Autorización de fraccionamiento o aplazamiento de deuda en periodo voluntario
- Organismo:
- Economía y Hacienda
Descripción
El pago de deudas de derecho público en el periodo voluntario de pago a favor de la Hacienda General del País Vasco puede aplazarse o fraccionarse cuando la persona deudora lo solicite porque su situación económica y financiera le impide, de manera transitoria, el pago en los plazos establecidos. Las cantidades cuyo pago se aplace o fraccione, excluidos, en su caso, los recargos del período ejecutivo, devengarán el interés de demora tributario, el legal del dinero o el específico de la Legislación en materia de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado que resulte aplicable, según se trate de deudas tributarias, no tributarias o por reintegros de subvenciones, respectivamente.
PROXIMAMENTE SE PODRAN REALIZAR TODOS LOS TRAMITES DE FORMA TELEMATICA
Fraccionamiento/aplazamiento de deudas
Podrán solicitar autorización de aplazamiento/fraccionamiento en periodo voluntario los interesados (personas físicas/jurídicas) a los que previamente se les haya notificado una deuda, quienes podrán actuar por sí o a través de representante.
El Departamento gestor, una vez recibida la solicitud del obligado al pago, paralizará las actuaciones para el comienzo del procedimiento de apremio y, a través de SIPCA, trasladará a la Dirección de Política Financiera los datos precisos para que por el órgano competente se dicte la resolución concediendo o denegando el aplazamiento/fraccionamiento y posteriormente se notifique la misma tanto al solicitante como al Departamento gestor del expediente. Este último, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 45 del Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco, deberá comprobar el cumplimiento de las condiciones de pago establecidas en aquella resolución. En caso de incumplimiento el Departamento interesado, en cuanto órgano competente de la gestión recaudatoria en periodo voluntario, realizará las actuaciones necesarias para iniciar la recaudación en periodo ejecutivo.
Recurso de reposición
Los interesados pueden interponerlo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución, ante el órgano que haya resuelto la solicitud de fraccionamiento/aplazamiento, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa ante el TEAE. Sólo podrá promover reclamación económico-administrativa cuando el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Aportación de garantías
Se exige la presentación de garantía en los casos en que la deuda sea superior a 18.000 €.
Como regla general la garantía consistirá en aval bancario o seguro de caución.
En los fraccionamientos o aplazamientos cuando no sea posible aportar aval, el interesado puede ofrecer otras garantías (hipoteca inmobiliaria o prenda con o sin desplazamiento), o cualquier otra admitida en derecho así como solicitar la sustitución de la garantía por la anotación preventiva de embargo sobre bienes de su propiedad cuando la deuda se encuentre en periodo voluntario.
Solicitud de devolución o cancelación de garantías
La garantía se devolverá, previa solicitud, una vez realizado el pago íntegro de la deuda, incluido los intereses devengados durante aquel o cuando se anule la deuda de la que trae causa.
A quién va dirigido
Dirigido a Personas Físicas y Personas Jurídicas
Normativa aplicable
Fraccionamiento/aplazamiento de deudas
Recurso de reposición
Organismos
Organismo que gestiona
- Economía y Hacienda / Viceconsejería de Finanzas y Presupuestos > Dirección de Política Financiera
Organismo que resuelve
- Economía y Hacienda / Viceconsejería de Finanzas y Presupuestos > Dirección de Política Financiera
Información de contacto
Datos de contacto
Zuzenean: Atención a la ciudadanía
Es necesario solicitar cita previa para acudir a las oficinas de Atención a la ciudadanía - Zuzenean: Solicitar cita previa
Internet
Buzón de contacto de euskadi.eus
Teléfono
012 / 945 01 80 00
Presencial (cita previa)
Oficinas Zuzenean
Si tiene problemas en la tramitación electrónica puede contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.
Código(s)
- Fraccionamiento/aplazamiento de deudas: 0600601
- Recurso de reposición: 0600605
Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica. - Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
- Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.
- Fraccionamiento/aplazamiento de deudas
-
Modelo normalizado de solicitud de APLAZAMIENTO/FRACCIONAMIENTO, firmado por el deudor o su representante, dónde se indicarán los datos del solicitante, la deuda cuyo aplazamiento se solicita, la propuesta de calendario de pagos, los datos bancarios para posibilitar la domiciliación de los pagos y, en su caso, para deudas superiores a 18.000,-€, el tipo de garantía que se ofrece.
Atención Ciudadana: Zuzenean
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en las oficinas de Atención a la ciudadanía: Solicitar cita previa
Servicio Zuzenean | Ciudad | Dirección |
---|---|---|
Bizkaia | Bilbao | Gran Vía D. Diego López de Haro, 85 |
Gipuzkoa | Donostia-San Sebastián | Calle Andía, 13 |
Álava/Araba | Vitoria-Gasteiz | Calle Ramiro de Maeztu, 10 |
Registros auxiliares de la CAPV
En los lugares que se recogen en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos autónomos.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
La presentación de la solicitud habrá de efectuarse dentro del periodo voluntario de pago.
- En caso de que la cuantía de la deuda sea superior a 18.000,00 € deberá aportar garantías suficientes
- Documentos acreditativos de las dificultades económicas que motivan la petición de aplazamiento o fraccionamiento.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados.
- Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados.
Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:
- La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
- Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
7 meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud.
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Atención Ciudadana: Zuzenean
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en las oficinas de Atención a la ciudadanía: Solicitar cita previa
Servicio Zuzenean | Ciudad | Dirección |
---|---|---|
Bizkaia | Bilbao | Gran Vía D. Diego López de Haro, 85 |
Gipuzkoa | Donostia-San Sebastián | Calle Andía, 13 |
Álava/Araba | Vitoria-Gasteiz | Calle Ramiro de Maeztu, 10 |
Registros auxiliares de la CAPV
En los lugares que se recogen en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos autónomos.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para presentar el recurso presencialmente deberá entregar la documentación correspondiente en los lugares de presentación señalados.
Recurso de reposición Reclamación económico-administrativa ante el TEAE en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso de reposición o desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado.
Solicitud y aportación de documentación
Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.
- Recurso de reposición
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Se interpone mediante escrito dirigido al órgano que dictó la resolución de aplazamiento/fraccionamiento que se quiere recurrir.
En el caso de que actúe por medio de representante, se deberá aportar junto con el recurso la documentación justificativa de la representación.
No se requiere la utilización de ningún modelo específico de escrito de interposición.
Atención Ciudadana: Zuzenean
Es necesario solicitar cita previa para entregar las solicitudes en las oficinas de Atención a la ciudadanía: Solicitar cita previa
Servicio Zuzenean | Ciudad | Dirección |
---|---|---|
Bizkaia | Bilbao | Gran Vía D. Diego López de Haro, 85 |
Gipuzkoa | Donostia-San Sebastián | Calle Andía, 13 |
Álava/Araba | Vitoria-Gasteiz | Calle Ramiro de Maeztu, 10 |
Registros auxiliares de la CAPV
En los lugares que se recogen en el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos autónomos.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Los interesados pueden interponerlo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución, ante el órgano que haya resuelto la solicitud de fraccionamiento/aplazamiento, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa ante el TEAE. Sólo podrá promover reclamación económico-administrativa cuando el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarse desestimado por silencio administrativo.
Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:
- Rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital. Una vez rellenado, debe imprimir el formulario, firmarlo a mano y entregarlo en los lugares de presentación indicados.
- Imprimir el formulario online sin rellenar. Una vez haya impreso el formulario vacío, deberá rellenarlo y firmarlo a mano, y después entregarlo en los lugares de presentación indicados.
Si decide rellenar el formulario online y adjuntar la documentación en formato digital (la primera opción), tenga en cuenta lo siguiente:
- La Administración guardará el formulario y los documentos adjuntos durante el plazo de un mes.
- Debe presentar el formulario firmado durante este plazo de un mes en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá continuar con la tramitación y realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
1 mes
Efectos del silencio
Desestimatorios