Departamento de Educación

Gestión de títulos no universitarios. Preguntas frecuentes

Centros gestores de títulos

Mediante la aplicación W-21 los centros gestionarán las solicitudes de originales y/o duplicados de los títulos establecidos por la LOGSE y posteriores:

  • Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
  • Bachillerato
  • Títulos Profesionales Básicos
  • Técnicos/as y Técnicos/as Superiores de Formación Profesional
  • Técnicos/as y Técnicos/as Deportivos Superiores
  • Técnicos/as y Técnicos/as Superiores de Artes Plásticas y Diseño
  • Certificados de Idiomas de las EOI
  • Profesionales de Música y Danza
  • Enseñanzas Artísticas Superiores (títulos superiores y de Máster)

Los títulos LGE (Ley General de Educación 1970) tienen su propio procedimiento de gestión, al ser su expedición competencia del Ministerio de Educación.

La aplicación W-21 incorpora el denominado pago por pasarela como única posibilidad para el abono de las tasas que en su caso requiera la expedición del título.

El sistema funciona así:

a- El centro gestor del título, con posterioridad a la carga de los datos oportunos, emitirá la carta de pago individual proporcionada por la aplicación con la que el alumnado efectuará el abono de forma presencial en la entidad bancaria, u on-line. El centro recibirá a través de la aplicación automática y diariamente información acerca de los pagos efectuados.

b- Una vez el alumnado presenta el justificante bancario del abono en el centro, este validará la solicitud y suministrará el resguardo oficial que genera la aplicación y tiene carácter de título hasta la recepción del título.

Sí, en los siguientes casos:

a. Los Graduados en Educación Secundaria Obligatoria.

b. Duplicados por rectificación de errores imputables a la Administración.

c. Duplicados cambios de sexo

d. Las bonificaciones exenciones y bonificaciones previstas en la Ley (familias numerosas, etc.)

* Los casos b, c y d deberán ser debidamente acreditados por el/la alumno/a antes de la emisión de la carta de pago

Será la fecha de pago de los derechos para la expedición del título (tasa), y en al caso de los títulos de la ESO la fecha de fin de estudios recogida en el acta.

Siempre que se traten de enseñanzas finalizadas en 1994 o posteriores, a través del entorno Ikasgunea (abre en nueva ventana) pueden obtenerse certificados relacionados con todas las enseñanzas realizadas, y con las titulaciones en su caso expedidas en la CAPV.

Sí. El centro podrá efectuar modificaciones de datos básicos. Dichos cambios deberá hacerlos en la base de datos de personas simbolizado por una “lupa” antes de introducirlos en la solicitud del título.

Si se detecta el error una vez introducido el dato en la solicitud, esta no debe ser aceptada y deberá ser rechazada debiendo cursarse una nueva.

En todo caso la pertinencia del cambio deberá estar suficientemente justificada.

No. La aplicación incorpora el denominado pago por pasarela como única posibilidad para el abono de las tasas.