Departamento de Economía, Trabajo y Empleo

Fecha de publicación: 19/09/2012

Homologación, Convalidación y Equivalencia Profesional de las Formaciones de Buceador Monitor y Buceador Instructor

Septiembre 2012

El Real Decreto 932/2010 de Técnico Deportivo (pdf, 932 kb) implica la incorporación definitiva de las enseñanzas deportivas de esta modalidad/especialidad deportiva al sistema educativo. La superación de esta formación permite la obtención del títulos académico de Grado Medio (similar ala Formación Profesional).

El decreto habilita la posibilidad de que las formaciones realizadas previamente por el alumnado puedan lograr efectos de reconocimiento respecto de las nuevas titulaciones académicas (equivalencia profesional, convalidación y/o homologación).

Recientemente se ha publicado la Resolución de 9 de julio de 2012, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los criterios aprobados por la Comisión creada por Orden de 8 de noviembre de 1999, para las propuestas de homologación, convalidación y equivalencia de las formaciones anteriores de buceo  (pdf, 176 kb). Esta resolución establece los efectos de reconocimiento que pueden obtener los alumnos/as de formaciones anteriores de buceador monitor y buceador instructor.

Las personas que deseen obtener dicho reconocimiento (equivalencia profesional, convalidación y/o homologación) deberán realizar de forma individual una solicitud al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Existe un periodo máximo de solicitud de 10 años tras la publicación desde la resolución de los criterios aprobados por la comisión mencionada previamente.

El procedimiento a seguir por las personas con esta tipología de formación para la obtención de los consiguientes efectos de reconocimeinto es el siguiente: 

-          Cumplimentar el formulario de solicitud de homologación, convalidación y/o equivalencia profesional. Pinchar aquí (pdf, 328 kb) .

-          Remitir dicho formulario al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, adjuntando la siguiente documentación:

  • Fotocopia compulsada del título académico correspondiente (sólo para solicitar la homologación).
  • Certificación de experiencia mínima de 3 años como entrenador/a (según modelo (pdf, 217kb).
  • Certificado actualizado de poseer el diploma de entrenador/a, expedido por la federación española correspondiente.

-          La documentación podrá ser presentada:

  • Por internet: Oficina Virtual del CSD
  • Por correo postal: Secretaria General del Consejo Superior de Deportes enla calle Martín Fierro s/n 28040 MADRID
  • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. 

Una vez remitida la documentación, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte emite una resolución en un plazo máximo de 6 meses y le comunica a la persona interesada el proceder de la misma. 

Para más información pueden ponerse en contacto con la federación vasca o española correspondiente.