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Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria. Escala de Administración Especial de la Administración Penitenciaria

05/05/2026 - 01/06/2026
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Comunidad Autónoma de Euskadi
Resumen
¿Quién oferta?:
Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
Plaza:
Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria. Escala de Administración Especial de la Administración Penitenciaria
Puesto:
Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria. Escala de Administración Especial de la Administración Penitenciaria
Nº Plazas:
8
Distribución de plazas:

Se convocan 8 plazas, todas ellas por el turno libre, modalidad de acceso general y sin exigencia de perfil lingüístico.

Clase:
Funcionaria/o
Tipo de contrato:
Funcionaria/o
Grupo:
A1
Titulación:

Titulaciones de grado, licenciatura, ingeniería y arquitectura de todos los campos de estudio.

Otros requisitos:
  1. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuges de nacionales de estados miembros de la Unión Europea, siempre que no haya separación de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no haya separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
    Asimismo, podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo o escala al que se pretende acceder.
  3. Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
  4. No haber sido objeto de sanción de separación del servicio mediante expediente disciplinario de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario, en el que hubiese sido sujeto de separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o en situación equivalente ni haber sido objeto de sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público, en los mismos términos.
  5. Estar en posesión, o haber abonado los derechos para su expedición, de la titulación requerida, que se indicará en las correspondientes bases específicas. En el caso de titulaciones extranjeras, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
  6. No incurrir en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.
  7. Haber satisfecho la tasa por la inscripción en las convocatorias para la selección de personal, correspondiente al proceso y cuerpo y escala al que concurra y cuyo importe se detallará en las correspondientes bases específicas.
  8. No ser personal funcionario de carrera del mismo cuerpo y escala.
  9. Cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases específicas. 

Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.

En los puestos objeto de esta convocatoria pueden ser requisitos de provisión el perfil lingüístico de euskera 3. El conocimiento del euskera es requisito de los puestos con fecha de preceptividad vencida.

En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 15.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, los niveles de complemento de destino y complemento específico, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.

Observaciones:

El sistema de selección será el de concurso–oposición.

  • Fase de oposición.
    Se realizarán tres pruebas, divididas en dos fases.
    • FASE I
      • Prueba 1. Será de carácter teórico–práctico y estará dividida en dos partes:
        • Parte A: consistirá en un cuestionario de preguntas con varias alternativas de respuesta que versarán sobre los temarios general y específico.
        • Parte B: consistirá en un cuestionario de preguntas con varias alternativas de respuesta sobre casos teórico–prácticos relacionados con las tareas de los puestos que se convocan, y que se enmarcarán dentro del temario específico que se publicará junto con las bases específicas de cada convocatoria

Las preguntas no contestadas no tendrán valoración, y las contestaciones erróneas restarán un tercio del valor de una respuesta correcta.

En aras al buen orden del proceso selectivo, el tribunal calificador, teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible, el nivel de conocimientos demostrado en la prueba y el número de plazas convocadas, y antes de conocer la identidad de las personas aspirantes, fijará el umbral de puntuación donde establecer la puntuación mínima necesaria para superar la prueba, haciendo público dicho acuerdo. La puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 35 por ciento ni superior al 65 por ciento de la puntuación máxima obtenible en cada una de las partes.

Las puntuaciones directas mínimas que el tribunal fije para superar cada prueba (o parte de la prueba) equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para superarlos.

Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones máximas de cada prueba (o parte de la prueba).

Para el cálculo de las calificaciones (puntuaciones transformadas) se aplicarán las siguientes fórmulas:


Para el caso de que la puntuación directa de la persona aspirante sea superior a puntuación directa mínima fijada por el tribunal:


Para el caso de que la puntuación directa de la persona aspirante sea inferior a la puntuación directa mínima fijada por el tribunal:


Siendo:
t(d) Calificación (puntuación transformada) de la persona aspirante
d Puntuación directa de la persona aspirante
M Puntuación directa mínima (nota de corte) para superar el ejercicio o parte del ejercicio establecida por el tribunal
N Puntuación directa máxima obtenible en el ejercicio o en parte del ejercicio
E Calificación máxima (puntuación transformada máxima) obtenible en el ejercicio o en la parte del ejercicio

La prueba tendrá una calificación máxima de 50 puntos, y se valorará de 0 a 25 puntos cada parte, siendo necesaria la obtención de una calificación (puntuación transformada) de 12,5 en cada una de ellas.

    • FASE II
      • Prueba 2. Será de carácter práctico.

        Consistirá en la simulación de las tareas críticas del puesto, exponiendo y analizando por escrito uno o varios supuestos, respondiendo a una pregunta o serie de preguntas, realizando un diagnóstico y propuesta de soluciones para un problema típico de los puestos convocados, elaborando un informe, dictamen, o cualquier otro análisis que sea acorde con la naturaleza de los contenidos propios del temario y del perfil competencial de los puestos objeto de las convocatorias las destrezas técnicas de las plazas y la formación académica exigida para poder participar en el proceso selectivo.

El tribunal determinará el formato concreto de esta prueba práctica que resulte más acorde con las destrezas técnicas de las plazas convocadas y establecerá su duración que no podrá exceder de tres horas.

Esta prueba tendrá una valoración máxima de 45 puntos.


Se valorará la adecuación de la respuesta al caso planteado y la demostración de destrezas técnicas y de conocimientos propios de las plazas y la capacidad de relacionarlos. Asimismo, se valorará la capacidad de análisis y síntesis, la motivación de las respuestas, el rigor conceptual y terminológico, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección en la expresión escrita. En caso de que el tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de que se lleve a cabo la prueba.

El tribunal deberá calificar este ejercicio de acuerdo con los criterios de corrección y publicará con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de aquellos aspectos que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.

La superación de la prueba 2 exigirá con carácter general, la obtención de una puntuación de al menos 22,5 puntos.


No obstante, si el número de personas aspirantes que hubiesen superado el ejercicio fuera inferior al número de plazas convocadas, se ampliará la lista de personas aspirantes a las que se declare superado el ejercicio a quienes hayan obtenido un puntuación igual o superior a 18 puntos.

      • Prueba 3. Prueba de evaluación de competencias.

        Será obligatoria y no eliminatoria y en ella se valorarán los elementos del perfil competencial de las personas aspirantes en relación con los puestos de trabajo convocados. Los elementos concretos del perfil de competencias evaluables en el ejercicio serán uno o varias de los que se publicarán en el Portal del Empleo Público. De manera previa a la prueba se informará tanto sobre los elementos del perfil competencial a medir como el tipo de prueba o pruebas a realizar (test o cuestionarios de personalidad, competencias o aptitudes, entrevistas, bandejas de entrada, pruebas situacionales, dinámicas de grupo, pruebas de rol, estudios de caso, presentaciones orales u otras pruebas), su duración y los criterios de ponderación y de valoración.
        Esta prueba tendrá una valoración máxima de 5 puntos
  • Fase de concurso.

La puntuación máxima alcanzable en la fase de concurso es de 45 puntos y vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al siguiente baremo:

Experiencia por servicios prestados. Por experiencia se entiende los servicios prestados en cualquier Administración pública, organismo autónomo, ente público de derecho privado, universidad pública, órganos estatutarios y constitucionales, así como en la administración de justicia, con independencia de la relación funcionarial o laboral de la que traigan causa:

  • Servicios prestados en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su administración institucional:

– En puestos cuya escala preferente es la Escala de Administración Especial de la Administración Penitenciaria del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria en la relación de puestos de trabajo vigente.

– Con nombramiento en la Escala de Administración Especial de la Administración Penitenciaria del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria o con contrato laboral de categoría asimilable.

  • Servicios prestados en el resto de administraciones y entidades: Servicios prestados con nombramiento en Cuerpo/escala/opción o contrato en categoría laboral con funciones asimilables a las de la Escala de Administración Especial de la Administración Penitenciaria del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria.

El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 10 años que cumplan los requisitos exigidos y, una vez efectuada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.

Esta experiencia se valorará a razón 0,45 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 27 puntos.

El tiempo transcurrido en situación de excedencia para el cuidado de hijos e hijas, de excedencia para el cuidado de familiares, el de excedencia por motivos de violencia de género, así como el de excedencia por motivos de violencia terrorista, se computará como experiencia valorable en el puesto de reserva.

La experiencia solo podrá ser alegada para el acceso a un único cuerpo y escala.

Titulaciones, hasta un máximo 18 puntos.

No serán valoradas como mérito aquellas titulaciones conducentes o necesarias para alcanzar una titulación superior que es requisito de acceso o que haya sido valorada como mérito. Se exceptúan de esta previsión las titulaciones necesarias para acceder al título de máster oficial y títulos de especialistas.

– A razón de 10,80 puntos por título, los másteres oficiales cuyo contenido esté relacionado con las funciones de los puestos convocados. La determinación de los másteres valorables corresponderá al tribunal del proceso selectivo, vistos los informes que a tales efectos serán emitidos por el servicio de Recursos Humanos.

– A razón de 7,2 puntos por título las titulaciones de grado, licenciatura o diplomatura de los siguientes campos de estudio:

031301 Psicología
011101 Pedagogía
011901 Educación social
092301 Trabajo social
042101 Derecho
041302 Relaciones laborales y recursos humanos
031402 Criminología
071901 Ingeniería en organización industrial
041406 Sociología

En el caso de las titulaciones de grado, licenciatura o diplomatura solo se valorará una única titulación por campo de estudio. Así mismo, en los niveles de titulación citados, tampoco serán valorables aquellas que pertenezcan al mismo campo de estudio que la titulación alegada como requisito de acceso, a excepción de los títulos de máster oficial.

En los lugares señalados en la base general 7 se publican las titulaciones comprendidas en cada campo de estudio. titulaciones comprendidas en cada campo de estudio. (PDF, 4 MB)

Conocimiento de euskera.

El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:

Comprensión y expresión escrita

Comprensión y expresión oral

Perfil lingüístico

Valoración (puntos)

A2

B1

7,25

B1

B1

Pl 1

10,15

B1

B2

11,6

B2

B2

Pl 2

14,5

B2

C1

17,4

C1

C1

Pl 3

23,2

C2

C1

23,2

C2

C2

Pl 4

23,2

Las certificaciones y títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se determinan en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.

Admisión
Electrónica:

Acceso a la solicitud electrónica y seguimiento del proceso selectivo

(La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará a través del Portal del Empleo Público en la dirección electrónica https://www.euskadi.eus/empleo–publico/,
siguiendo las instrucciones que se le irán indicando durante su cumplimentación, siendo necesario identificarse mediante uno de los medios admitidos por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/), o mediante el usuario temporal que facilita la propia aplicación, una vez cumplimentada la solicitud. Dicho usuario temporal únicamente podrá utilizarse para la consulta de la solicitud. Para el resto de trámites, será necesario disponer de uno de los medios de identificación electrónica admitidos.

La solicitud por vía electrónica se podrá realizar también en los centros públicos KZ–Gunea del Gobierno Vasco. El listado de centros KZ–Gunea y su ubicación se encuentra disponible en la dirección www.kzgunea.eus.)

 

Presencial:

 

 

Convocatoria
Temarios:

Bibliografía temario general para todas las escalas del Cuerpo Superior Facultativo de la Administración Penitenciaria (mayo 2026) (PDF, 335 KB) (abre en nueva ventana)

Bibliografía temario específico de la Escala de Administración Especial Penitenciaria (julio 2026) (PDF, 283 KB) (PDF)(abre en nueva ventana)

1. Aukerak-Agencia Vasca de Reinserción Social. Naturaleza. Objeto. Funciones. Principios generales de actuación.

2. Organización y funcionamiento de Aukerak-Agencia Vasca de Reinserción Social. Estructura. Organización. Régimen de personal. Relación de puestos de trabajo.

3. La ejecución de actividades auxiliares en los centros penitenciarios de Euskadi: limpieza, lavandería, gestión de residuos, jardinería, reparto de racionados (comedor), sociosanitaria, peluquería, cultural y recreativa, deportiva, almacén y logística, subalterna.

4. Prestación del servicio de cocina-alimentación en los centros penitenciarios de Euskadi. Pliegos de prescripciones técnicas. Seguridad y calidad alimentaria: estándar APPCC.

5. Prestación del servicio de gestión de economato en los centros penitenciarios de Euskadi. Pliegos y normativa sanitaria. Gestión de almacenes.

6. Prestación del servicio de mantenimiento básico en los Centros Penitenciarios de Euskadi.

7. Prestación del servicio de elaboración y horneado de pan destinado al consumo por parte de la población interna en los Centros Penitenciarios de Euskadi.

8. El régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

9. El régimen presupuestario de Euskadi.

10. Los Contratos de las Administraciones Públicas según la Ley de Contratos del sector público.

11. Relación laboral especial penitenciaria.

12. Capitulo III, del embargo de bienes del título IV de la ejecución dineraria de la Ley de enjuiciamiento civil.

13. Pago de la responsabilidad civil de las personas penadas con actividad laboral. Obligaciones.

14. Normativa de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos. Coordinación de actividades empresariales. Colaboración de Mutuas de accidentes.

15. El trabajo productivo en prisión: trabajos y encargos a talleres de Aukerak

16. Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP).

17. Formación específica sobre los encargos recibidos y la prevención de riesgos laborales: manipulación alimentos, prevención riesgos laborales, uso de maquinaria y formación específica requerida.

18. Normativa reguladora. Acreditación de acciones formativas.

19. Aukerabide: un modelo de intervención. Servicio de orientación profesional especializado en los centros penitenciarios.

20. Convenio Reincorpora La Caixa – Aukerak. Programa que facilita la inserción sociolaboral de las personas privadas de libertad.

21. Lanbide. Programas específicos inserción sociolaboral: Emaukera Araba. Empleando Nos. Elkar Hobetzen. Jóvenes inmigrantes en procesos de regularización. Gizakia.

22. Programas específicos inserción Salud Mental, Mujer, Diversidad cultural, identidad, extranjería, ....

23. Entidades sociales, acuerdos y colaboraciones.

24. Gestión de equipos humanos de trabajo.

25. Habilidades sociales en el ámbito laboral. Motivación, establecimiento objetivos y evaluación. Orientación.