombres de cada municipio para el año 2010.c) Copia del Reglamento o, en su defecto, de otra documentación acreditativa del Consejo Local de la Mujer o del órgano de participación, del municipio, cuadrilla, mancomunidad o agrupación municipal.No será preceptiva la presentación de aquellos documentos que ya se encuentren en poder de Emakunde, siempre que se haga constar en la solicitud, la fecha y órgano o dependencia en que se presentaron, de conformidad con lo establecido en el apartado f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

     

  • Normas de utilización del Logo de Emakunde
    Normas de utilización del Logo de Emakunde (anexo VIII) pdf 19 KB
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Reposición
Recurso Reposición:
El recurso se interpondrá ante el mismo órgano que haya dictado el acto recurrido. Se interpondrá contra actos que pongan fin a la vía administrativa.
Presencial
Formularios:
Recurso Reposición (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso potestativo de reposición.
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ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
31/12/2009 - 08/02/2010
Plazo de resolución:
Seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Paí­s Vasco
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de EMAKUNDE.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Fecha de resolución:
20/06/2002
Fecha de fin de vigencia:
08/02/2010