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Normativa

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ORDEN de 20 de marzo de 2007, del Consejero de Interior, por la que se modifica la Orden por la que se aprueban las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y se crea el Servicio de Intervención Coordinadora de Emergencias.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Interior
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 72
  • Nº orden: 2171
  • Nº disposición: 56
  • Fecha de disposición: 20/03/2007
  • Fecha de publicación: 16/04/2007

Ámbito temático

  • Materia: Seguridad y justicia; Organización administrativa
  • Submateria: Interior; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Por Orden de 1 de agosto de 2001, del Consejero de Interior, se aprobaron las tácticas operativas del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y se creó el Servicio de Intervención Coordinadora de Emergencias (BOPV n.º 178, de 13 de septiembre de 2001).

Habiendo transcurrido más de cinco años desde su publicación, y atendiendo a los cambios estructurales de los diversos entes y servicios implicados en las emergencias, así como fruto de la experiencia adquirida en los últimos años, se ha procedido a revisar las tácticas operativas con el fin de acomodarlas a la realidad actual e incrementar la eficacia de la respuesta.

La presente Orden incorpora los cambios puntuales derivados de tal revisión que afecta exclusivamente al listado general de las tácticas operativas y no a la parte articulada de la citada Orden, ni a las "disposiciones comunes a las tácticas operativas" contenidas en el anexo de la Orden que ahora se modifica.

En la reelaboración de las tácticas operativas se ha contado con la colaboración de las diversas instituciones y entidades públicas o privadas implicadas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 26.2 de la citada Ley de gestión de emergencias. Igualmente las nuevas tácticas operativas han obtenido el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Euskadi con fecha 22 de febrero de 2007.

Por todo ello,

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2007.

El Consejero de Interior,

JAVIER BALZA AGUILERA.

  1. – Montaña (Mendi):

    • M1: rescate en montaña / zona rural. Todo tipo de rescate de personas localizadas en zona montañosa, rural o en cavidades subterráneas.

    • M2: búsqueda en montaña / zona rural. Toda búsqueda de personas desaparecidas en zona montañosa, rural o en cavidades subterráneas.

  2. – Medio acuático (Ura):

    • U1: salvamento en mar (aguas exteriores). Todos los salvamentos de personas y/o bienes en mar abierto (incluyendo como salvamento los incendios de buques).

    • U2: salvamento en litoral-costa, río-pantano. Todos los salvamentos de personas y/o bienes o recuperación de cadáveres en zona de litoral-costa, río-pantano.

  3. – Incendios (Sutegi):

    • SG1: incendio urbano/rural. Todo incendio producido en zona urbana y/o zona rural no urbanizada.

    • SG2: incendio forestal. Todo incendio producido en zona forestal.

  4. – Transporte de Mercancías Peligrosas: TPC/TPF.

    Todo accidente de tráfico o ferroviario en que estén implicadas materias peligrosas:

    • TPC1-TPF1- Avería o accidente en el que el vehículo o convoy de transporte no puede continuar la marcha, pero el continente de las materias peligrosas transportadas está en perfecto estado y no se ha producido vuelco o descarrilamiento.

    • TPC2-TPF2- Como consecuencia de un accidente el continente ha sufrido desperfectos o se ha producido vuelco o descarrilamiento, pero no existe fuga o derrame del contenido.

    • TPC3-TPF3- Como consecuencia de un accidente el continente ha sufrido desperfectos y existe fuga o derrame del contenido.

    • TPC4-TPF4- Existen daños o incendio en el continente y fugas con llamas del contenido.

    • TPC5-TPF5- Explosión del contenido destruyendo el continente.

  5. – Industria:

    • SG3: incendio industrial. Todo incendio que se produzca en cualquier empresa dedicada a la actividad industrial, tanto en núcleo urbano como en zona rural.

    • Kimika: incidente en empresa con materias peligrosas (incluyendo oleoducto). Comprende aquellos accidentes de origen químico producidos en cualquier empresa, incluidas las de declaración obligatoria (SEVESO).

  6. – Ferrocarril:

    • T1: arrollamiento. Todo arrollamiento tanto de personas, como a vehículos.

    • T2: descarrilamiento, choque, colisión o incendio.

  7. – Aviación:

    • Txori 1: accidente de aeronave fuera del aeropuerto. Todos aquellos incidentes en los que se encuentra o pueda estar implicada una aeronave.

    • Txori 2A: accidente de aeronave en el Aeropuerto de Vitoria-Gasteiz (Foronda).

    • Txori 2B: accidente de aeronave en el Aeropuerto de Bilbao- (Loiu).

    • Txori 2G: accidente de aeronave en el Aeropuerto de San Sebastián-Donostia (Hondarribia).

  8. – Medio urbano (Hiri):

    • H1: rescate urbano. Todo tipo de rescate de personas en medio urbano (Atrapados en ascensores, patios, interiores, etc.).

  9. – Radiológico:

    • Garoña 0: aquellos accidentes producidos en las instalaciones de la Central Nuclear de Garoña. No es necesario ayuda exterior.

    • Garoña 1: desarrollo del PENBU.

    • Radium: instalaciones radiactivas. Se encuentran involucrados materiales o instalaciones radiactivas, que no están contemplados en las Tácticas de TPC/TPF, ni afectan a la Central Nuclear de Santa María de Garoña.

  10. – Gas:

    • Gas: fuga, incendio, explosión. Todas aquellas situaciones en las que se haya producido una fuga, incendio, explosión de gases hidrocarburos (metano, propano, butano, gas natural).

  11. – Medio Ambiente:

    • IGA: contaminación atmosférica.

    • IGR: contaminación río/pantano.

    • IGM: contaminación mar / zona mareal. Afección a aguas marinas y zonas de influencia de mareas, (rías, estuarios...).

    • IGT: contaminación tierra –residuos. Afección a tierra, incluyendo la aparición de cualquier tipo de residuo de origen agrícola, industrial, domestico...).

  12. – Meteorología (Meteo):

  1. Información de fenómenos meteorológicos:

    • Haizea: Vientos

    • Galerna: Galernas

    • Elurra 1: Nieves

    • Itxaso: Marítimos-costeros

    • Beroa: Ola de calor

    • Hotza: Ola de frío

    • Euria: Lluvias

  2. Gestión de fenómenos meteorológicos.

    • Uholde: Inundaciones

    • Elurra 2: Nevadas

      1. – Abastecimiento (Eraman):

    • Eraman: todas las acciones que se tienen que ejecutar para proveer de lo vital, esencial y necesario (con carácter vital y urgente) a los ciudadanos y a sus bienes materiales.

      1. – Desprendimientos-Deslizamientos:

    • Lurra: todo tipo de incidente provocado por movimientos del terreno (deslizamientos, desprendimientos, etc.) incluyendo el rescate de posibles personas sepultadas.

      1. – Evacuación-Albergue:

    • Hotel: todo tipo de supuesto que haga necesaria la evacuación y/o albergue de personas afectadas por un incidente.

      1. – Presas:

    • Urtegi: todo tipo de incidente relacionado con la posibilidad de rotura o desbordamiento de presas o embalses.

      1. – Accidentes de Tráfico (TG):

    • TG 1: todos los accidentes de tráfico que en su siniestrabilidad no existan personas heridas.

    • TG 2: todos los accidentes de tráfico que en su siniestrabilidad existan personas heridas y/o atrapadas.

    • TG 3: todos los accidentes de tráfico que en su siniestrabilidad existen múltiples vehículos accidentados y/o autobuses, con un gran número de personas heridas y/o atrapadas.

      1. – Accidentes laborales (PG1):

    • PG1: todos los daños corporales que tienen su origen en la acción súbita o violenta de una causa exterior, o de lesiones sufridas, cualquiera que sea su causa, por razón del trabajo o con ocasión del mismo.

      1. – Accidentes en vía pública (PG3):

    • PG3: todos los accidentes desarrollados en la vía pública, que en su siniestrabilidad existan personas heridas.

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