Mec 2019. Apoyo a la modernización de establecimientos comerciales

[MEC_2019]

Descripción


Objeto

Modernización de establecimientos comerciales ubicados en zona residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

2.050.000 euro

Prestación económica

Serán subvencionables las inversiones dirigidas a la reforma y modernización del local, el mobiliario y los equipamientos necesarios para el desarrollo de la actividad comercial y sus elementos, tanto internos, como externos, incluyendo los rótulos comerciales. Las inversiones realizadas en estos activos para ser subvencionadas han de ser superiores a 4.000 euros.

También se subvencionarán balanzas electrónicas de mercaderías, equipos informáticos, aplicaciones y complementos de los mismos, siempre y cuando estén integrados en los procesos de comercialización o destinados a la gestión empresarial, la creación e implantación de páginas web con venta on-line y la adaptación de la página web del establecimiento comercial a dispositivos móviles.

Se limitará la inversión en equipos informáticos subvencionándose como máximo un equipo informático completo por establecimiento comercial, así como uno de cada diferente tipo de periféricos.

No serán objeto de subvención en ningún caso los teléfonos móviles ni tampoco la maquinaria específica destinada a servicios sanitarios o profesionales.

En todo caso, los activos objeto de apoyo, deberán estar directamente relacionados con la actividad comercial e ir destinados a la renovación y modernización de la empresa comercial, así como a la mejora de las técnicas de comercialización y reducción de costes del proceso distributivo.

En ningún caso se subvencionará la compra de locales comerciales ni los elementos de transporte. Tampoco la adquisición de equipamiento mediante leasing o renting.

El mínimo de inversión para ser subvencionable: 900 euros.

Las inversiones han de ser realizadas e incorporadas al activo de las empresas en el momento de la solicitud, de modo que con la solicitud han de presentar las facturas justificativas.

 


Las ayudas se materializan en subvenciones a fondo perdido del 16%.Este porcentaje puede incrementarse en caso de que la empresa:

a) haya obtenido alguna certificación de calidad. 2 puntos adicionales.

b) acredite un vínculo con alguna asociación tanto zonal como gremial de comercio. 2 puntos adicionales.

c) realice inversión en software de gestión y/o páginas web con venta on-line. 2 puntos adicionales.

d) tenga personal empleado en posesión de alguna titulación reglada o alguna certificación de profesionalidad relacionada con el sector comercial. 2 puntos adicionales.

e) tenga al menos la mitad de la plantilla contrato indefinido. 3 puntos adicionales.

f) disponga de Plan de Igualdad o Plan de Conciliación de la vida laboral y familiar, o si cuenta con el reconocimiento como Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres. 3 puntos adicionales.

g) se encuentre adherida al Sistema de Arbitraje de Kontsumobide. 2 puntos adicionales.

h) haya participado en un programa de transmisión empresarial. 2 puntos adicionales.

i) realice una inversión que aporte valor añadido, carácter singular o una iniciativa innovadora. 2 puntos adicionales.

En ningún caso el porcentaje de subvención podrá ser superior al 30% de la inversión total admitida y la subvención máxima concedida será de 9.000 euros por establecimiento y año.

Para el cálculo de la subvención se considera el coste en factura deducido el impuesto del valor añadido.

Forma de pago:

Se realizará un único pago

Información adicional

A quién va dirigido


PYMEs (pequeñas y medianas empresas)

Empresario individual o autónomo

Requisitos

  • Requisitos

  • Acreditar suficiente poder de representación

Organismos


Organismo que convoca

  • Turismo, Comercio y Consumo > Consejero/a de Turismo, Comercio y Consumo

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto


CONSULTAS SOBRE LA APLICACION INFORMATICA:

OTRO TIPO DE CONSULTAS:

ZUZENEAN

TFNO.: 012 Y 945018000

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Alava

Samaniego, 2

01008 Vitoria-Gasteiz

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Bizkaia

General Concha, 23

48010 Bilbao

Oficina Territorial de Turismo y  Comercio  de Gipuzkoa

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastián

 

 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1010106

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 30 de mayo de 2019 y finalizará el 1 de julio de 2019.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada sea posterior a las 23:59:59 horas del último día de presentación de solicitudes.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Estimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

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