Conoce el área de Puertos, Asuntos Marítimos y Litoral
Los puertos que se describen en este espacio son los puertos que han sido transferidos por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Euskadi mediante el Real Decreto 2.380/1982 de 14 de mayo sobre transferencias de Servicios del Estado a la CAPV en materia de puertos, en virtud de lo establecido en el art. 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre.
La organización y gestión de los mismos corresponde a la Dirección de Puertos, Asuntos Marítimos y Litoral del Gobierno Vasco, dependiente del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca.
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