Proyectos de actuación que permitan abordar la coeducación y la prevención y la detección precoz de la violencia contra las mujeres de manera global, sistemática e integrada durante los cursos 2021-2022 y 2022-2023 (L2. Educación Inclusiva y Atención a la Diversidad).

[HEZKIDETZA-50]

Descripción


Objeto

Convocar a los centros concertados que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la CAPV para que realicen un proyecto de actuación que abarque los cursos 2021-2022 y 2022-2023, y que les permita abordar la coeducación, y la prevención y detección precoz de la violencia contra las mujeres de manera global, sistemática e integrada en su centro educativo.

Dotación presupuestaria

100.000 (euro)

Prestación económica

A cada centro seleccionado se le hará una asignación económica de dos mil (2.000) euros para hacer frente a los gastos de actividades formativas del profesorado, de la comunidad escolar y actuaciones de coordinación y de difusión del proyecto. Aunque el proyecto tenga una duración de dos cursos escolares, se tendrán en cuenta exclusivamente los gastos efectuados el primer curso.

Forma de pago:

La subvención se hará efectiva en dos pagos:

a) El primer pago por importe equivalente al 60% de la ayuda concedida, se efectuará una vez de que se haya aceptado la subvención concedida.

b) El restante, por un importe equivalente al 40% de la ayuda concedida, se hará efectivo tras la presentación antes del 30 de junio de 2022 del documento «Coeducación – Justificación subvención» (Anexo V) debidamente cumplimentado, acompañado de las correspondientes facturas y recibos.

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Ser centro concertado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la CAPV.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  • Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones

Requisitos

  • No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La persona o entidad solicitante no podrá estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas; ni estar incurso en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No está recibiendo ninguna ayuda o subvención con este mismo objeto y finalidad concedida por administraciones públicas o entidades privadas.
  • La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a los beneficiarios de estas quedará condicionado a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Los centros que hayan obtenido financiación en convocatorias anteriores podrán volver a participar siempre y cuando haya finalizado el plazo de los cursos de la convocatoria en la que tomaron parte.
  • Realizar la descripción técnica del proyecto

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Atención a la ciudadanía

Si tiene problemas en la tramitación electrónica puede contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.

Código

1015407

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución definitiva se publicará en el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Primera justificación (2021-2022)


Antes del 30 de junio de 2022.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Segunda justificación (2022-2023)


Antes del 30 de junio de 2023.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites