Documentación jurídica
ImprimirServicio de transporte escolar en vehículos de capacidad igual o inferior a nueve plazas incluida la del conductor, con destino a los centros escolares dependientes del Departamento de Educación del Territorio Histórico de Bizkaia
Identificación
- Tipo de documento : Resolucion_oarc
- Nº de resolución: 118_2023
- Órgano emisor: Órgano Administrativo de Recursos Contractuales
- Fecha de resolución: 21/06/2023
- Poder Adjudicador: Gobierno Vasco
Ambito temático
- Materia: Gobierno y Administración Pública
- Submateria: Contratos del sector público
Texto legal
Resumen
Exclusión. Subsanación y aclaración de las proposiciones; doctrina general; posibilidad de subsanación o aclaración de la documentación requerida al licitador que ha presentado la mejor oferta, efecto directo del artículo 56.3 de la Directiva 2014/24/UE; DEUC: cumplimentación "abreviada", el hecho de que la documentación acreditativa de la capacidad deba referirse a la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato excluye cualquier subsanación fraudulenta, subsanación referida a actuaciones previas del recurrente ya producidas antes del final del plazo de presentación de proposiciones y no a compromisos del licitador (que no se alteran), no se reelabora la oferta, no hay infracción del principio de igualdad de trato porque solo queda un licitador en el procedimiento, principios de eficiencia, oferta económicamente más ventajosa y proporcionalidad.