Departamento de Salud

Autorización sanitaria de Centros móviles

Descripción


Todas las unidades móviles al igual que las consultas médicas, consultas de otros profesionales sanitarios, centros polivalentes y centros especializados, tanto públicos como privados, que vayan a instalarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco, han de obtener la autorización sanitaria previa de instalación y una posterior de funcionamiento.

Para obtener la autorización de instalación, previa a la de funcionamiento, debe presentarse la correspondiente solicitud junto a la documentación que permita identificar a la persona física o jurídica titular de esa autorización; una memoria descriptiva de las características, instalaciones, organización interna y oferta asistencial y actividades y detalle de la unidad móvil, con especificación de accesos, distribución de espacios y superficies; los documentos que requiera su norma reguladora y el justificante del pago de la tasa correspondiente. En estos casos se deberán cumplir también los requisitos derivados de su actividad, como por ejemplo cirugía menor u otras normativas como la de radio protección.

Posteriormente y antes del inicio de su actividad las unidades móviles deben obtener una autorización de funcionamiento que tendrá una vigencia de cinco años y deberá renovarse transcurrido ese periodo.

La obtención de la autorización de funcionamiento motiva la inscripción en el Registro de Centros Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS). La inscripción inicial en este Registro se acordará de oficio en la resolución de autorización de funcionamiento de la unidad móvil.

Están exceptuados los centros móviles de asistencia sanitaria que hayan sido previamente autorizados por otra Comunidad Autónoma, siempre que sus titulares comuniquen previamente al Departamento de Salud el inicio de sus actividades y presenten la autorización emitida por dicha comunidad.

A quién va dirigido


Tanto a personas físicas como jurídicas que quieran poner en marcha una unidad móvil pública o privada, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Normativa aplicable


Normativa autonómica Decreto 31/2006, de 21 de febrero, de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios Normativa autonómica DECRETO 76/2003, de 25 de marzo, de tercera modificación del Decreto de autorizaciones de apertura, funcionamiento y modificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios Normativa estatal Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios Normativa autonómica ORDEN de 26 de diciembre de 1997, del Consejero de Sanidad, por la que se regulan las autorizaciones de creación, de realización de modificaciones y de funcionamiento de las Ópticas Normativa autonómica DECRETO 248/1996, de 5 de noviembre, por el que se modifica el Decreto de autorizaciones de apertura, funcionamiento y modificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios Normativa estatal REAL DECRETO 1976/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los criterios de calidad en radiodiagnóstico y REAL DECRETO 1085/2009, de 3 de julio, aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico Normativa autonómica ORDEN de 12 de noviembre de 2013, del Consejero de Salud, por la que se regulan los requisitos técnicos aplicables a los centros y servicios sanitarios en los que se realicen actividades quirúrgicas y/o procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos invasivos sin internamiento Normativa autonómica DECRETO 78/2016, de 17 de mayo, sobre medidas de seguridad de pacientes que reciban asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios ubicados en Euskadi Normativa autonómica DECRETO 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica

Información de contacto


Datos de contacto

Gobierno Vasco Eusko Jaurlaritza

  • Dirección de Planificación Ordenación y Evaluación Sanitarias
  • Servicio de Ordenación y Acreditación Sanitaria
  • C/ Donostia-San Sebastian nº 1. Vitoria-Gasteiz 01010
  • E-mail: soac@euskadi.eus
  • Teléfono: 945019234

Código(s)

  • Autorización de instalación: 0103101
  • Autorización de funcionamiento: 0103102
  • Autorización de instalación y funcionamiento: 0103102
  • Renovación de la autorización de funcionamiento: 0103102
  • Autorización de modificación sustancial: 0103105
  • Comunicación de modificación no sustancial: 0103106
  • Comunicación de cierre: 0103108

Autorización de instalación


La autorización de instalación es el tramite a hacer antes de empezar con la puesta en marcha o adecuación de una unidad móvil.

Según el Decreto 31/2006, todos los centros, incluidas las unidades móviles, han de obtener las autorizaciones sanitarias de instalación y de funcionamiento. Puede solicitarse conjuntamente con la autorización de instalación cuando su creación no implique la realización de una obra nueva o la modificación de la estructura o distribución de un inmueble ya existente.

Están exceptuados los centros móviles de asistencia sanitaria que hayan sido previamente autorizados por otra Comunidad Autónoma, siempre que sus titulares comuniquen previamente al Departamento de Salud el inicio de sus actividades y presenten la autorización emitida por dicha comunidad.

En esta fase se paga la tasa, se presenta el proyecto y es evaluado por parte del servicio en relación a los aspectos de adecuación a los estándares sanitarios.

La autorización de instalación caduca, si no se ha solicitado la autorización de funcionamiento del centro, a los dos años de su notificación.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de funcionamiento


Antes de iniciar la actividad sanitaria, tras recibir la visita de un equipo de inspección se le autoriza a la unidad móvil a empezar a funcionar, cumpliendo unos criterios homogéneos para todos los centros. Caduca a los 5 años.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de instalación y funcionamiento


Es la autorización por la que, de modo conjunto, puede solicitarse la autorización de instalación y de funcionamiento de un centro cuya creación no implique la realización de una obra nueva o la modificación de la estructura o distribución de un inmueble ya existente.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Renovación de la autorización de funcionamiento


Debe solicitarse la renovación de la autorización de funcionamiento tres meses antes del final de su validez que es de 5 años.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de modificación sustancial


Cuando en un centro o servicio autorizado se produzca cualquiera de las modificaciones siguientes:

  • a) La modificación de la estructura o distribución del inmueble.
  • b) La modificación de las unidades asistenciales de radioterapia o medicina nuclear.
  • c) El cambio de la oferta asistencial.
  • d) El cambio de la persona titular.

estamos hablando de una modificación sustancial. En general se debe girar visita de inspección, pero esta no es necesaria en el cambio de persona titular y en el cambio de oferta asistencial, salvo en los casos en que su norma específica o los planes de control del Departamento de Salud lo exijan.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Comunicación de modificación no sustancial


Se consideran modificaciones no sustanciales de un centro sanitario, unidad móvil sanitaria, que cuente con autorización de funcionamiento las siguientes:

  • a) El cambio del director técnico o del responsable de la actividad asistencial, cuando la norma reguladora del centro exija su existencia.
  • b) El cambio del personal sanitario o de su régimen de dedicación, dentro de la oferta asistencial del centro.
  • c) La modificación de la unidad asistencial de radiodiagnóstico.
  • d) El cese temporal, total o parcial, de la actividad del centro, servicio o establecimiento sanitario.

Dichas modificaciones no sustanciales han de comunicarse a la Direccion de Planificación Ordenación y Evaluación Sanitarias en el plazo máximo de un mes desde que se hayan producido

No se emitirá resolución y solo se incorporarán al expediente del centro.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Comunicación de cierre


Memoria descriptiva del procedimiento de conservación de la documentación clínica generada mientras el centro sanitario ha estado en funcionamiento, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites