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ADMISIÓN AL PROCESO SELECTIVO
En este
capítulo se explican los requisitos que son necesarios para acceder a la función
pública docente por alguno de los procedimientos convocados, así como
información útil a tener en cuenta en el momento de la presentación de las
solicitudes.
Requisitos de Admisión al proceso
Las personas
que aspiren a ser admitidas en el proceso selectivo deberán reunir los
siguientes requisitos de carácter general:
1)
Requisitos generales
a)
Ser española o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión
Europea, o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva
2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y
trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento
jurídico español.
También podrán
participar el cónyuge, los descendientes así como los descendientes del cónyuge,
tanto de los ciudadanos y ciudadanas españolas como de los y las nacionales de
los otros estados miembros de la Unión Europea o de los estados, en los cuales,
en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y
ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores y trabajadoras cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, sea
cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de
derecho, y con respecto a las y los descendientes, sean menores de veintiún años
o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.
b)
Edad: Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad
establecida, con carácter general, para la jubilación.
c)
No padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y
especialidad a que se opta.
d)
No haber sido separada, por expediente disciplinario, del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitada para el desempeño de
funciones públicas.
Las
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente,
no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su
Estado, el acceso a la función pública.
e)
No ser funcionario o funcionaria de carrera, en prácticas o estar pendiente de
nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera del cuerpo al que se
opta.
f) Capacitación
lingüística:
- Acreditación del PL2.
- Poseer alguna de las certificaciones idiomáticas homologadas al Perfil
Lingüístico.
- Superar las pruebas acreditativas de perfil lingüístico que al efecto se
realizarán en este proceso selectivo.
2)
Requisitos específicos
2.1. Además de
los requisitos de carácter general que se acaban de exponer, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
Estar en
posesión, o haber abonado los derechos para la expedición, de alguno de los
siguientes títulos:
- Título de
Maestro o el título de Grado correspondiente.
- Título de
Profesor de Educación General Básica.
- Título de
Maestro de Enseñanza Primaria.
En el caso de
que las titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse
concedido la correspondiente homologación, de conformidad con lo dispuesto en
los Reales Decretos 86/1987, de 16 de enero, 285/2004, de 20 de febrero, y la
Orden ECI 3686/2004, de 3 de noviembre, o su reconocimiento para ejercer la
profesión de Maestro, al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE, y
el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto sean de aplicación.
2.2. Requisitos
específicos para participar por el turno de reserva por discapacidad.
Podrán
participar por este turno aquellas personas que, además de reunir las
condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso al cuerpo al que
optan, tengan reconocida por los órganos competentes de los Departamentos de
Bienestar Social de las Diputaciones Forales, del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, una disminución física de, al menos, un 33 por 100, siempre que
ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.
La
opción por esta reserva habrá de formularse en la solicitud de participación,
con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto, que se
acreditará si obtuviere plaza, mediante certificación de los órganos
competentes.
Quienes
opten por este turno de ingreso no podrán concurrir a la misma especialidad por
el turno de ingreso libre, ni cambiar de turno con posterioridad.
Todos los
requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma
de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, con la única excepción
del relativo a la acreditación del perfil lingüístico, que deberá poseerse y
acreditarse con anterioridad a la publicación de los resultados de la prueba de
acreditación de perfiles lingüísticos prevista en la base 6.1.2.
de la presente convocatoria.
Solicitudes de admisión
Antes de
hacer la solicitud de admisión al proceso selectivo, es conveniente leer con
detenimiento la propia convocatoria, sobre todo en lo referido a los plazos de
presentación de solicitudes, indicaciones para rellenar la solicitud, etc.
Recogida
de impresos de solicitud
Quienes
deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo de solicitud que figura en la dirección de
Internet
http://www.irakasle.net
ó
http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net, pudiendo
recurrir para ello a una de estas dos modalidades:
1.
Cumplimentando el modelo de solicitud en la dirección señalada de Internet
2.
Cumplimentando dicho modelo en los siguientes lugares de cada Territorio
Histórico:
-
Alava: Delegación Territorial de Educación sita en
San Prudencio, 18 – Vitoria-Gasteiz.
-
Bizkaia: Delegación Territorial de Educación sita en
Gran Vía, 85 – Bilbao
-
Gipuzkoa: c/ San Bartolomé, 28–
Donostia-San Sebastián.
Le recomendamos lea
atentamente las instrucciones para la correcta
cumplimentación publicadas en la citada
dirección de Internet, antes de rellenar la solicitud.
El modelo de
solicitud que se recoge en los lugares arriba señalados, tendrá un número de
referencia identificativo diferente para cada una,
deberá ser necesariamente un ejemplar original (no fotocopia), debiendo constar
en la misma la especialidad y el turno al que opte el aspirante.
Los
aspirantes con minusvalía harán constar en la casilla correspondiente de la
solicitud esta condición, así como la adaptación que soliciten.
Pago de
tasas
Para poder
participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán abonar, en
concepto de tasa por derecho de examen, la cantidad
de 16,63 euros.
El pago de la tasa deberá
efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes, y para su
materialización podrá optarse por una de estas dos modalidades:
a) Pago
directo en cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades, presentando
el resguardo para la entidad colaboradora:
1. Caja
Laboral-Euskadiko Kutxa
2. BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa)
3. Caja Vital Kutxa
4. Gipuzkoa Donostia
Kutxa
5. BBVA
6. Santander Central Hispano
7. Banco Guipuzcoano
8. La Caixa
9.
Bankoa.
Dado que los impresos
incluyen código de barras, el abono puede efectuarse a través de cajero
automático con lectura óptica o captura de datos manual.
b) Pago ON-LINE:
Mediante el sistema de banca electrónica, siguiendo las instrucciones que el
propio sistema va indicando, siempre y cuando la persona interesada sea cliente de
esta modalidad de cualquiera de las entidades señaladas. Esta modalidad de pago evita
desplazamientos innecesarios y colas de espera, y está operativa las 24 horas
del día.
La falta de pago o el
abono fuera de plazo de los derechos de examen determinará la exclusión de la
persona aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la
solicitud en la forma prevista en la presente base.
Presentación de
documentación
El plazo de presentación
de instancias y demás documentación indicada en las bases, deberá
entregarse dentro del plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a
la publicación de la Orden de convocatoria en la Boletín Oficial del País Vasco
en alguno de los lugares indicados a continuación:
-
Alava: Delegación Territorial de Educación sita en
San Prudencio, 18 – Vitoria-Gasteiz.
-
Bizkaia: Delegación Territorial de Educación sita en
Gran Vía, 85 – Bilbao
-
Gipuzkoa: c/ San Bartolomé, 28–
Donostia-San Sebastián.
-
En cualquiera de las formas
previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto.
En el caso de que se
cumplimente la solicitud vía Internet, se obtendrá un acuse de recibo (Ejemplar
para la entidad colaboradora), con el número de referencia asignado y los datos
precisos para proceder al pago de la tasa en las formas previstas en la base
3.2. de la convocatoria. Asimismo, también se
obtendrá un resguardo de la solicitud (Ejemplar para la administración), que se
adjuntará a los méritos y demás documentación a presentar durante el plazo de
presentación de instancias en cualquiera de los lugares mencionados en los
puntos a) y b) de la base 3.4.1. de la convocatoria.
Las solicitudes
suscritas en el extranjero podrán presentarse, en el plazo señalado en la base
3.5., en las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El
abono de las tasas por derechos de examen se hará de conformidad con lo
dispuesto en el apartado 3.2. de esta convocatoria.
Documentación
Los aspirantes acompañarán a
su solicitud los siguientes documentos, a presentar durante el plazo de
presentación de solicitudes:
a) Fotocopia
compulsada del título exigido para el ingreso en el cuerpo o de la certificación
de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero deberá adjuntarse la correspondiente
homologación o la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión
de Maestra o Maestro, en aplicación de la Directiva 89/48/CEE y el Real Decreto
1665/1991, de 25 de octubre.
Caso de no presentar
este documento, la persona aspirante quedará excluida del proceso selectivo.
b) Las personas
aspirantes con discapacidad deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía
competente, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han
dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el órgano de
selección pueda valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas.
c) Quienes no posean
la nacionalidad española y, conforme a lo previsto en la base 6.1.1.1.
deseen acogerse a la exención de la prueba de
conocimiento del castellano por poseer alguno de los títulos mencionados en
dicha base, deberán presentar fotocopia compulsada de tales títulos, o
certificación de haber abonado los derechos para su obtención.
Asimismo, quienes
fundamenten la exención en el hecho de haber superado dicha prueba en
convocatorias anteriores habrán de aportar el documento que acredite esa
circunstancia.
En ambos casos, de no
presentar tales documentos, las personas interesadas no podrán ser declaradas
exentas y, en consecuencia, deberán realizar la prueba de acuerdo con lo que
establece la base 6.1.1., de la convocatoria.
Se consideran
igualmente exentos de la realización de dicha prueba aquellos aspirantes de
nacionalidad distinta de la española en los que, por razón de su origen, se
deduce el conocimiento del castellano.
d) Quienes presten
servicios en las Administraciones educativas de otras Comunidades Autónomas y
soliciten la sustitución del ejercicio B.2) por un informe deberán presentar
hoja de servicios expedida por dichas Administraciones con indicación del Cuerpo
y especialidad para el que fueron nombrados o nombradas y fechas exactas de
prestación de los servicios.
e) Toda la
documentación justificativa (original o fotocopia compulsada) para la valoración
de los méritos a que se hace referencia en el baremo que se acompaña como anexo
I. Sólo se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados, a
través de la documentación que se determina en la presente convocatoria, durante
el plazo de presentación de instancias.
A efectos de
valoración del expediente académico del título alegado, aquellas personas cuyo
título haya sido obtenido en el extranjero, y que deberán presentar en el plazo
indicado en el primer párrafo, tendrán un plazo adicional de veinte días
naturales, a partir de que expire el de presentación de instancias, para aportar
certificación expedida por la Administración educativa del país en que se obtuvo
el título que indique la nota media deducida de las calificaciones obtenidas en
toda la carrera y exprese, además, la calificación máxima obtenible de acuerdo
con el sistema académico correspondiente, a efectos de determinar su
equivalencia con las españolas.
Toda la documentación emitida
en lengua extranjera diferente del castellano deberá venir acompañada de la
correspondiente traducción oficial a una de las dos lenguas oficiales de la
Comunidad Autónoma del País Vasco. En el caso de las titulaciones académicas y
de la hoja de servicios prestados, dicha traducción deberá estar realizada por
intérprete jurado; en tanto que el resto de la documentación deberá estar
realizada por intérprete jurado o validada por el consulado u oficina
diplomática correspondiente.
Los documentos
redactados en lenguas propias de otras Comunidades Autónomas diferentes del
euskera deberán también presentarse traducidos por
intérprete jurado a una de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma
del País Vasco. |