Autorización de surtidores de líquidos distintos del agua
Departamento / Organismo Autónomo
Desarrollo Económico e Infraestructuras
Órgano gestor
Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial
Objeto
Regular el proceso de autorización o verificación (tanto periódica o tras reparación o modificación) de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidor o dispensador.
Destinatarios/as
Sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidor o dispensador.
Normativa reguladora- Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología. (B.O.E. 19.03.85).
- Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre por el que se establece el Control Metrológico que realiza la administración del Estado. (BOE 12.09.85)
- Decreto 38/2001, de 27 de febrero, por el que se establecen los medios para la ejecución del Control Metrológico en la Comunidad Autónoma de Euskadi. (BOPV 12.03.2001)
- Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático. (B.O.E. 27.02.89)
- Orden de 26 de abril de 2004, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regulan las entidades de verificación de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua destinados al suministro de carburantes y combustibles líquidos en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica y también de los manómetros de uso público para neumáticos de los vehículos automóviles en las mismas fases. (B.O.P.V. 28.05.2004)
- Corrección de errores de la Orden de 26 de abril de 2004
- Orden FOM/3239/2002, de 12 de diciembre de 2002, por la que se regula el Control Metrológico del Estado sobre los sistemas de medida de líquidos distintos del agua destinados al suministro de carburantes y combustibles líquidos en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. (B.O.E. 20/12/2002)
- ORDEN ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores.
Personas de contacto
Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 00
Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 403 14 00
- Solicitud de verificación de surtidores.
- Boletín de identificación del surtidor o dispensador.
Tasas a aplicar
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Plazo de presentacionA lo largo de todo el año.
Lugar presentación solicitudes
Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Fax: 945 017051
Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Fax: 943 022542
Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Fax: 94 4031445
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Órgano que resuelve
No aplica.
Plazo de resolución
No aplica.
Efectos del silencioDesestimatorios
Fín de la vía administrativa
La resolución NO pone fín a la vía administrativa
Recursos / Reclamaciones
Formularios
Boletín de identificación del surtidor o dispensador.
Otros documentos---
Observaciones
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NotaEsta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.
Fecha de la última modificación
06/02/2013