Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Álava Central

Plan Territorial Parcial del área funcional de Álava Central (2004)

Presentación

El día 28 de diciembre de 2004 el Consejo de Gobierno Vasco aprobó mediante el Decreto 277/2004, el presente Plan Territorial Parcial del Area Funcional de Alava Central.

Es para mí motivo de satisfacción la presentación de un documento realizado con un alto rigor técnico y que responde también al compromiso de concertación. Siendo destacable en este sentido la gran calidad de las contribuciones aportadas por las distintas instituciones y grupos de la sociedad.

La Comunidad Autónoma de Euskadi es una auténtica “ciudad-región”, con un territorio de escala similar a otras ciudades-región del mundo que en la actualidad están afrontando nuevos retos y planteando nuevas alternativas para la vida humana y para el desarrollo de las actividades económicas, la residencia, el ocio, la cultura, la educación, las infraestructuras y la relación con la naturaleza.

La idea de Euskal Hiria o ciudad-región vasca es un proyecto de futuro que se apoya en las auténticas ventajas competitivas del territorio vasco, en línea con los objetivos territoriales que hoy día compartimos casi todos los países europeos, es decir, policentrismo, identidad y complementariedad entre los diferentes asentamientos que componen estas nuevas realidades que hemos denominado ciudades-región.

Para llegar a cumplir estos objetivos, Euskadi se ha dotado de un sistema de ordenación territorial formado por diferentes instrumentos que se complementan y que nos van a permitir, en su conjunto, construir un territorio más equilibrado, competitivo, atractivo y sostenible.

En este novedoso sistema de ordenación territorial cobra especial importancia la “escala territorial intermedia” que se corresponde con las denominadas Áreas Funcionales del Territorio delimitadas en las Directrices de Ordenación Territorial.

Para la articulación de esta “escala territorial intermedia” se están redactando los Planes Territoriales Parciales (PTPs) sobre cada una de las Áreas Funcionales. En ellos se proponen mecanismos de estructuración territorial interna de cada Área Funcional, con la intención, además, de lograr el necesario equilibrio en el sistema urbano vasco y la deseable complementariedad entre las vocaciones de los diferentes núcleos y territorios. Las estrategias territoriales y sectoriales que se plantean pretenden optimizar la oferta de dotaciones, equipamientos y servicios a la población de los diferentes municipios, procurando ofrecer los servicios de rango comarcal desde los núcleos más adecuados de cada Área. Se trata de una estrategia de solidaridad inter-territorial que permite “acercar” los ámbitos rurales a los procesos de innovación y desarrollo que irradian hacia todo el territorio desde las ciudades de tamaño medio.

En definitiva, los PTPs pretenden articular la “escala territorial intermedia” del territorio vasco, como desarrollo de las orientaciones estratégicas de las DOT. Aportan una mayor proximidad a los temas concretos que afectan a cada Área Funcional, proponiendo un proyecto de futuro en busca del equilibrio territorial, el desarrollo y el bienestar de sus ciudadanos.

Alava Central es un vasto territorio que integra desde nuestros valles hasta nuestra montaña  y desde la llanada alavesa hasta las estribaciones del Gorbea. Un territorio que, además, puede y debe tener vocación para constituirse en el eje del futuro desarrollo de nuestro País, de Euskadi.

Alava Central puede apostar por la diferencia competitiva, que lo es también, de la ciudad-Región Vasca. En el seno de ésta, no sólo conviene que Alava Central crezca y gane peso relativo; puede reclamar, y a la vez ofrecer al conjunto de la CAPV, un crecimiento económico selectivo y diferencial, que signifique al tiempo: de un lado, un “salto” para Alava Central y, de otro lado, una aportación exclusiva –sin parangón ni competencia en otros espacios- para la Ciudad-Región Vasca.

Esta apuesta de crecimiento se conjuga y permite también una apuesta de reequilibrio territorial, constatada la inadecuación, para lograr ese objetivo, de contraponer el medio rural al urbano, y conseguir fijar población en el primero.

De acuerdo con la delimitación del Área Funcional establecida por las Directrices de Ordenación Territorial de la C.A.P.V., dos de los municipios que se integran en el Area Funcional de Alava Central (Otxandio y Ubide) pertenecen al Territorio Histórico de Bizkaia. Se trata de dos municipios que, aunque pertenezcan administrativamente a Bizkaia, funcionalmente gravitan para muchos equipamientos alrededor de Vitoria-Gasteiz. Esta singularidad provoca que, en aplicación del artículo 13.1 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, la iniciativa para la formulación del Plan Territorial Parcial corresponda al Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

El presente Plan tiene por objeto coordinar las acciones con incidencia territorial que se deben de producir en un horizonte temporal de 16 años para garantizar el desarrollo sostenible del Area Funcional.

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL

Lurralde Antolamendu eta Ingurumen Sailburua

Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente

MARTA ALAÑA ALONSO

Hirigintza eta Ingurumen Foru Diputatua

Diputada Foral de Urbanismo y Medio Ambiente

PATXI SIERRA-SESUMAGA IBARRETXE

Hirigintza eta Udal Harremanen Foru Diputatua

Diputado Foral de Relaciones Municipales y Urbanismo

DECRETO 277/2004, de 28 de diciembre, por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Parcial del Área Funcional de Álava Central. (BOPV nº55, 16/02/2005)

Documentación escrita

Planos de Información

Planos de Propuesta

Proceso de Revisión del Plan Territorial Parcial de Álava Central

En coherencia con el planteamiento de las DOT aprobadas en 2019, se propone reconducir el modelo expansivo del actual PTP articulando un modelo territorial de Álava Central que busque un nuevo equilibrio territorial donde la ciudad sea más ciudad y el campo más campo.


Para Vitoria-Gasteiz y los núcleos urbanos de AC, el modelo busca incrementar el número y la diversidad de personas jurídicas: actividades económicas, asociaciones e instituciones, conformando un sistema polinuclear de sistemas urbanos.

A la vez, el modelo busca incrementar la biodiversidad de la matriz territorial y, también el número y la diversidad de personas jurídicas, dispensadoras de alimentos y recursos naturales y receptora del conjunto de los flujos residuales a la vez que se despliegan en el territorio las actividades dotadas de alta tecnología,entre ellas, las de la información y la comunicación.

El nuevo modelo territorial para AC debería basarse en estrategias que incrementen, a la vez, la complejidad organizativa de los ecosistemas urbanos (diversidad antrópica) y la complejidad en los ecosistemas rurales y naturales (biodiversidad + diversidad antrópica), en una economía desmaterializada, densa en conocimiento.

Los ecosistemas urbanos son sistemas abiertos en materia energía e información. Los flujos energéticos y materiales son aportados por los ecosistemas rurales y naturales que se configuran como los sistemas de soporte. Los sistemas urbanos utilizan a los ecosistemas rurales y naturales como proveedores de recursos y a la vez de riñón, acogiendo las infraestructuras de los flujos residuales y, en su caso, soportando la contaminación generada por los núcleos urbanizados.

Se acepta por parte de las ciudades y núcleos urbanos, la explotación de los sistemas rurales y naturales (sistemas de soporte) hasta un determinado nivel que no sobrepase, en ningún caso, su capacidad de carga y los límites biofísicos, asegurando la regeneración de los mismos a través de mecanismos naturales

En la nueva estrategia se deberán cambiar las reglas del juego actuales del binomio campo-ciudad, buscando un nuevo equilibrio que diera mayor importancia a los servicios ecosistémicos del mundo rural y natural. Para fundamentar el nuevo equilibrio deberán destinarse parte de los excedentes económicos generados en los sistemas urbanos para compensar los servicios ecosistémicos que ofrecen el campo y la naturaleza y garantizar la sostenibilidad demográfica.

El modelo territorial propone frenar la expansión de las ciudades y núcleos urbanos y dirigir la energía de transformación en la regeneración interna de los mismos incorporando los principios del urbanismo ecosistémico. El modelo de movilidad que se propone es creador de nodos, basado en modos de transporte más sostenibles y se aleja del actual modelo de movilidad basado en las infraestructuras viarias creadoras de suburbio.

¿Qué es un Plan Territorial Parcial (PTP) y
por qué se revisa el de Álava Central?
Para poder entender bien qué es un Plan Territorial Parcial (PTP), antes, hay dos conceptos
que sería conveniente aclarar; las DOT (Directrices de Ordenación Territorial)
y los PTS (Plan Territoriales Sectoriales).


+ ¿Qué son las DOT?
Las DOT son las Directrices de Ordenación Territorial, el reglamento que define
la estrategia territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco. A
través de este reglamento se determinan, entre otras, la protección de zonas
naturales, la ubicación de grandes zonas residenciales o industriales, el trazado
aproximado de algunas de las grandes infraestructuras (caminos, carreteras,
vías férreas, puertos, aeropuertos…), pero también, de forma general, la
dirección de las políticas públicas en las zonas rurales y en las zonas urbanas, y
la gestión de los recursos naturales.


+ ¿Qué son los PTS?
Los PTS, Planes Territoriales Sectoriales, son los planes elaborados para
desarrollar las DOT y que se utilizan para definir más específicamente una
temática concreta. Puede haber planes agroforestales, de ordenación de ríos
y arroyos, de energía, para la creación
pública de suelo para actividades económicas, infraestructuras de residuos, vías
ciclistas, carreteras, puertos, etc.


+ Y ahora sí….
¿Qué es un Plan Territorial Parcial?
El Plan Territorial Parcial (PTP) es el documento que define el itinerario
del desarrollo territorial de un ámbito geográfico concreto o área funcional,
en este caso, el de Álava Central. El PTP debe concretar y ampliar lo definido
en DOT del País Vasco y en los PTS y servir, a su vez, de guía supramunicipal
para la redacción de los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) que
redacte cada ayuntamiento.


+ ¿Por qué se revisa el PTP de Álava Central?
El Plan Territorial Parcial de Álava Central actualmente vigente fue aprobado en
2004, pero desde entonces Álava y el mundo han cambiado, transformándose
las necesidades del territorio y también de sus habitantes. La revisión
del PTP se plantea como la creación de un nuevo escenario que permita cambiar
el enfoque del desarrollo de Álava Central, posibilitando nuevos conceptos
y nuevos valores. Esta revisión tendrá como objetivo mejorar la calidad de
vida de las personas que habitan Álava Central.

DOCUMENTO TÉCNICO: A.-Memoria, B.-Planos, C.-Normativa, D.-Afecciones al planeamiento urbanístico, E.-Programa de ejecución y EEF, y F.-Documento Inicial Estratégico

  1. Informes previos a la Aprobación Inicial, artículo 13.5 de la Ley 4/1990 de Ordenación del Territorio del País Vasco:
    1. Orden de Aprobación Inicial, 4 de septiembre de 2023. Artículo 13.6 de la Ley de Ordenación del Territorio.
      1. Publicación BOPV (PDF)
      2. Publicación BOTHA (PDF)
      3. Publicación BOB (PDF)
      4. Publicación BOE (PDF)
      5. Publicación periódicos: El Correo (PDF, 1 MB) , Deia (JPG, 119 KB), Diario de notiicas de Álava (JPG, 111 KB) 
    2. Alegaciones período de audiencia y exposición pública del documento de Aprobación Inicial, articulos 13. 6 y 13.7 de la Ley de Ordenación del Territorio.
      1.  
      1. Contestación alegaciones período de audiencia y exposición pública del documento de Aprobación Inicial, artículo 13.6, 13.7 y 13.8 de la Ley de Ordenación del Territorio.
        1. El Avance se compone de lo siguiente:
        2. Informe de Impacto en función del Género (artículos 19 a 23 de la Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres).
        3. Observaciones, sugerencias, alternativas y propuestas al Avance. Artículo 13.4 de la Ley de Ordenación del Territorio: 
        4. Informes preceptivos previos a la aprobación inicial:
        5. Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico. Artículo 68 de la Ley 10/2021, de 9 de diciembre:
        6. Observaciones, sugerencias, alternativas y propuestas al Avance. Artículo 13.4 de la Ley de Ordenación del Territorio:

        ORDEN de 24 de marzo de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se inicia el procedimiento de revisión del Plan Territorial Parcial de Álava Central.(BOPV 31/03/2021)

        Incluido el anexo "Resumen del programa de participación ciudadana"

        Documentos generales

        Fecha de última modificación:

        Fecha de última modificación: