Departamento de Educación

Personal

ADMISIÓN AL PROCESO SELECTIVO

En este apartado se explican los requisitos que son necesarios para acceder a las plazas de personal laboral de educación especial por alguno de los procedimientos convocados, así como información útil a tener en cuenta en el momento de la presentación de las solicitudes.

Requisitos de Admisión al Proceso

Para ser admitido al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Requisitos generales

1. Nacionalidad: ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Para quienes no se hallen comprendidos/as en el apartado anterior, encontrarse en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los/as refugiados/as
2. Edad: Tener cumplidos los 18 años
de edad y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
3. No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes.
4.
No estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
5.
No estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.

b) Requisitos específicos

Además de los requisitos de carácter general que se acaban de exponer, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

1. Capacitación lingüística:
-
Estar en posesión del perfil lingüístico requerido para el puesto al que se opta o de otras certificaciones idiomáticas homologables, conforme a lo previsto en el artículo 5 del Decreto 66/2005, de 5 de abril, por el que se crean y regulan los perfiles lingüísticos del personal laboral educativo no docente de Educación Especial.

2. Estar en posesión del título o haber abonado los derechos para la expedición del título de Técnico Superior de Integración Social o Técnico Superior de Educación Infantil o sus respectivos equivalentes:

 

Técnico Especialista en Economía Socio-Familiar            

Técnico Especialista en Jardines de Infancia               

Técnico Especialista en Adaptación Social                  

Técnico Especialista en Educación Infantil                  

Técnico Especialista. Educador de Disminuidos Psíquicos     

En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación, de conformidad con lo dispuesto en los Reales Decretos 89/1987, de 16 de enero, y 104/1988, de 29 de enero, o su reconocimiento al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE, y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto sean de aplicación.

Todos los requisitos mencionados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de los requisitos idiomáticos (para los que se estará a lo que se determine en la convocatoria) y mantenerse hasta el momento de formalización del contrato.

Solicitudes de Admisión

Antes de hacer la solicitud de admisión al proceso selectivo, es conveniente leer con detenimiento la propia convocatoria, sobre todo en lo referido a los plazos de presentación de solicitudes, indicaciones para rellenar la solicitud, etc.

Recogida de impresos de solicitud

Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud que figura en la dirección de Internet http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net, pudiendo recurrir para ello a una de estas dos modalidades:

1.      Cumplimentando el modelo de solicitud en la dirección señalada de Internet

2.      Cumplimentando dicho modelo en las siguientes Delegaciones Territoriales de Educación:

-Delegación Territorial de Educación de Araba, c/ San Prudencio, 18 -  01005 Vitoria-Gasteiz
- Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, c/ Gran Vía, 85 - 48011 Bilbao
- Delegación Territorial de Educación de Guipúzcoa, c/ Andia, 13 – 20001 Donostia

Le recomendamos lea atentamente las instrucciones para la correcta cumplimentación publicadas en la citada dirección de Internet, antes de rellenar la solicitud.

La solicitud, que tendrá un número de referencia identificativo diferente para cada una, deberá ser necesariamente un ejemplar original (no fotocopia).

No podrá presentarse más de una solicitud

Los aspirantes con minusvalía harán constar en la casilla correspondiente de la solicitud esta condición, así como la adaptación que soliciten.

Pago de tasas

Para poder participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán abonar, en concepto de tasa por derecho de examen, la cantidad de 13,02 euros.

El pago de la tasa deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes, por una de estas dos modalidades:

a) Pago directo en cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades, presentando el impreso de solicitud

1. Caja Laboral-Euskadiko Kutxa
2. BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa)
3. Caja Vital Kutxa
4. Gipuzkoa Donostia Kutxa
5. BBVA
6. Santander Central Hispano
7. Banco Guipuzcoano.
8. La Caixa.

 b) Pago ON-LINE: Mediante el sistema de banca electrónica, siguiendo las instrucciones que el propio sistema va indicando, siempre y cuando el/la interesado/a sea cliente de esta modalidad de cualquiera de las entidades señaladas. Esta modalidad evita desplazamientos innecesarios y colas de espera, y está operativa las 24 horas del día.

 La falta de pago o el abono fuera de plazo de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Presentación de solicitudes

La solicitud deberá entregarse dentro del plazo de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la Orden de convocatoria en la Boletín Oficial del País Vasco en alguno de los lugares indicados a continuación:
- Araba: Delegación Territorial de Educación de Araba, c/ San Prudencio, 18 -  01005 Vitoria-Gasteiz
- Bizkaia: Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, c/ Gran Vía, 85 - 48011 Bilbao
- Guipúzcoa: Delegación Territorial de Educación de Guipúzcoa, c/ Andia, 13 – 20001 Donostia

- Vía internet, utilizando la opción de remitir la solicitud, una vez cumplimentado el impreso. Las solicitudes efectuadas por esta vía podrán obtener un acuse de recibo con el número de referencia asignado y los datos preciso para proceder al pago de la tasa.

 - En cualquiera de las formas a que alude el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán presentarse en el plazo señalado en el apartado 3.6 de las bases, en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El abono de las tasas por derecho de examen se hará de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.4 de la convocatoria.

Documentación

Aspirantes que superen la fase de oposición:

 

A efectos de valoración de los méritos, conforme a los baremos que figuran en el anexo II a la presente convocatoria, tras la publicación de los resultados de la fase de oposición, se establecerá un plazo de 10 días hábiles para la presentación, por parte de los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de los documentos justificativos que se indican en dicho baremo, entendiéndose que solamente se valorarán aquellos méritos que, dentro de dicho plazo, se aleguen y aporten debidamente justificados a través de la documentación (original o fotocopia debidamente compulsada) que se determina en el citado anexo.

 

Únicamente se computarán los méritos perfeccionados hasta la finalización de plazo de presentación de solicitudes, con excepción del perfil lingüístico que podrá acreditarse con anterioridad a la fecha de publicación de los resultados de la prueba de acreditación de perfiles lingüísticos prevista en la base 7.3 de esta convocatoria, así como el perfil que se acredite en la citada prueba, que será computado de oficio, una vez finalizada la misma.

 

Los/as aspirantes se responsabilizan expresamente de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación de algún documento, decaerán de su derecho a participar en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.

 

La Administración se reserva el derecho a requerir en cualquier momento la acreditación de la documentación que estime necesaria.

Aspirantes seleccionados

 

Con carácter previo a la formalización de los contratos y en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieren públicas en el Boletín Oficial del País Vasco las listas de aspirantes seleccionados, éstos deberán presentar en las Delegaciones Territoriales de Educación, los siguientes documentos:

 

1) Fotocopia compulsada del título exigido o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación.

 

2) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

 

3) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni incurso en alguna de las causas legales de incapacidad e incompatibilidad prevista en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

 

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

 

4) Los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española que no residan en España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.

 

5) Los/as aspirantes que hayan hecho valer su condición de personal con minusvalías deberán presentar certificación de los órganos competentes de los Departamentos de Bienestar Social de las Diputaciones Forales, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente en la que conste tal condición (grado de minusvalía) y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

 

Quienes, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 decaerán de todos sus derechos a ser contratados/as con carácter fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.