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Desarrollo de los procesos selectivos excepcionales de consolidación

  1. Convocatoria de los procesos selectivos excepcionales de consolidación y publicación de sus bases específicas, que señalan el número de plazas convocadas, las titulaciones precisas, los requisitos específicos de los puestos (cuando los haya), los perfiles lingüísticos de las plazas convocadas y su condición de requisito o mérito para el acceso a los puestos, los méritos valorables y el baremo de valoración.
  2. La publicación de la convocatoria contiene, asimismo, la apertura del plazo de presentación de instancias para participar en los procesos selectivos.
  3. Los procesos selectivos contienen un único turno de participación (libre) con dos modalidades: modalidad general y modalidad reservada a personas con discapacidad.
  4. Presentación de solicitudes y relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, con apertura del plazo de subsanación de instancias.
  5. Relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, con apertura del plazo de presentación de méritos.
  6. El sistema de selección es el concurso de méritos. Así, pues, la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos derivados de la valoración de los méritos señalados en la convocatoria, de acuerdo con el baremo fijado en la misma.
  7. Calificación final y publicación de la calificación final.
  8. Publicación de los puestos objeto de la convocatoria.
  9. Elección de puestos por las personas aspirantes llamadas a elegirlos. Relaciones de personas seleccionadas (provisionales y definitivas).
  10. Presentación de documentos de acreditación de requisitos y méritos por las personas a las que la Dirección de Función Pública se lo requiera, por tratarse de documentación que no ha sido comprobada fehacientemente a lo largo del proceso o documentación que se refiere a condiciones personales de las personas solicitantes que deban mantenerse a lo largo de todo el proceso.
  11. Nombramiento y toma de posesión (en procesos de ingreso a cuerpos y escalas de funcionarios) y Contrato laboral fijo (en procesos de ingreso a categorías de personal laboral).