Ayudas a la promoción exterior de las empresas vinícolas a través de la subvención de las misiones comerciales inversas. Programa Lehiatu Ardoa 2019

[Lehiatu Ardoa]

Descripción


Objeto

Ayudar a la promoción exterior de las empresas vinícolas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, mediante la subvención de las misiones comerciales inversas.

Los solicitantes presentarán una propuesta de misiones inversas realizadas en el ejercicio 2019 que no se hayan presentado a otra convocatoria.

El objeto primordial de la presente Orden es ayudar a aquellas entidades del sector vitivinícola que no hayan podido presentar estas misiones subvencionables a otras convocatorias y de esta forma reforzar las ayudas a este sector, a la vista de los nuevos gravámenes impuestos al mismo.

Dotación presupuestaria

300.000 €

Prestación económica

Los créditos presupuestarios con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi destinados a la presente convocatoria ascienden a 300.000 euros.

El porcentaje de ayuda a fondo perdido a los solicitantes será del 40% de los gastos subvencionables.

En el caso de los órganos de gestión de las denominaciones de origen Getariako Txakolina, Bizkaiako Txakolina y Arabako Txakolina, así como de entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícolas, el porcentaje de ayuda será del 60% de los gastos subvencionables.

El importe máximo de ayuda por persona beneficiaria, será de 15.000 euros.

En cualquier caso, se deberán respetar las cuantías máximas de ayuda establecidas en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, que se fijan en 200.000 euros en tres ejercicios fiscales.

A quién va dirigido


- Empresas que tengan su sede social y domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

- Empresas vinícolas que ostenten la categoría de PYME.

Se entenderá por PYMEs, las pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento general de exención n.º 651/2014, las empresas que empleen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. Asimismo, se entenderá por pequeñas empresas las que empleen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros. En ambos supuestos, el cómputo de dichos efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará como disponen los artículos 4, 5 y 6 del citado Anexo I del Reglamento general de exención n.º 651/2014.

- Órganos de gestión de las denominaciones de origen Getariako Txakolina, Bizkaiako Txakolina y Arabako Txakolina.

- Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de sus vinos.

Requisitos:

  • Todas las misiones inversas que hayan de presentarse a esta convocatoria, deben realizarse en el año 2019.
  • Las empresas vinícolas deberán haber presentado la Declaración responsable de inicio de actividad o estar inscritas en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco (RIAA).
  • Podrán obtener la condición de beneficiarias las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras de la convocatoria.
  • No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Orden las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Marian Alustiza / Elisa Torre-Enciso

Teléfono: 945 01 96 84

E-mail: m-alustiza@euskadi.eus / e-torre-enciso@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0082207

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Acceder a través del siguiente botón al formulario de solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde que se abre el plazo de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
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