Bolsa de trabajo de guardas de Centro Municipal de Acogida Social (Abegi Etxea)
Gipuzkoa
Funciones genéricas:
— Vigilancia en el edificio y control de acceso al mismo.
— Colaboración en la atención de acogidos/as y funcionamiento del centro siguiendo instrucciones de sus responsables.
Funciones específicas:
— Vigilar el cumplimiento de las instrucciones de los responsables y el buen uso de todas las instalaciones y dependencias del centro controlando en todo momento la presencia de usuarios/as, el acceso de personas y la apertura y cierre de todas las dependencias del centro, utilizando para ello los instrumentos, cámaras, ordenadores, etc., que sean puestos a su disposición para realizar su labor, detectando y dando cuenta de situaciones de emergencia que requieran intervención inmediata.
— Recibir y ubicar a los/as nuevos/as usuarios/as, de acuerdo con las instrucciones recibidas. recepción y atención, personal o telefónica, de cualquier otra visita o público en general.
— Facilitar a los/as acogidos/as todos los recursos necesarios a través de los sistemas establecidos, para garantizar tanto su higiene personal como la de sus efectos personales.
— Recepción de los pedidos de víveres, artículos de limpieza y objetos depositados en consigna y su control.
— Realizar pequeñas reparaciones en el edificio y dar aviso de otras deficiencias observadas.
— Cumplimentar partes de trabajo y de incidencias entre turnos y a los responsables. preparar y servir desayunos y bocadillos de comida o cena a los/as usuarios/as que se determinen.
— Reparto de medicamentos a los/as usuarios/as, según posología indicada.
— Otras tareas encomendadas acordes con la cualificación requerida para el acceso y desempeño del puesto y de conformidad con las instrucciones de los/as responsables.
Estar en posesión o haber abonado los derechos para su expedición, del título de graduado/a en educación secundaria, de graduado/a escolar, formación profesional de primer grado o equivalente
Tener acreditado el Perfil Lingüístico 2 o título o certificado equivalente de conocimientos de euskera; o acreditación del reconocimiento de estudios oficiales realizados en euskera que supongan la exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas.
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no esté separado de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre, asimismo, que ambos cónyuges no estén separados de derecho, sean estos descendientes menores de veintiún años, o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Este extremo habrá de acreditarse en su momento mediante el oportuno reconocimiento médico.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala en el que hubiere sido separado o inhabilitado.
e) Estar en posesión o haber abonado los derechos para su expedición, del título de graduado/a en educación secundaria, de graduado/a escolar, formación profesional de primer grado o equivalente.
En el caso de las titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
f) Tener acreditado el Perfil Lingüístico 2 o título o certificado equivalente de conocimientos de euskera; o acreditación del reconocimiento de estudios oficiales realizados en euskera que supongan la exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas. Ver cuadro de equivalencias y exenciones en el anexo I.
g) Estar en posesión del carné de manipulador de alimentos.
La presentación por procedimientos electrónicos se podrá realizar, o bien, mediante el Registro Telemático, adjuntando la instancia debidamente cumplimentada, o bien, mediante la inscripción en la convocatoria dentro del apartado «Oferta municipal de Empleo» de la página web www.donostia.eus.
Las solicitudes en formato papel se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de San Sebastián, en las oficinas de Udalinfo ubicadas en calle Easo, 41; rotonda de Morlans, 1 y plaza de San Marcial, 4. También se podrán presentar en los lugares que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes de participación que se presenten en las Oficinas de Correos se entregarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la Oficina de Correos. La instancia es la que debe estar sellada.
1. Ley 12/2008, de 5 de diciembre de Servicios Sociales. Título I. Disposiciones generales. Artículos 1 a 8.
2. Ley 12/2008, de 5 de diciembre de Servicios Sociales. Título I. Disposiciones generales. Artículos 9 a 12.
3. Ley 12/2008, de 5 de diciembre de Servicios Sociales. Título II. Capítulo I. Sección 1. Prestaciones del sistema Vasco de Servicios Sociales. Artículos 14 a 17.
4. Ley 12/2008, de 5 de diciembre de Servicios Sociales. Título II. Capítulo I. Sección 3. Catálogo y Cartera de Prestaciones y Servicios del sistema Vasco de Servicios Sociales. Artículos 21 a 23.
5. Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Anexo I. A) Servicios y prestaciones económicas de competencia municipal. Fichas 1.1, 1.7, 1.8, 1.9.1 y 1.9.2.
6. Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de caretra de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. Anexo I. B) Servicios y prestaciones económicas de competencia foral. Fichas 2.2.3., 2.3.2. 2.4.5. y 2.4.6.
7. El concepto de exclusión social.
8. Sin hogarismo. Clasificación ETHOS sobre personas sin hogar.
9. La realidad de las mujeres en situación de exclusión residencial: Apartado de recomendaciones del Informe que recoge el estudio realizado de la mano del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gabierno Vasco.
10. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Título III. Capítulo VI. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Artículos 52 a 54.
Nota: Deben tenerse en cuenta las modificaciones posteriores que pudieran producirse en la normativa de referencia, hasta el momento de la finalización del plazo de presentación de instancias.