Departamento de Trabajo y Empleo

Mesa de Diálogo Social - Composición

Composición, Derechos y Deberes de la Mesa de Diálogo Social de Euskadi

COMPOSICIÓN MESA DEL DIÁLOGO SOCIAL
Gobierno de Euskadi

EUSKO JAURLARITZA - GOBIERNO VASCO

En representación del Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco, forman parte de la Mesa del Diálogo Social las personas titulares de los departamentos con competencias en las siguientes materias: trabajo y relaciones laborales, empleo, industria, desarrollo económico y educación.

Lodo del Gobierno de Euskadi
Organizaciones Sindicales

ORGANIZACIONES SINDICALES

Participan en la Mesa las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que hayan aceptado integrarse y participar de forma activa en ella. Cada una de ellas designa a las personas que le representan.

Logos de las Organizaciones Sindicales
Organizaciones Empresariales

ORGANIZACIONES EMPRESARIALES

Participan en la Mesa las organizaciones empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que han aceptado integrarse y participar de forma activa en ella. Cada una de ellas designa a las personas que le representan.

Logo de las Organizaciones Empresariales
ORGANIGRAMA MESA GENERAL Y GRUPOS DE TRABAJO
Grupos de Trabajo
COMPOSICIÓN, DERECHOS Y DEBERES

COMPOSICIÓN

1. La Mesa tiene carácter tripartito y en ella están representadas, además del Gobierno, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

2. Una vez constituida, la Mesa se renovará por periodos anuales.

3. En representación del Gobierno Vasco, forman parte de la Mesa las personas titulares de los departamentos con competencias en las siguientes materias: trabajo y relaciones laborales, empleo, industria, desarrollo económico y educación.

Así mismo, y con carácter puntual, podrán incorporarse a la Mesa las personas titulares de otros departamentos del Gobierno cuando los temas a tratar en ella guarden relación con su ámbito específico de competencias.

4. A su vez, forman parte de la composición de la Mesa las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que acepten integrarse y participar de forma activa en ella. Cada una de ellas designará a las personas que le representen.

En las reuniones de la Mesa podrán participar otras personas que formen parte de alguna de las organizaciones empresariales o sindicales integrantes de la misma, sin que esto pueda afectar en ningún caso al criterio de paridad entre ellas establecido en el presente Decreto para la adopción de acuerdos.

5. Preside la Mesa la persona titular del departamento competente en materia de trabajo, que la convoca, fija el orden del día de las sesiones y modera el desarrollo de los debates. Dispondrá del asesoramiento de los expertos y expertas que considere oportuno, que en ningún caso tendrán la condición de miembros de la Mesa.

Ejerce la secretaría de la Mesa y, en su caso, de los Grupos de Trabajo que se constituyan en su seno, una persona al servicio del departamento competente en materia de trabajo, designada por su titular, que participa en sus reuniones, con voz pero sin voto, levanta acta de las mismas y emite certificación de los acuerdos y decisiones adoptados.

6. En la designación de las personas que hayan de formar parte de la Mesa se ha de procurar una presencia equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuada.

DERECHOS Y DEBERES

Las personas que integran la Mesa tienen los siguientes derechos y deberes:

1. Asistir a las reuniones de los órganos de participación.

2. Ser convocadas y recibir la correspondiente información en tiempo y forma.

3. Custodiar con la debida diligencia la documentación a la que tengan acceso.

4. Guardar confidencialidad sobre la información obtenida en las reuniones de la Mesa, que por propia decisión se declare reservada, y sobre sus deliberaciones, así como utilizar tal información solo para los fines a los que va destinada.

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